La Jornada 6 de mayo de 1996

España sí aportó datos para la captura de Zelaia: escrito de Lozano

David Aponte Los servicios policiacos y judiciales españoles y la propia embajada de ese país ubicaron en territorio mexicano al vasco Andoni Zelaia, acusado de pertenecer a la organización separatista vasca Euskadi Ta Askatasuna (ETA) y proporcionaron sus datos para que la Policía Judicial Federal hiciera el trabajo de aprehensión con fines de extradición, de acuerdo con un escrito elaborado por el procurador general de la República, Antonio Lozano Gracia.

Como prueba de la presunta participación de Zelaia en un homicidio y un robo ocurridos en 1978, el funcionario mexicano incluye el nombre de un ``testigo'' que ``atribuye la autoría material del crimen'' a Zelaia.

En el expediente de extradición II/96, el gobierno español no presenta pruebas adicionales de la eventual implicación del vasco en el crimen de un taxista y, ahora, de sus presuntos nexos con ``comandos autónomos anticapitalistas''.

La semana pasada, el embajador José Luis Dicenta Ballester declaró a La Jornada que en territorio mexicano no actúa ningún policía español. Sin embargo, las autoridades de ese país entregaron los datos de localización de Zelaia, como consta en las diferentes comunicaciones de la representación diplomática con la Procuraduría General de la República (PGR) y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

En un primer oficio (23/96), enviado al juzgado octavo de distrito en materia penal, el procurador expuso que recibió un oficio de la SRE, en el cual comunica que el gobierno de España envió la nota diplomática 342 para solicitar la detención provisional con fines de extradición de Zelaia Otaño. El documento menciona que un juez de Madrid libró auto de prisión y expidió orden internacional de detención, con fecha 19 de septiembre de 1995, contra el vasco ``por ser problable responsable de los delitos de asesinato y robo''.

``En fecha 2 de septiembre de 1978, en la localidad de Pasajes de San Pedro (Guipúzcoa), España, Antonio María Celaya Otaño (Andoni Zelaia Otaño), tras subir al vehículo taxi que conducía Amancio Barreiro Gens, y pedir que lo llevara a la localidad de Usúrbil, le ordenó parar antes de llegar a la indicada localidad y sacando una pistola hizo varios disparos sobre el cuerpo del taxista, mismos que le ocasionaron la muerte. Después se apoderó del taxi, matrícula M-850598, marca Mercedes Benz, así como del billetero que contenía unas tres mil pesetas'', señala.

El procurador agrega: ``El Reino de España tiene conocimiento de que el reclamado (...) se encuentra localizado en la calle de Río Tigris número 21, colonia Cuauhtémoc, 06030, Distrito Federal''. La propia cancillería tenía la información sobre la presunta ubicación del vasco, con datos proporcionados por el gobierno español.

``La embajada de España en México saluda atentamente a la SRE de los Estados Unidos Mexicanos, y solicita la detención con fines de extradición del señor Andoni Zelaia Otaño, nacido el 6 de febrero de 1955, hijo de Eustaquio y de María Angela, y con domicilio actual en Río Tigris número 21, colonia Cuauhtémoc, 06030, México, Distrito Federal'', según consta en el oficio enviado el 28 de noviembre de 1995 a la cancillería.

En otro oficio (0169/96) remitido al juez de la causa, el procurador formaliza la petición de extradición y vincula al vasco con ETA, ``asociación a la que pertenecía el reclamado, formando parte específicamente de un grupo llamado 'comando autónomo iparraguirre', en la localidad de Pasajes, España''.

Lozano argumenta que Zelaia y José Angel Cincunegui Urdapilleta mataron al taxista ``por considerarlo de extrema derecha y confidente de la policía''.

En un escrito enviado al juez de la causa, el vasco asegura que la ``solicitud de extradición fue negada por el Estado francés, porque no se acreditó mi intervención en los hechos que constituyen los ilícitos por los que hoy se me reclama al Estado mexicano. El someterme de nuevo a juicio, por los mismos delitos, es violatorio de los principios establecidos en el artículo 21 de la Constitución''.