Proyecto: 65 años, edad de jubilación en la nueva ley del ISSSTE
Rosa Elvira Vargas Fijar en 65 años la edad para la jubilación de hombres y mujeres, con un mínimo de 35 años cotizados, y elevar las cuotas individuales de 7.25 a 13.07 por ciento sobre el salario base son algunas de las reformas que podría contener la nueva ley del ISSSTE, de acuerdo con un documento de este instituto que circula en el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).
Actualmente para los trabajadores del Estado la legislación plantea, para jubilación, 28 años de servicio para las mujeres y 30 años para los hombres; asimismo, ambos pueden pensionarse a partir de los 55 años de edad.
En el texto se señala que el estancamiento en las primas de cotización desde 1993 y el aumento en la esperanza de vida de los jubilados (pasó de 10 a19 años en promedio), así como la incidencia de edades anticipadas para el retiro, constituyen algunos de los factores que agravan los problemas en el manejo de las pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Se advierte entonces que, de mantenerse inalterado dicho sistema, en cinco años la nómina de pensionados y jubilados representará 78 por ciento del presupuesto total del organismo y en una década será incluso superior. De esta manera, señala el documento, el coeficiente activo/ pasivo ha descendido de 21 trabajadores cotizantes por pensionado en 1985 a sólo siete actualmente.
Precisa que al elaborarse el diagnóstico el ISSSTE capta 2 mil 950 millones de pesos por cuotas y aportaciones de un millón 881 mil 091 cotizantes, y paga pensiones a 269 mil 994 personas, que representan una nómina anual de 5 mil 175.1 millones de pesos.
El documento, que al parecer es de manejo interno en el ISSSTE, informa que la tasa de crecimiento de los pensionados, que se había mantenido en 4 por ciento anual, a partir de 1991 ha sido superior al 7 por ciento. Paralelamente, en los últimos años la tasa media anual de crecimiento de los activos cotizantes fue de 0.52 por ciento.
Asimismo, en el texto, que tiene muy preocupados a los maestros, se plantea que todos los países con sistema de pensiones de ``beneficio definido'' adolecen de un déficit demográfico y actuarial, y que aquellos que han reformado su sistema de seguridad social para hacerlo financieramente viable han enfrentado enormes costos económicos y sociopolíticos.
No obstante que la propuesta de aumentar las cuotas y aportaciones del 7.25 por ciento actual al 13.07 por ciento permitiría al ISSSTE alcanzar el equilibrio financiero en el corto plazo, el diagnóstico señala que esto ``no resuelve la supervivencia del sistema actual de pensiones en el largo plazo'', porque habría un permanente requerimiento de montos mayores de subsidios para pagar la nómina, y no garantizarían la autosuficiencia de fondos.
Esto, se argumenta, porque las cuotas y aportaciones siempre serían insuficientes para el pago de pensiones: por los costos crecientes de los beneficios para los pensionados; por el incremento en el número de éstos; porque el aumento de esperanza de vida prolonga el tiempo de pago de pensión; por la limitación del sueldo de los trabajadores activos para absorber un monto más elevado de cuotas, y por la inexistencia de reservas actuariales en el ISSSTE.
Por otra parte, durante el más reciente consejo nacional del SNTE la dirigencia magisterial dijo contar con el compromiso de las autoridades del ISSSTE de que ninguna reforma al régimen jurídico de este organismo se realizará sin consultárselo al gremio.
Sin embargo, este documento y su difusión, sobre todo entre el llamado magisterio democrático, ha provocado inquietud. El temor de que se apliquen modificaciones al régimen de seguridad social se maneja como el detonante de la numerosa participación en la marcha convocada por la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) el pasado lunes.
Así, y como parte de los argumentos en que fincan sus temores sobre todo algunos dirigentes de los maestros democráticos, está lo que el documento incluye como propuestas de reformas ``con repercusión en el corto y mediano plazos''. Ante todo, los cambios en el marco jurídico del ISSSTE.
Está además: aplicar cuotas y aportaciones sobre la remuneración total y las adicionales al personal de base; estimular la prolongación de la vida laboral activa de los trabajadores, y pagar indemnizaciones, y no pensiones parciales permanentes, por riesgos de trabajo.
Asimismo, se plantea reducir la pensión por viudez condicionando ``la edad de la viuda o concubina beneficiada''; eliminar las devoluciones de indemnización global; suprimir los convenios de reconocimiento de antigüedad, y ajustar los gastos de administración para cumplir con el tope marcado por la ley.
Luego hay otras propuestas de impacto de más largo plazo, donde se señala que otorgar un nuevo marco jurídico al sistema de beneficio definido ``tiene como objetivos la reducción de los beneficios y el aumento de los costos para el trabajador y las dependencias y entidades como contribuyentes''.
De igual manera, se establece que las nuevas disposiciones no podrían aplicarse en perjuicio de los trabajadores en activo, sino a aquellos que hayan interrumpido o interrumpan en un futuro la continuidad del servicio. Enseguida se enumeran las que califican de ``reformas necesarias'':
--Establecer en 65 años la edad para jubilación, cumpliendo un mínimo de 35 años cotizados, para hombres y mujeres.
--Aumentar a 65 años la edad y a 20 los años de servicio cotizados para tener derecho a una pensión de retiro por edad y tiempo de servicios.
--Crear estímulos para la aportación voluntaria del fondo de retiro.
--Aumentar las cuotas y aportaciones planteando una nueva redistribución de la base porcentual para fortalecer fondos de pensiones y de salud.
--Promover una reforma constitucional para que el trabajador voluntariamente solicite el traspaso del fondo de la subcuenta de vivienda y la acumule en la subcuenta de ahorro para el retiro.
--Exigir a las dependencias y entidades públicas cubrir las cuotas y aportaciones correspondientes hasta que presenten el aviso de baja del trabajador.
--Exigir a las dependencias y entidades públicas el pago de actualización, recargos y recuperaciones en los términos del Código Fiscal de la Federación.
--Definir mecanismos para solicitar la intervención de la Tesorería de la Federación para garantizar el pago de adeudos por concepto de cuotas, aportaciones y recuperaciones.
--Establecer un tabulador pensionario que fije topes mínimos y máximos a la pensión en el marco de la ley, previendo que en el caso de jubilados la pensión no será inferior al 80 por ciento del sueldo básico que la originó.