Podría ejercerse atracción una vez iniciado un juicio del fuero común: fuentes de la dependencia
Jesús Aranda La Procuraduría General de la República (PGR) debe intervenir en la investigación del caso Aguas Blancas, toda vez que legalmente está facultada para iniciar un proceso contra Rubén Figueroa Alcocer y siete de sus ex colaboradores, quienes fueron señalados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como los responsables de cometer ``graves violaciones a las garantías individuales''.
Señalaron lo anterior el catedrático del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Raúl Plascencia, y el presidente del Consejo Directivo Nacional de la Barra Nacional de Abogados, Xavier Gómez Coronel, quienes precisaron que el artículo 364 del Código Penal en materia de fuero común para el Distrito Federal, y para toda la República en materia de fuero federal, castiga con pena de un mes a tres años de prisión ``al que de alguna manera viole, en perjuicio de otro, los derechos y garantías establecidos en la Constitución General de la República en favor de las personas''.
Fuentes de la Suprema Corte, a su vez, aseveraron que la PGR se negó a intervenir en el caso Aguas Blancas por ``falta de voluntad política''.
Días después de que la Procuraduría informó que no ejercerá la atracción en este asunto, funcionarios de la dependencia aseguraron que el caso ``no está aún concluido para nosotros'', y no descartaron que, una vez que el juez del fuero común inicie el proceso contra Figueroa, la PGR ``atraiga'' el asunto.
Raúl Plascencia aclaró que si bien la PGR se desistió de ejercer la ``atracción'' por lo que respecta a posibles delitos del fuero común, lo cierto es que está facultada para consignar el asunto ante un juez federal por lo que respecta a la ``grave violación de garantías individuales''.
Serían dos procesos que pueden ir de manera paralela, explicó, además de que en su momento la dependencia federal estaría en condiciones de ``atraer'' también los procesos por delitos del fuero común.
Recordó el investigador que en el caso del asesinato de Luis Donaldo Colosio la justicia federal ``atrajo'' el asunto porque el arma o armas que se utilizaron para ultimarlo eran de uso exclusivo del Ejército --que es delito federal--, y con base en esto la PGR se hizo cargo de las averiguaciones, aunque el crimen en sí es delito del fuero local.
Por lo que toca al dictamen de la Suprema Corte en el que se acusó a Figueroa Alcocer de haber violado las garantías individuales, el catedrático enfatizó que ``debemos darle toda la seriedad y el peso que tienen a las resoluciones de la SCJN'', la cual después de la investigación de dos de sus ministros estableció la responsabilidad del gobernador con licencia.
Sostuvo que si la PGR insiste en ignorar el artículo 364 del Código Penal, actuará en favor de la impunidad en México.
La resolución de la Corte, insistió, fue muy clara y la PGR debe actuar en consecuencia.
Comentó que de acuerdo con el artículo referido, el castigo por violar las garantías individuales no es considerado como ``grave'' y tendría una sanción moral o simbólica, pero implicaría de entrada que Figueroa fuera desaforado para enfrentar el proceso en su contra.
Por su parte, Xavier Gómez Coronel expresó su ``abierta inconformidad'' por la ``inadecuada'' decisión jurídica del procurador general de la República, Antonio Lozano Gracia, quien se declaró incompetente para conocer el caso Aguas Blancas, so pretexto de que en esos hechos no se cometió delito federal alguno.
Agregó que el artículo 103 constitucional convierte en ``federales'' los actos de autoridad que violen las garantías individuales.
De acuerdo con el informe que rindió la Suprema Corte, explicó, hubo violaciones generalizadas a las garantías individuales consagradas en los artículos primero, sexto, octavo, noveno, undécimo, décimo cuarto, décimo sexto y vigésimo segundo de nuestra Carta Magna.
El presidente de la Barra Nacional de Abogados explicó que entre las garantías individuales violadas por Figueroa Alcocer y los miembros de su gabinete destacan: la de libre tránsito, libre expresión, libertad de información, de seguridad, de defensa, de petición y de respeto a la vida.
Además, las armas que utilizó la Policía Motorizada de Guerrero son de uso exclusivo del Ejército, lo que también constituye un delito federal.
La ``absurda'' decisión de Lozano Gracia, enfatizó, contribuye a violentar el Estado de derecho.
Por su parte, altos funcionarios de la SCJN confirmaron que la Procuraduría tiene los elementos necesarios para consignar ante un juez federal a Figueroa con base en el artículo 364 del Código Penal.
``Si no actuó la PGR fue por falta de voluntad política'', señalaron.
Explicaron que el dictamen de la Corte al respecto fue lo suficientemente claro y fundamenta la intervención de la instancia federal en virtud de la grave violación a las garantías individuales que tuvo lugar en Aguas Blancas, en donde fueron asesinados 17 campesinos en junio del año pasado.
A su vez, funcionarios de la PGR señalaron que el caso ``no está concluido para nosotros'' y que la dependencia está en espera de que al gobernador con licencia de Guerrero se le inicie el juicio correspondiente en el ámbito local para entonces sí atraer el caso.