José Woldenberg
La reforma electoral.
La Constitución

El anuncio de ``las conclusiones alcanzadas en la mesa para la reforma electoral'', debe ser reconocido como lo que es: un listado de compromisos fundamentales para reformar en un sentido democratizador nuestra legislación electoral. Se trata de un ambicioso proyecto de reforma forjado por los representantes del PRI, PRD y PT, conjuntamente con la Secretaría de Gobernación (aunque en una serie de puntos dicha Secretaría mantiene su ``opinión'' particular).

El solo anuncio de los puntos de acuerdo muestra que ``hablando se entiende la gente'', que es posible forjar operaciones reformadoras incluyentes y convergentes, y puede ser el eslabón que haga posible en el futuro inmediato emprender esfuerzos más ambiciosos como el de ``la reforma política del Estado''.

Lo óptimo en este marco sería que en el Congreso, la representación del PAN se sumara a los trabajos conjuntos, quizá negociando algunos puntos que para el blanquiazul resulten relevantes, de tal suerte que la nueva legislación fuera producto del consenso. Porque más allá de la discusión publicitaria, resulta evidente que el listado del PRI, PRD y PT recoge una buena parte de los reclamos y las iniciativas del propio PAN.

Cierto que no hay que cantar victoria, puesto que aún restan temas por resolver y otros han sido enunciados de manera general, lo que eventualmente puede dar pie a lecturas distintas. No obstante, lo acumulado resulta más que relevante y no vale la pena minusvaluarlo con los gastados expedientes de agregar cada quien su demanda específica o fugándose a otros terrenos donde, en efecto, falta mucho por hacer.

Pero de qué se trata la reforma? Vayamos por partes. Entremos primero a los cambios constitucionales, y en otra entrega aparecerán los cambios legales:1. Derechos políticos y mecanismos jurídicos de protección. El Tribunal Federal Electoral se incorporará como un órgano especializado al Poder Judicial. Algunos jamás planteamos que el problema de la justicia electoral tuviese que ver con la adscripción del Tribunal y pensábamos que podía crearse confianza y certeza en los marcos de un Tribunal especializado, autónomo. Pues bien, ahora el Tribunal será parte del Poder Judicial, existiendo una sala superior de control constitucional y salas para desahogar el contencioso.

Lo primero merece subrayarse, porque hasta ahora la legislación electoral no era recurrible ante el Supremo Tribunal del país. Ahora las leyes federales o locales podrán ser impugnadas ante la Corte, de tal suerte que la Suprema será ahora realmente un tribunal constitucional pleno.

Los ministros y magistrados serán designados por las dos terceras partes de los votos de la Cámara de Diputados a propuesta de la Suprema Corte. Es decir, en su nombramiento no participaría el Poder Ejecutivo, con lo cual serán los únicos ministros y magistrados que rompan lo dispuesto en el artículo 96 de la Constitución, que establece que los mismos serán nombrados por el Presidente con la aprobación del Senado. Es por ello que la Secretaría de Gobernación insiste en que por lo menos los ministros sean electos de acuerdo con lo que hoy marca la Constitución.

En el mismo paquete se establece que los actos y resoluciones de los Tribunales locales podrán ser impugnados, con lo cual se crea un eslabón más para procesar diferendos electorales y para que los ``poderes locales'' sean vigilados y eventualmente rectificados.

No obstante, el alargamiento del proceso que va de la calificación a la toma de posesión de las autoridades electas, necesario para ``permitir la sustanciación de los recursos'', dilatará la espera en el relevo de la autoridad ejecutiva y legislativa. Pero ni hablar, no se puede tener todo en el mismo movimiento.

Puede afirmarse que en este campo será necesario una legislación nueva integral, y recoge sin duda propuestas básicas del PAN.

2. Afiliación personal. Al establecerse en la Constitución que la afiliación a los partidos debe ser personal, se convertirá en anticonstitucional la afiliación masiva, a través de organizaciones sociales, a los partidos. Con ello se fortalecerán las garantías individuales.

3. Referéndum e iniciativa popular. Se trata de dos recursos de la democracia directa que pueden, dosificados, dinamizar los sistemas de democracia representativa (única que se conoce en el mundo). Falta, sin embargo, precisar sus alcances y modalidades. En ambos insistió con fuerza el PRD.

4. Voto en el extranjero. Se podrá ejercer sólo para la elección presidencial (lo que resulta natural porque los votantes se encontrarían fuera de su distrito y estado) y se le ha ligado a los trabajos del Registro Nacional Ciudadano y a la Cédula de Identidad. La Secretaría de Gobernación, sin embargo, señala que por razones de ``soberanía y de logística'' la legislación en este punto no debe ser modificada. Sin llegar tan lejos como la Secretaría, porque los mexicanos en el extranjero siguen siendo mexicanos, creo que el tema se podría haber diferido hasta asentar completamente la confianza electoral en nuestras fronteras y luego explorar la veta que ya se abrió. Ello, con la finalidad de no sobrecargar de exigencia al sistema electoral en construcción. De todas formas hay tiempo. Y se trata de una victoria del PRD.

(Continuará mañana).