Miguel Concha
Indígenas, campesinos y derechos humanos

En nuestra anterior colaboración transcribimos algunas de las declaraciones, propuestas y compromisos que plantearon los 26 invitados y asesores del EZLN en el Grupo 4 sobre Justicia y Derechos Humanos, en la primera fase de la Mesa 2 sobre Democracia y Justicia. Lo hicimos a partir de la oportuna síntesis que uno de los coordinadores de asesores presentó a título personal al final de los tres días de trabajo, con la esperanza de ver cumplido en estos días el ofrecimiento de que se les tomarán en cuenta en otras Mesas sobre la reforma del Estado, que se llevan a cabo con otros sectores y organismos sociales, y más que nada con el ánimo de informar e ilustrar a la opinión pública.

Siguiendo la misma síntesis, hoy queremos nuevamente ocuparnos de otras de esas consideraciones y propuestas, por considerarlas de capital importancia para una paz con justicia y dignidad.

Por lo que se refiere a los derechos humanos reconocidos en el ámbito nacional e internacional por las Constituciones e Instrumentos de Derecho Público, obligatorios moral, política y jurídicamente, y que por lo mismo han de ser criterio ineludible en cualquier reforma del Estado, se reconoce que originalmente fueron concebidos en un contexto cultural distinto al de los pueblos indígenas. Mientras los Estados nacionales y la concepción primera les dan, en efecto, una caracterización individualista, los sistemas normativos indígenas les dan una dimensión colectiva. Ambas concepciones, y ello es muy importante subrayarlo, no son contradictorias, como algunos por ignorancia o mala fe pudieran pretenderlo, para negar precisamente los derechos de los pueblos indios, sino complementarias, y están sujetas a los propios procesos de articulación y expresión de las comunidades indígenas.

Por ello se propone crear los mecanismos específicos para garantizar el rescate, impulso y protección de los sistemas jurídicos propios de los pueblos indígenas en la defensa de sus garantías individuales y sociales, y buscar con ellos la adecuada articulación para compatibilizar el derecho indígena y el orden jurídico nacional e internacional.

Por lo que toca a los derechos humanos en Chiapas, se considera con razón que el problema agrario se encuentra aún sin resolver, tanto en el estado de Chiapas como en otros estados de la República, y que es uno de los principales generadores de violaciones a los derechos humanos. Por lo cual se propone que se dé prioridad a la solución de fondo del problema de la tierra, para poder avanzar realmente en el campo de los derechos humanos.

Para ellos los asesores e invitados del EZLN proponen que en los momentos oportunos y en las instancias correspondientes se vuelva a reformar el actual artículo 27 de la Constitución, con el objeto de rescatar el espíritu original que dicho artículo consagra, reafirmando sin ambages los principios de inembargabilidad, inalienabilidad e imprescriptibilidad de la propiedad comunal de la tierra, y en particular suspender todo tipo de desalojos de predios hasta que la Comisión de Justicia Agraria, referida en los Acuerdos de la Mesa 1 agote todas las formas de solución al problema de la tenencia de la tierra, garantizando la participación de los pueblos indígenas y de los campesinos en el aprovechamiento y uso de los recursos de la tierra.

La dimensión, el nivel, la integración y las funciones de esa Comisión de Justicia Agraria es algo que siguen con una gran preocupación muchos indígenas y campesinos.

A partir de la situación que se vive actualmente en el estado de Chiapas, se hicieron en el Grupo 4 numerosas denuncias por la realización frecuente de detenciones ilegales, en particular de presuntos ``zapatistas'', algunos de los cuales no pudieron incluso estar presentes como asesores, por estar injustamente encarcelados, así como por la desaparición de personas involucradas en movimientos reivindicatorios que demandan el respeto de los derechos humanos. Y se exigió su inmediata libertad, por carecer de legalidad esas detenciones y poner en entredicho el carácter legítimo y jurídico del Estado de derecho mexicano.

Se denunció reiteradamente la intensificación de las actividades de las Fuerzas Armadas, la que ha violentado dramáticamente la vida de las comunidades indígenas y campesinas, como método para conservar un sistema insostenible, favorecedor de unos cuantos, así como su participación con cuerpos policiacos, lo que las aleja de sus funciones constitucionales, como son la defensa de la soberanía nacional y de los recursos estratégicos de la nación.

La representación gubernamental hizo patente su desacuerdo con las insinuaciones sobre la supuesta participación del Ejército en desalojos y otras violaciones a los derechos humanos, y precisó que su presencia se debe al conflicto armado del 94, reiterando su disposición a abordar con el EZLN el tema de la distensión.

Los invitados y asesores del EZLN proponen que las Fuerzas Armadas se abstengan de realizar funciones policiacas y se limiten a ejercer las funciones que les otorga la Constitución, a la vez que proponen que tanto ellas como las fuerzas de Seguridad Pública no se encuentren sometidas a la voluntad de uno solo de los tres Poderes del Estado.

Se propone, asimismo, la inmediata desmilitarización de las zonas del conflicto, así como de las comunidades indígenas y rurales en todo el país, y la desmilitarización de los cuerpos policiacos.