Pablo Gómez
Amnistía

Existen dos pruebas: una positiva y otra negativa. La primera consiste en que, en efecto, todos los acusados se encontraban en el lugar de los hechos; la segunda, en que ninguno de ellos puede explicar satisfactoriamente qué hacía en la Plaza de las Tres Culturas de Tlatelolco.

Con este argumento, un juez penal declaró formalmente presos a más de un centenar de personas en octubre de 1968. Este es el razonamiento básico de los procesos penales contra presos políticos: el acusado debe ser de seguro culpable, de lo contrario no estaría aquí.

La sentencia contra Javier Elorriaga es de aquéllas que forman parte de la antología del horror judicial mexicano. Un testigo dice que el acusado es zapatista y que participó en una rebelión, pero aquél, que lo es por haber sido parte activa de los planes rebeldes, no es acusado por el Ministerio Público ni es presentado en el juicio como testigo: se encuentra, por tanto, sustraído de la acción penal gracias a la gracia del gobierno y del procurador Lozano ídem.

El testigo de cargo contra Elorriaga fue llevado a la Procuraduría General de la República por el Ejército Mexicano, quien realizó las investigaciones que, después, presentó como suyas el procurador Lozano Gracia, quien afirma, no obstante, que no recibe del gobierno ninguna indicación y mucho menos órdenes. En realidad, el Ministerio Público Federal ha sido un instrumento gubernamental en la sublevación de Chiapas. Pero Lozano ha cumplido con ese triste papel debido a que es portador de una carga ideológica fuertemente adversa a la rebelión chiapaneca y a los objetivos sociales y políticos de ésta.

Lo que para algunos es una forma de lucha equivocada, inoportuna o francamente condenable como conducta política, para Lozano y muchos de sus correligionarios es una mezcla de pecado y atentado contra el derecho.

Cuando el gobierno negocia con los rebeldes, a quienes no se les ha considerado como terroristas, el procurador prosigue con la acusación contra algunos supuestos o presuntos o dizque zapatistas justamente por el delito de terrorismo. Pero Lozano al contrario de lo postulado por él mismo en el juicio contra Elorriaga declara en Lima que el EZLN no es una organización terrorista y que, por tanto, México no tiene un grave problema de terrorismo, al contrario se diría de lo que ocurre en Perú.

Así como el abismo entre los dichos y los hechos de Lozano no se debe a una personalidad ezquizoide, tampoco existe contradicción entre unos supuestos deseos de Ernesto Zedillo de que Elorriaga fuera liberado y las conductas de la PGR y el juez de la causa. Si el procurador se tragó entera la píldora de la investigación del Ejército, la presentación del supuesto testigo, el cateo de la casa del ahora sentenciado y todo lo demás, por qué no hubiera admitido la necesidad de un desistimiento, al menos parcial, de los delitos imputados a Elorriaga, a petición justamente de los mismos que hicieron en su lugar la investigación y le presentaron el pastel completamente cocinado? El gobierno no quiso actuar en el juicio contra Elorriaga, después de haber sido quien lo acusó en realidad y le pasó de contrabando las supuestas pruebas de cargo a la PGR.

Del juez es poco lo que se puede decir, pues éste no podía mandar a freír espárragos al Ministerio Público, mucho menos cuando el propio Presidente de la República había anunciado personalmente las órdenes de aprehensión el 9 de febrero de 1995. Sí, el Presidente, haciendo las veces de agente del Ministerio Público o de vocero de prensa del Poder Judicial (no se sabe que cosa es peor). Elorriaga, sin tener la menor idea pues estaba en la selva, se encontraba en una muy selecta lista de perseguidos del Presidente, lo cual muestra una vez más el error de visitar lugares donde no llegan las ondas televisivas y, por ende, no puede uno enterarse que lo requiere la autoridad.

Es evidente que la justicia actuó bajo consigna política en un asunto político y que el Ministerio Público, primero, y un juez de distrito, después, hicieron lo que les corresponde dentro del sistema político mexicano. Pero el asunto sigue siendo político.

El diálogo de San Andrés no ha sido nada sencillo, pero lo será mucho menos si el gobierno se muestra con una actitud persecutoria contra zapatistas reales o supuestos, que para el caso da lo mismo. Por ello, la suprema autoridad política del país debe asumir su responsabilidad, pero esa no es el Poder Ejecutivo, sino el que puede hacer las leyes, tal como aquélla que fue expedida para promover el diálogo y la paz en Chiapas, la cual por cierto suspendió la acción de la justicia en tanto se realizan las negociaciones.

Es falso, por otra parte, que la amnistía proceda solamente hasta el término de la rebelión. En el curso de las sublevaciones, guerras y demás disturbios de la lucha política, siempre se han ofrecido y realizado amnistías totales o parciales, condicionadas o incondicionales, etcétera. Los zapatistas (reales, supuestos, presuntos o lo que sea) podrían obtener su libertad mediante el olvido lo que no prejuzga sobre su culpabilidad o inocencia, como un hecho legislativo de carácter eminentemente político y no judicial y, mucho menos, justiciero.

El motivo de esta amnistía podría ser muy elemental: promover el diálogo y la negociación con miras a un acuerdo de paz en Chiapas; fortalecer la otra ley ya expedida para la pacificación. Cualquier legislatura responsable podría expedir una amnistía con tan elevados propósitos. Pero para eso habría que hacer política en lugar de promover penitencias o asumir esa actitud arrogante de ``ya lo dije y ni modo''.

Quizás el gobierno suponga que el EZLN no tiene camino de regreso en el diálogo de San Andrés y que las negociaciones no admiten condiciones, mucho menos aquéllas que afectan a la implacable justicia. Pero no se trata de eso, sino de cuidar los procesos políticos si es que se cree en ellos verdaderamente. Que al PAN le venga valiendo un pito todo eso, se explica por su doble carácter de opositor y colaborador, pero el gobierno federal no debería jugar con fuego en ningún caso.

Elorriaga fue entregado por el Ejército a Lozano Gracia, aunque la detención originalmente no fue para cumplir una orden judicial lo cual, por cierto, sólo le corresponde a la PGR sino consecuencia de uno de esos retenes inconstitucionales que violan las garantías individuales. Con datos proporcionados también por los militares, Elorriaga fue consignado, procesado y sentenciado.

Que el poder político resuelva este embrollo.