La Jornada 9 de marzo de 1996

Bloqueó el PRI hace 6 meses un dictamen contra Figueroa: panistas

Elena Gallegos Mucho antes de que se conociera el video completo de Aguas Blancas seis meses para ser exactos, abogados del grupo parlamentario del PAN, encabezados por el diputado Alejandro Zapata Perogordo, elaboraron un proyecto de dictamen en el que se argumenta jurídicamente que en torno a la matanza de Aguas Blancas, existían elementos para que se sometiera a juicio político al gobernador Rubén Figueroa Alcocer.

En el mismo se habla de claras y graves violaciones a las garantías consagradas en la Constitución General de la Repúblicacomo los derechos a reunirse y manifestarse y de perjuicios a los intereses públicos fundamentales, suficientes para enjuiciar al mandatario estatal.

Sin embargo, dicho proyecto fue rechazado por la mayoría priísta, que ``nos avasalló dijo Zapata Perogordo y antepuso razones políticas a las jurídicas, por lo que se perdieron meses muy valiosos que tuvieron su costo en vidas. El daño ya no puede repararse y el Poder Legislativo perdió la gran oportunidad de actuar en favor de la estabilidad en Guerrero''.

Por otro lado, se confirmó que Figueroa no sólo apoyó de palabra ante diputados miembros de la Comisión de Derechos Humanos, el informe del procurador Antonio Alcocer Salazar en el sentido de que la matanza de Aguas Blancas había sido producto de un enfrentamiento. Sino que Figueroa convalidó por escrito el contenido del mismo y lo envió a esa comisión legislativa en respuesta a la petición de ésta para que le hiciera llegar detalles sobre el asunto.

El informe en cuestión Figueroa lo anexa a un comunicado que él firma y en el que se refiere a la matanza de Aguas Blancas como ``un lamentable enfrentamiento''.

En ese informe, Alcocer aseguraba que los policías habían disparado para ``repeler la agresión'' de los campesinos que viajaban en la camioneta azul. Se da una larga relación de las armas que ``portaban'' los campesinos el fiscal Varela determinó que fueron sembradas y por si fuera poco, se ofrece la fe ministerial del dictamen de química forense en el que se ``concluye'' que dichas armas habían sido disparadas recientemente.

Hasta se ofrecen como ``sustento'' de la versión de ``enfrentamiento'' las pruebas de Harrison Gilroy que se aplicaron a ``los occisos'' y que, en muchos casos, resultaron ``positivas''. Hoy se sabe que nada de eso fue cierto, aunque Figueroa lo envió como respuesta a una petición que le hiciera la Comisión de Derechos Humanos.

Por otro lado, la petición que interpuso el PRD para que se iniciara juicio político contra el gobernador fue analizada según lo marcan las normas en el seno de la Subcomisión de Examen Previo de la Cámara de Diputados.

Los panistas elaboraron un proyecto que fue desechado por los priístas, quienes, en cambio, aprobaron otro documento que confeccionó Dionisio Pérez Jácome y que salvó del juicio a Figueroa.

En ese documento, los juristas de Acción Nacional argumentan en favor de que dicha subcomisión es competente para conocer la denuncia de juicio político en contra del gobernador, en los términos previstos por el artículo 12 del Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y por tratarse de una conducta atribuida a un gobernador de un estado, según lo prevé el numeral 9 de la invocada ley, en la inteligencia de que dicho servidor público se encuentra en funciones.

Señalan que el juicio procede cuando ``existan violaciones graves a la Constitución General de la República, a las leyes federales que de ella emanen'', de acuerdo con el artículo 5o. de dicho ordenamiento.

Tanto en el artículo 6o. como en el 7o. del Código Legal aplicable, establecen la procedencia del Juicio Político cuando los actos u omisiones del funcionario redunda en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y su buen despacho.

``Ahora bien continúan los condiderandos, los acontecimientos suscitados el pasado 28 de junio del corriente año, en las cercanías de Aguas Blancas, municipio de Coyuca de Benítez, en el estado de Guerrero, constituyen conducta grave y se encuentran plenamente acreditados en autos del expediente, adicionalmente por su relevante trascendencia, son también hechos públicos y notorios''.

Después los panistas hacen una detallada alusión a los sucesos que rodearon los hechos, desde el montaje del operativo hasta la conversación telefónica entre el gobernador y la alcaldesa María de la Luz Núñez Ramos. Aceptan el informe de la CNDH como prueba de pleno valor y concluyen:``En consecuencia, resulta evidente la existencia de una presumible reponsabilidad del C. Rubén Figueroa Alcocer, gobernador constitucional del estado de Guerrero, en funciones derivadas de los hechos acaecidos el 28 de junio de 1995, y a que se refiere el expediente a estudio''.

Puntualizan que ``existió grave violación a la Constitución General de la República y a las Leyes Federales, redundando en perjuicio de los intereses públicos fundamentales. En virtud de impedir el libre tránsito, el derecho a la manifestación, el derecho de reunión, llegando inclusive a la privación de la vida en unos casos y a la integridad corporal en otros''.

Esta primera parte agregan los panistas se encuentra aceptada por el mismo gobierno del estado, al iniciar la causa penal 82-2-95, por homicidio y abuso de autoridad, entre otros.

Los diputados presentan como resolutivo: ``Ha lugar incoar procedimientos de juicio político en contra del licenciado Rubén Figueroa Alcocer, gobernador del estado de Guerrero''.