La sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con la que se declara que la averiguación del Ministerio Público de la Federación sobre la denuncia relacionada con el gasto electoral en Tabasco no viola la autonomía de ese estado, debe tener las repercusiones que lleven a la verdad jurídica sobre tan resonante caso.
La Corte dio por buena la personalidad del presidente del Congreso local para promover una controversia constitucional no así la del gobernador Madrazo Pintado con lo que entró al fondo del asunto, lo cual obliga moral y jurídicamente a la Procuraduría General de la República a llevar a cabo una averiguación exhaustiva de la denuncia sobre los 241 millones de pesos posiblemente erogados en las actividades electorales del Partido Revolucionario Institucional en el estado de Tabasco.
Durante el lapso en que se ventiló la controversia, la PGR no avanzó al parecer en sus investigaciones, debiéndolo hacer, pues la Suprema Corte sólo había dejado en suspenso el posible ejercicio de la acción penal, asunto que ahora ha sido resuelto de manera definitiva e inatacable. Mantener una actitud de inactividad o soslayar el posible fondo que pueda tener el origen y uso de tan cuantiosas cantidades de dinero, sería un verdadero atentado contra la justicia.
Habría que prevenir, al mismo tiempo, una sobreactuación política en el escándalo de Tabasco, pues aunque es del todo natural que los partidos y los órganos del Estado se vean alterados e, incluso, posiblemente involucrados, la procuración de justicia tiene que mantenerse alejada de todo esto, con el propósito de que el Ministerio Público actúe exclusivamente de conformidad con su mandato legal.
Si de la denuncia presentada desde el 13 de junio de 1995 por el Partido de la Revolución Democrática se derivan ilícitos penales, la Procuraduría General de la República tiene la obligación inexcusable de perseguirlos a plenitud y, además, indagar sobre los posibles delitos conexos.
La declaración oficial del Partido Revolucionario Institucional en Tabasco, realizada ante autoridad al término del proceso electoral, en el sentido de que había gastado 3.7 millones de pesos, en sí misma podría ser constitutiva de delito si en efecto resulta que la cantidad erogada es mucho mayor, como se indica en la denuncia y como fue admitido por la PGR desde agosto del año pasado.
Pero, además, la opinión pública requiere que le expliquen de dónde salieron esos 241 millones de las cuentas de cheques del PRI en Tabasco y, ante la situación actual, la PGR debe satisfacer ese requerimiento, pues la Suprema Corte ha decidido que aquélla puede ir hasta el fin en la averiguación penal del asunto.
No es posible seguir admitiendo que en México se realicen impunemente gastos ilegales en las campañas políticas y que carezca de importancia la procedencia del dinero. Cierto es que no es nada sencillo averiguar el origen de tales fondos, pero, por ello mismo, se requiere un esfuerzo extraordinario de parte del Ministerio Público Federal.