La Jornada 29 de mayo de 1996

Dictamen alterno de legisladores priístas para exonerar a Rubén Figueroa

Elena Gallegos y Oscar Camacho De nuevo, la bancada priísta en la Cámara de Diputados encontró la manera de ``exonerar'' a Rubén Figueroa Alcocer. El gobernador con licencia no será sometido a juicio político y sus compañeros de partido basan la defensa en que si bien es presunto responsable de ``violaciones graves'' a la Constitución como lo señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), éstas no fueron ``sistemáticas''.

Así quedó asentado en el proyecto de dictamen ``alterno'' que los priístas prepararon con mucha antelación para contrarrestar el que ``oficialmente'' encargó la Subcomisión de Examen Previo al panista Alejandro Zapata Perogordo, secretario de la Comisión de Justicia, y en el que a lo largo de 74 cuartillas se desmenuzan las razones jurídicas por las que Figueroa sí debe ser enjuiciado por su responsabilidad en la matanza de 17 campesinos en el vado de Aguas Blancas y por actos posteriores a la misma.

Por lo pronto, ambos proyectos se encuentran ya en poder de la subcomisión, cuyos miembros se reunirán este jueves para debatirlos y votarlos. Es obvio que el proyecto que recibirá la mayoría de votos el de los priístas será el ``alterno'', calificado por Alejandro Zapata Perogordo como parte de las ``garantías'' de impunidad que ofreció la Secretaría de Gobernación, con el aval del Ejecutivo, para obtener que pidiera licencia.

En el documento de la fracción mayoritaria, que comenzó a circular anoche en San Lázaro, se señala que ``no puede alegarse que declarar improcedente la incoación del juicio político implica prohijar la impunidad, pues el procedimiento judicial en contra de los implicados en los hechos, motivo de esta controversia, sigue abierto y compete, después del análisis de la Procuraduría General de la República (PGR), a las autoridades estatales y no federales''.

El proyecto priísta despacha en 25 cuartillas las razones por las que no procede el juicio y, paradójicamente, para salvar a su correligionario alude al mismo artículo que Zapata Perogordo sostiene que no puede ser invocado en el caso de autoridades locales, el séptimo de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

``En ningún momento sostienen los priístas la SCJN, en el informe que los promoventes (legisladores del Partido de la Revolución Democrática) presentan como prueba superviniente, concluye que las violaciones a las garantías individuales hubieren sido sistemáticas, razón por la cual falta uno de los requisitos de procedibilidad para incoar, con base en la fracción tercera del artículo séptimo de la ley en cita, juicio político en contra del gobernador con licencia Rubén Figueroa Alcocer''.

En el proyecto que elaboró Zapata Perogordo queda establecido que la Constitución no habla, en el caso de autoridades locales, de violaciones ``graves y sistemáticas'' sino únicamente de ``graves'', por lo que esos enunciados de la ley reglamentaria se refieren exclusivamente a funcionarios federales, por lo que no pueden ser aplicados en el caso de Figueroa y ofrece una larga explicación jurídica para soportarlo.

A raíz del informe que la SCJN rindió el 23 de abril pasado sobre la matanza de Aguas Blancas, la fracción parlamentaria del PRD solicitó que se reabriera el proceso debido a que dicho informe y el video sin ediciones de la misma constituían ``pruebas supervinientes''. Con base en el artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se volvió a revisar el expediente para considerar las nuevas pruebas.

Desde el momento mismo en que se encargó el proyecto ``oficial'' al panista, los priístas tuvieron el ``alterno''. Tenían la certeza de que el de Zapata Perogordo estaría a favor del juicio, y es que el legislador de Acción Nacional ya había elaborado en septiembre del año pasado un proyecto en ese mismo sentido. Para él, aun sin el informe de la SCJN, había pruebas suficientes para enjuiciar a Figueroa Alcocer.

En aquella ocasión un dictamen elaborado por Dionisio Pérez Jácome, ahora procurador Agrario, en el que también se argumentaba, entre otras cosas, que la violación a las garantías individuales no era ``sistemática'' y que no había elementos ``para concluir que las conductas atribuidas al titular del Poder Ejecutivo del gobierno del estado de Guerrero tengan correspondencia alguna con los delitos derivados de los sucesos lamentables... ``No solamente eso: los legisladores priístas incluso asentaron en el primer documento que aprobaron de exoneración que ``ni siquiera las pruebas que obran en el proceso penal en cita, ni aquellas que se han incorporado a la averiguación previa aún abierta, ni la amplia investigación practicada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, permite desprender, ni siquiera de manera elemental e incipiente, que el gobernador constitucional hubiese tenido algún grado de participación penal en los hechos que dieron origen a la formación de este expediente''.

En este nuevo proyecto de dictamen, los priísta hacen alusión al anterior y enumeran las tres hipótesis que plantea el artículo 110 constitucional para que pueda incoarse juicio político a los gobernadores de los estados, y que son violaciones graves a la Constitución, violaciones graves a las leyes federales que de ella emanen, y manejo indebido de fondos y recursos federales.

Respecto de las violaciones graves a las leyes federales, sostienen que los hechos de Aguas Blancas son de competencia local y recuerdan que en ese mismo sentido se pronunció el lunes 6 de este mes la PGR, cuando se descartó definitivamente la posibilidad de realizar su propia investigación en razón de no haber encontrado delito federal alguno que le permitiera, en términos del artículo décimo del Código Federal de Procedimientos Penales, ejercer su facultad de atracción.

Al igual que Zapata Perogordo, los priístas traen a colación algunos pasajes del informe de la SCJN, fundamentalmente el que se refiere a que sí existió violación grave de las garantías individuales de los gobernados y que de dicha violación resultan responsables Rubén Figuera Alcocer y otros funcionarios.

Sin embargo, esta referencia sirve a la mayoría para sostener por qué no procede el juicio, mientras que a Zapata Perogordo para argumentar que sí.

Los priístas señalan que las conclusiones de la SCJN, en el sentido de que éstas violaciones no sólo se registraron en los sucesos de Aguas Blancas sino en los acontecimientos posteriores a éstos, no implican ``de ninguna manera'' que estamos frente al caso de ``violaciones sistemáticas''.

Para no dejar ``duda sobre la no procedencia del juicio político'', agregan que ``no se actualizan'' los enunciados previstos en las distintas fracciones del séptimo de la Ley Federal de Servidores Públicos, porque los hechos denunciados ``no tuvieron por objeto impedir el legal ejercicio de las instituciones democráticas del país, del estado de Guerrero o de algún ayuntamiento del país, porque no pueden reputarse como un ataque a la forma de gobierno repuplicano, representativo y federal, porque no se atacó la libertad de sufragio y porque no se usurparon las atribuciones de alguna institución gubernamental del estado''.

Finaliza señalando que la prueba ofrecida como ``superviniente'' el informe de la SCJN no actualiza ninguna de las tres causales que de manera limitativa nuestra Carta Magna señala como requisito para incoar al gobernador juicio político.

Por eso, concluye que no ha lugar para incoar juicio político y recomienda ``archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido''.

Se da por hecho que el jueves los priístas aprobarán su propio proyecto y lo llevarán al pleno de las comisiones de Gobernación y Justicia, donde buscarán que muera el asunto. No se descarta que la oposición haga valer su derecho a que el pleno de la Cámara conozca los dos proyectos.