Reglamentar la iniciativa popular de leyes, propone AN en la Cámara
Mireya Cuéllar Además del plebiscito y el referéndum, el Partido Acción Nacional propusó, en un paquete de reformas que hizo llegar esta semanan a la Cámara de Diputados, abrir la posibilidad de que los ciudadanos (organizados en grupos que representen, cuando menos, el uno por ciento de la lista nominal de electores) puedan iniciar leyes ante el Congreso, y, con ello, dar vida a la ``iniciativa popular'.
Dichas propuestas, junto con la de revivir la figura jurídica de ``asociación política'', tienen la intención de ``favorecer el desarrollo de una auténtica democracia participativa'', según dijeron los legisladores blanquiazules.
El PAN, que está al margen de las mesas de Gobernación, donde se discute la reforma del Estado y los nuevos ajustes a la legislación electoral, consideró que la Cámara de Diputados es el espacio idóneo para presentar a la ciudadanía sus propuestas en la materia, y esta semana le hizo llegar un paquete de ocho iniciativas al respecto.Si bien el gobierno y el PAN tienen al referéndum como una propuesta común de reforma política, cuando se refieren a él lo hacen desde enfoques distintos.
Mientras el 21 de marzo pasado Emilio Chuyaffet anunció que el gobierno de la República estudia la posibilidad de que la Constitución enumere una serie de decisiones políticas fundamentales, que no podrán cambiarse ni siquiera por el Poder Constituyente Permanente, sino a través del refrendo del pueblo, el PAN propone un ``referéndum derogatorio, total o parcial'', es decir, que los ciudadanos podrían objetar y derogar, en una consulta pública, cambios constitucionales ya aprobadas por el Congreso.
La propuesta del gobierno que hizo pública Chuayffet se dio en términos muy escuetos. Sin embargo, el PAN, en su iniciativa presentada a la Cámara, propone que sea el órgano electoral en este caso el Instituto Federal Electoral (IFE) el que se encargue de organizar los plebiscitos y el referéndum.
Para el caso del plebiscito, los panistas proponen cambios a la fracción XVII del artículo 89 constitucional, para dotar al Presidente de la Republica de la facultad de solicitar al órgano electoral que someta a plebiscito ``decisiones del gobierno, que el titular del Ejecutivo considere trascendentes para la vida pública del país''.
En lo que denominó Iniciativa de Reformas Constitucionales y Legales para el Desarrollo de la Democracia Participativa en México, el PAN planteó cambios a los artículos 35, 71, 89 y 135 de la Carta Magna y a una docena más del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, donde se regularían los aspectos relacionados con el referéndum, la iniciativa popular, el plebiscito y las asociaciones políticas.
La propuesta es que se reforme el artículo 35 constitucional para incorporar una fracción sexta donde se establezca el derecho de los ciudadanos a participar en la iniciación de leyes ante el Congreso.
Proponen como base ``a la institución'' de iniciativa popular, reformar el artículo 71 de la Carta Magna e introducir una fracción cuarta, donde se estipule que los ciudadanos mexicanos debidamente identificados tendrán derecho de iniciar leyes ante el Congreso de la Unión (las Cámaras de Diputados y Senadores), cuando su número represente, cuando menos, el 1 por ciento de la lista nominal de electores.
Para evitar que los legisladores pudieran dejar en la ``congeladora'' las iniciativas de los ciudadanos, se establece una fecha límite para la dictaminación, a más tardar, en el siguiente periodo de sesiones ordinarias a aquel en que las mismas se presenten.
Para el caso del referéndum, se propone adicionar un párrafo al artículo 72, también constitucional, para establecer sus bases: ``El referéndum se podrá realizar siempre que, dentro de los 60 días naturales posteriores a la publicación de las leyes (que se impugnan), los ciudadanos, en número de cuando menos el 2 por ciento de los inscritos en los listados nominales electorales, lo soliciten ante el organismo público correspondiente'', que sería el IFE o como se llame este órgano después de la reforma.
``Las leyes objetadas y derogadas mediante el procedimiento de referéndum no podrán ser objeto de nueva iniciativa sino hasta transcurridos dos años''. Las únicas leyes o decisiones que no podrían estar sujetas al referéndum y el plebiscito serían los ordenamientos de carácter fiscal y tributaría, según la propuesta blanquiazul.
Para restaurar la existencia jurídica de las asociaciones políticas nacionales, Acción Nacional propone la inclusión de un título sexto al Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE).
En él se plantea el derecho de los ciudadanos mexicanos de agruparse en asociaciones políticas, con el objeto de complementar el sistema de partidos políticos mediante la libre difusión de ideas y de propuestas ideológicas y programáticas.
Se pretende que aquellas gocen de prerrogativas, como la excención fiscal, para la realización de sus actividades. Se establece también que serían susceptibles de transformarse en partidos políticos en cuanto puedan satisfacer los requisitos que la ley les marca para alcanzar el registro como tales.
La propuesta panista abre la posibilidad de que, mediante convenios de participación conjunta con un partido político, las asociaciones puedan participar en los comicios federales sin perder su personalidad jurídica, proponiendo candidatos.
La figura de asociación política existió durante varios años en la legislación electoral mexicana y fue suspendida en 1989, cuando se aprobó el COFIPE. De hecho, en 1988, muchas de las llamadas asociaciones políticas llegaron al Congreso en alianza con los partidos del Frente Democrático Nacional (FDN).
El referéndum es otra figura que ya existió en la Constitución, sólo que, como nunca se reglamento su implementación, se prefirió desaparecerla.
El referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular, existen (fueron introducidas recientemente) en algunas Constituciones locales, como de la Chihuahua, Chiapas y el estado de México, aunque todavía no han sido aplicadas.