La Jornada 30 de mayo de 1996

Se analizan mecanismos de defensa en el marco del TLC

Patricia Muñoz Ríos La ley estadunidense Helms-Burton viola los capítulos 11 y 16 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC), relativos a la inversión y a la entrada temporal de personas de negocios, apunta un análisis realizado por el director de Soporte Jurídico de la Secretaría de Comercio, Hugo Perezcano.

El funcionario explicó que el primer paso que seguirá el gobierno de México para impedir la aplicación de esta ley será llevar el caso a la vía de la solución de controversias del TLC, e incluso llegar a establecer si se requiere un panel trinacional para que éste determine qué es lo que deberá proceder, cual de las dos partes tiene la razón y las medidas que deberá cumplir cada país.

Apuntó que el proceso jurídico que seguirá México se basará en buena parte en los acuerdos tomados en el marco del TLC.

México dijo cuenta con el apoyo de los instrumentos jurídicos internacionales que regulan las actividades comerciales y tienen por objetivo asegurar reglas claras en un marco previsible para la inversión. Uno de ellos, es el TLC, aunque también pueden utilizarse otras instancias.

Esto es porque la Helms-Burton atenta, por sus efectos extraterritoriales, contra los principios del derecho internacional y de las reglas de inversión acordadas por los dos países, además de que es contrario a la transparencia y certidumbre del TLC.

Adicionalmente el gobierno mexicano puede emprender procedimientos civiles en contra de las órdenes judiciales por la incautación de bienes de inversionistas mexicanos en Estados Unidos como lo pretende esta ley, ya que estas medidas son equivalentes a una expropiación y contraviene las disposiciones del artículo 1105 del TLC.

Este último artículo señala que ninguna de las partes puede adoptar, expropiar o adoptar medidas equivalentes a expropiación, salvo que sea por causa de utilidad pública, sobre bases no discriminatroias, con apego al principio de legalidad y mediante el pago de una indemnización, señala el abogado.

La Helms-Burton, también, pretende modificar los criterios de otorgamiento de visas para gente de negocios, lo que viola el capítulo referido.

Perezcano dice en su análisis que en muchos casos los funcionarios de Estados Unidos no tienen claro cuál es la interpretación de muchas de las disposiciones de la ley y cómo aplicarla, pues es bastante discrecional.

En tanto no se tengan los lineamientos de la Helms-Burton, será difícil prever cómo van a aterrizar las disposiciones de la misma y el impacto real que puede tener ésta en las empresas mexicanas.

No obstante, como en los primeros acercamientos entre los tres países para solucionar este problema no se encontró una salida, México está podría pedir que este conflicto se lleve por la vía de la solución de controversias, contenido en el capítulo 20 del TLC.

Para ello, México tendrá primero que prsentar una reclamo formal contra Estados Unidos por la aplicación de la referida ley. La primera parte del proceso se lleva por la vía no contenciosa, que son pláticas a nivel técnico, y si no hay solución, se eleva el caso a nivel de controversia en una comisión de libre comercio, la cual se integra por los secretarios de Comercio de los tres países.

De no obtenerse algo en esta última etapa, existe la posibilidad de pedir la formación de un panel arbitral y un tribunal internacional establecido de conformidad con las reglas del TLC, apuntó el funcionario.