Desde el 10 de febrero del año pasado, fecha en que fue detenido con engaños pueriles por miembros del ejército en las inmediaciones del poblado chiapaneco de Las Margaritas, hasta el día de hoy, Javier Elorriaga Berdegué ha sido un perseguido cautivo, válgame el aparente absurdo semántico. Suponiéndosele delitos de orden federal, los soldados lo entregaron al Ministerio Público, y éste, sin haber buscado ni presentado las pruebas que acreditaran su responsabilidad, solicitó orden de aprehensión, misma que fue cordialmente obsequiada en Tuxtla Gutiérrez por un juez cansino, ausentista y cuasisordo (se dice que algunas cosas las oye muy bien, aunque sólo se le susurren, asunto que no me consta), pero quien goza de completa autonomía respecto de las protomiserias políticas del país por virtud de la división de poderes.
Instalado en su autonomía satelital, este buen letrado emborronó durante alrededor de l5 meses cientos de cuartillas a doble cara, para llegar a la conclusión condenatoria de que el grupo de individuos que en concierto se alzaron en armas el primero de enero de l994 y que se autodenominan Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), son culpables de las conductas delictivas de conspiración, rebelión y terrorismo Y Elorriaga? Bueno, Elorriaga era uno de los integrantes del EZLN, como lo prueban, en primer lugar, el testimonio de Salvador Morales Garibay, y luego la declaración ministerial de María Gloria Benavides. Además, el inculpado intervino en la elaboración del video Viaje al centro de la selva, de donde resulta indisputablemente que, siendo periodista, pertenecía a la Comisión de Prensa e Ideología de los neozapatistas. Condenado el todo, la parte corre su suerte. Con la ley en la mano, el juez perseguía al EZLN entero, pero sólo alcanzó a quienes tenía ya en la jaula, Elorriaga entre ellos.
No oyó el señor juez que la declaración de María Gloria había sido jurídicamente invalidada por haber sido obtenida bajo tortura. Tampoco oyó a la defensa cuando exigía la declaratoria de desvanecimiento de la prueba principal, que es la declaración de Morales Garibay, puesto que a este misterioso personaje, en caso de que haya existido, se lo tragó la tierra y no ratificó su dicho. Qué oyó? Quién sabe. Quizá sólo vio la televisión el 9 de febrero.
Lo cierto es que el esforzado señor juez concluyó al fin su trabajo y luego, el 2 de mayo, lo envió con el secretario, como es su costumbre; era un documento tan breve y sustancioso como todos los suyos, en el que estaba contenida la sentencia para Elorriaga: l3 años de prisión, inhabilitación para el ejercicio de los derechos políticos por cuatro años una vez cumplido el término de encarcelamiento, y una modesta pena pecuniaria. Todo esto, contando también con el buen humor del sentenciado, sería una historia para la picaresca en combinación con el realismo mágico; pero no hay ninguna ocurrencia o pantomima que festejar si se piensa que en la persona de Elorriaga se ha condenado judicialmente al EZLN, a sus simpatizantes y hasta a los periodistas que cubren la información y la analizan. Entonces cae uno en la cuenta de que el señor juez supo siempre muy bien lo que estaba haciendo y de que jamás dejó de despachar en las regiones terrestres, velando celosamente por su autonomía concertada.
Con tal sentencia condenatoria a la zaga (además de la de Sebastián Entzin) y con el recordatorio expreso de que la suspensión de la acción penal está condicionada a la prosecución y conclusión del diálogo para la concordia y la pacificación, ya puede el EZLN moderar sus exigencias y desplantes y consagrarse a trabajar por el acuerdo definitivo que contendría los lineamientos para una amnistía general. En otras palabras, el caso de Elorriaga ha estado siendo utilizado como regulador de la presión sobre el EZLN, y me temo que la suerte personal del antiguo mensajero de la paz no importe mucho.
Por lo mismo, también podría liberársele, si así conviene. No mediante el indulto, que el Ejecutivo concede discrecionalmente pero no a los acusados de terrorismo, por exclusión expresa de la ley penal. Tampoco mediante la amnistía, que es un acto del Poder Legislativo para abolir procesos o condenas pero que por ahora está condicionada a la feliz terminación de las negociaciones con el EZLN. Lo que podría hacerse es retrotraer los efectos de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas (luengo nombre que el titular de la PGR suele olvidar), promulgada cuando Elorriaga ya había sido procesado, de forma que también él se beneficie de la suspensión. La irretroactividad de la ley, que en nuestro derecho positivo es una de las garantías individuales, protege a las personas de cualquier daño o perjuicio derivados de una nueva norma, pero el principio pierde rigidez cuando lo que se obtiene es un beneficio, como lo obtendría Elorriaga. A menos que el destino del periodista argonáutico sea el de una especie de barómetro, en cuyo caso sólo nos quedaría desear que la presión no acabe reventándonos a todos.