La Jornada 24 de abril de 1996

Envía la Corte su dictamen al Presidente, al Congreso y a la PGR

Jesús Aranda La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que Rubén Figueroa Alcocer y siete ex funcionarios más son responsables de la ``violación grave, generalizada'' a las garantías individuales en la matanza de Aguas Blancas, y ``sugirió'' que las autoridades competentes tomen ``las medidas y las acciones'' necesarias.

Asimismo resolvió notificar al presidente Ernesto Zedillo y al Congreso de la Unión, para que éste, ``de estimarlo pertinente intervenga en alguna de las formas autorizadas por la Constitución''. Igualmente determinó cursar una copia al procurador general de la República, ``para los efectos de su representación''


El magistrado Juventino Castro y Castro, durante el
informe sobre el caso Aguas Blancas en la Suprema
Corte de Justicia.
Foto: Frida Hartz

El dictamen, aprobado en forma unánime por los 11 ministros, llama por otra parte la atención en que ``infortunadamente existe la propensión de incorporar a nuestra vida política la cultura del engaño, la maquinación y la ocultación'', dado que, en graves acontecimientos que han ocurrido en el país, en vez de ser afrontados con reconocimiento y deseos de superación, ``se han pretendido esconder, a pesar del alto costo social que tienen el engaño y el ocultamiento''.

Al margen de la responsabilidad penal que ``pudiera resultarles al gobernador y demás ex funcionarios del estado de Guerrero'', se añade en el documento de 150 cuartillas, existen evidencias que señalan que en este asunto el gobierno encabezado por Figueroa actuó ``como grupúsculo detentador del poder que había que conservar, aun cuando ello implicara ocultar la verdad y proteger a los responsables de los hechos''.

Cabe señalar que si bien los ministros votaron de manera unánime en favor del dictamen elaborado por los integrantes de la comisión investigadora -Juventino Castro y Castro y Humberto Román Palacios- el presidente de la Corte, José Vicente Aguinaco Alemán, se manifestó en contra de que las conclusiones y material probatorio fueran notificadas también al Congreso de la Unión, así como al gobernador, Congreso y Tribunal Superior de Justicia de Guerrero, además de ``las autoridades competentes que lo requieran''.

Aguinaco argumentó -fue el tercero y último de los ministros en hacer uso de la palabra- que la solicitud para que interviniera en el asunto fue hecha por el presidente de la República y que, en dado caso, éste sería el encargado de entregar los resultados a quien considerara conveniente. Su posición únicamente fue secundada por la ministra Olga Sánchez Cordero. La votación final sobre este asunto quedó nueve a favor y dos en contra de que se notificara a las autoridades señaladas.

Respecto de la consideración que se plantea en el documento sobre la ``cultura del engaño, maquinación y ocultación'' que ha permeado la vida política nacional, el ministro Castro y Castro argumentó en el pleno que este tipo de prácticas lesionan el Estado de derecho.

El dictamen precisa por su parte que, ante graves acontecimientos que han ocurrido en el país, ``de enorme importancia y trascendencia'', en vez de ser afrontados con ``reconocimiento y deseos de superación'', se han pretendido esconder, a pesar del alto costo social que tienen el engaño y el ocultamiento.

Parecería, subraya el texto, que no nos atrevemos a enfrentar la verdad y que pretendemos, aparentemente, ``no perder la confianza nacional e internacional'', no a través de reconocer sencillamente nuestras fallas y nuestras equivocaciones, sino ocultando nuestras equivocaciones.

En relación directa a la posición que asumió Figueroa de inculpar a los campesinos asesinados de los hechos violentos, así como el afán de ocultar la verdad, el escrito dice: ``Las altas autoridades del gobierno del estado de Guerrero, a fines de junio de 1995 -la matanza fue el 28 de junio del año pasado-, ante la palmaria gravedad del masacramiento de civiles desarmados, y tan sólo a dos horas del suceso, empezaron a crear una versión artificial de los hechos'', que incluyó la especie de que los miembros de la Organización Campesina de la Sierra del Sur (OCSS) ``audazmente atacaron (con machetes) al cuerpo de policías motorizados (protegidos por armas de alto calibre)''.

El afán de Figueroa por ``engañar y proteger'' lo detallan los ministros en cuestiones como los videos editados -el ``oficial'' y el que transmitió Televisa, que se editaron de una grabación original-, en que los campesinos iban armados y son violentos, que el operativo en el que fueron asesinados era ``rutinario'', el que los campesinos habrían disparado y que ellos mismos lesionaron a sus demás compañeros, etcétera.

Para los ministros resultó evidente que ``existió un desmesurado deseo de encubrir a través del engaño'' y que en esta acción estuvieron directamente involucrados, Rubén Figueroa Alcocer; José Rubén Robles Catalán, ex secretario general de Gobierno; Antonio Alcocer Salazar, ex procurador general de Justicia del estado; Rodolfo Sotomayor Espino, ex primer subprocurador general de Justicia; Gustavo Olea Godoy, ex director de la Policía Judicial; Rosendo Armijo de los Santos, ex subsecretario de Protección y Tránsito; Adrián Vega Cornejo, ex fiscal especial, y Esteban Mendoza Ramos, ex director general de Gobernación.

Es de señalar que Figueroa Alcocer, Robles Catalán, Alcocer Salazar y Olea Godoy no habían sido procesados en relación con el caso Aguas Blancas, mientras que Vega Cornejo y Armijo de los Santos se encuentran en libertad bajo caución y sólo Mendoza Ramos y Sotomayor Espino están presos.

Por lo que toca a la participación de los tres fiscales especiales en la investigación del asunto -Adrián Vega Cornejo, Miguel Angel García Domínguez y Alejandro Varela Vidales-, se enfatiza que desde el inicio el ahora gobernador con licencia, Rubén Figueroa, debió actuar con energía a través de ``su procurador, no de un procurador o fiscal especial'', amén de que tenía que haber reestructurado los cuerpos policiacos involucrados y no pretender ocultar las pruebas en contra de los funcionarios, confundir los hechos o ``callar a los familiares de las principales víctimas con indemnizaciones raquíticas y vergonzosas''.

Además, en el dictamen se hace referencia a Gustavo Martínez Galeana, quien grabó la matanza y de manera ``inaudita'' está preso y es procesado, ``no por filmar, sino por los delitos de homicidio y lesiones'' toda vez que, en su momento, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ``recomendó'' se le procesara.

El ministro Humberto Román Palacios destacó por otra parte ante el pleno, el reducido número de los colaboradores de ambos ministros que se integraron a la comisión investigadora, -enfatizó en el profesionalismo de gente como Hilario Sánchez Cortés y otros más-, así como la rapidez con que la Corte concluyó su misión.

Qué se entiende por graves violaciones?

La comisión investigadora definió en el cuerpo del documento lo que constituye una ``grave violación'' a las garantías individuales.

Sobre el particular, explicaron que el desorden alarmante en una comunidad puede ocurrir por dos razones:

Porque las autoridades que deben proteger a la población que gobiernan son las que producen o propician los actos violentos, prefiriendo en tal forma obtener una pacificación disciplinaria, ``aunque sea violatoria de los derechos de las personas y de las instituciones que éstas crean, o bien porque frente a un desorden generalizado las autoridades son omisas, negligentes o impotentes para encauzar las relaciones pacíficas de la comunidad, o son totalmente indiferentes en obtener el respeto de las garantías individuales.

Concluye que, ``si por cualquiera de las dos razones enunciadas la sociedad no se encuentra en seguridad material, social, jurídica o política, el resultado que se observa es una grave violación a las garantías individuales''.

El dictamen concluye que Figueroa Alcocer violó las garantías individuales consagradas en los artículos sexto, octavo, noveno, décimo primero, décimo cuarto, décimo sexto y vigésimo segundo consagrados en la Constitución.

En otras palabras, violó la libertad de tránsito, puesto que detuvo sin razón a los ocupantes de la camioneta acribillada; violó la garantía a la libre expresión, al impedir un acto de protesta de los miembros de la OCSS, en Atoyac el día de los hechos; hubo violación a la libertad personal de los transeúntes, puesto que sin orden de aprehensión detuvieron a las personas el 28 de junio pasado, y también fueron violadas las garantías de seguridad, de defensa, de petición y de respeto a la vida.

Todos estos hechos, concluye el dictamen, constituyen a la vez ilícitos penales.