La Jornada 9 de abril de 1996

Iniciativa panista para prohibir uso político de obreros

Elena Gallegos Con objeto de impedir que los sindicatos sean usados como órganos de poder político-partidista y en claro rechazo a las prácticas corporativas de las centrales obreras, el PAN presentará hoy ante el pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa para reformar el artículo 5o. de la Constitución y adicionar en su texto la prohibición expresa de que los trabajadores sean sancionados por su participación política.

En la exposición de motivos de acuerdo con miembros de la fracción parlamentaria panista la iniciativa critica duramente el uso faccioso de las organizaciones sindicales y la utilización de la cláusula de exclusión plasmada en los estatutos para perseguir simpatías políticas por corrientes o partidos distintos a los de los líderes.

Algunos diputados del PAN establecieron que no es posible que en el sindicalismo tradicional y oficialista se obligue a los trabajadores a afiliarse y votar por el PRI en abierta violación a sus garantías individuales, ya que en muchas ocasiones se les aplican sanciones por no hacerlo o por participar en mítines que son vistos con ``desagrado'' por los dirigentes.

Otro de los objetivos centrales de la propuesta es ``preservar la independencia de los sindicatos de los partidos políticos, aun de los que se ostentan como partidos de clase o sector''.

Según los panistas, esta iniciativa de reforma ``atiende a las propuestas que desde 1989 hicieran los representantes del Sindicato Nacional de los Trabajadores y Empleados de Azúcar, Unión Sindical de Catedráticos de la Universidad Autónoma de Guerrero, Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Sindicato de Trabajadores de la UNAM (STUNAM), entre otros, durante las audiencias públicas sobre reformas al artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo, convocadas por la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados''.

También considera incluir en el texto del artículo 5o. el siguiente párrafo: ``nadie podrá ser sancionado o reprendido en sus relaciones laborales y sindicales por causa de su participación política o culto religioso''. La meta central es garantizar a los trabajadores la posibilidad de participar libremente en la organización política de su elección, así como la práctica sin riesgo alguno del culto religioso que profese.

Los panistas explicaron que esta propuesta tiene gran vinculación con la que hicieron la semana pasada respecto de las Prerrogativas políticas de los ciudadanos.En esa iniciativa el PAN plantea la necesidad de que se haga explícito en la fracción tercera del artículo 35 constitucional el derecho de los individuos para asociarse libre, individual y pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos de la nación.

Para las adiciones al 5o. constitucional argumenta que ``las exigencias mismas de la lucha sindical han dado lugar para que intereses ajenos afecten la estructura y el funcionamiento de dichas organizaciones, desviándolas de sus fines para utilizarlas en propósitos facciosos, generalmente contrarios al bien común y al sindicalismo libre''.

Políticos interesados en aprovechar la fuerza de las organizaciones para sus fines personales o de grupo, agrega, han hecho todo lo posible por destruir las estructuras auténticas de los sindicatos, adueñándose de los puestos clave de la dirección, anulando desde ahí la libertad interior de la organización, desfigurando el espíritu de disciplina y el propósito de las sanciones, logrando la corrupción abierta de los funcionarios sindicales y empleando los medios de lucha obrera con fines político-partidistas.

Si bien el poder público reconoce a los sindicatos el derecho al ejercicio de facultades disciplinarias mediante la aplicación de la llamada clásula de exclusión, aclara que reconoce que dicho derecho debe tender a fortalecer a las organizaciones en beneficio de sus miembros, protegiéndolos de maniobras de patrones coludidos con trabajadores desleales, y condena ``su ilegítima utilización con otros fines''.

Los panistas señalaron que no puede permitirse que esas cláusulas de exclusión se usen con otros fines, ya que pueden tener como consecuencia el quitar al ciudadano la posibilidad de desarrollarse en su empleo y con ello conseguir lo satisfactores necesarios para ellos y sus familias.Por eso llaman ``altamente descalificable'' que la cláusula se aplique para reprimir o sancionar a trabajadores que en el ejercicio de sus derechos constitucionales participan en organizaciones políticas y religiosas diferentes a los intereses de quienes debieran representarlos o servirles, ``pero que falsean su liderazgo''. Esta práctica, critican, es violatoria de los derechos individuales consagrados en la Constitución.

También rechazan que las mayorías puedan tomar decisiones que afecten los derechos de las minorías plasmados en los artículos 24 y 35 de la Carta Magna, y precisan que si bien los sindicatos son instituciones con funciones políticas, no pueden ser órganos de poder político.

El indiscutible derecho de los trabajadores a agruparse en defensa de sus intereses, ya reconocidos por el artículo 123, concluyen, no contradice sus derechos humanos, ya que ambos se complementan.