ACTO DE JUSTICIA Y GESTO DE PAZ

La exoneración de cargos y liberación de Javier Elorriaga Verdegué, así como la libertad bajo fianza concedida a Sebastián Entzin, por parte del Tribunal Unitario de Tuxtla Gutiérrez, constituye una noticia de primera importancia de cara a la continuación y la consolidación del diálogo de San Andrés Larráinzar entre el gobierno federal y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional; representa, asimismo, la corrección de una injusticia y contribuirá, sin duda, a la distensión de los ánimos políticos en la convulsa entidad chiapaneca.

Cabe recordar que Elorriaga Verdegué y Entzin, presos desde el 10 de febrero del año pasado, fueron en su momento acusados de diversos delitos, entre ellos terrorismo, rebelión y conspiración. La pieza central de las acusaciones contra ambos fue el testimonio de Salvador Morales Garibay, un sujeto que nunca se presentó a ratificar sus acusaciones.

A pesar de esa y otras irregularidades en el proceso, el 2 de mayo pasado, el juez primero de distrito, Juan Manuel Alcántara, sentenció en primera instancia a Elorriaga y a Entzin a largas penas de prisión, en lo que constituyó no sólo un fallo contrario a derecho sino también una vulneración de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas.

Si bien los acusados siempre negaron su pertenencia al EZLN, esta organización recibió el fallo de Alcántara como una provocación dirigida al proceso de paz; en consecuencia, el diálogo de San Andrés quedó prendido con alfileres y la situación política en general se tensó y deterioró, en Chiapas, en forma preocupante.

Ahora, la determinación del Tribunal Unitario de Tuxtla ha permitido enderezar aquel fallo equívoco. Elorriaga fue exonerado de todos los cargos, mientras que a Entzin se le aplicó una multa por el cargo de rebelión. Cabe esperar que muy pronto Entzin pueda acceder a la libertad plena y a ver establecida su inocencia.

Además de la corrección de una injusticia, la liberación de Elorriaga y Entzin es un gesto promisorio para la pacificación con dignidad de ese estado del sureste, el cual debe ser recibido con beneplácito por todos los sectores de la sociedad que se han movilizado por el mantenimiento de la paz, del reconocimiento de la dignidad de los indígenas sublevados y la vigencia del Estado de derecho en el país.

No deben quedar en México procesos legales relacionados con el alzamiento chiapaneco del primero de enero de 1994. La rebelión del EZLN ha de resolverse con apego a la ley para la conciliación y la pacificación en un marco de diálogo, negociación, búsqueda de consensos y entendimiento. El doloroso conflicto chiapaneco ha de solucionarse sin vencedores ni vencidos. En este espíritu, la resolución legal comentada es una victoria para todas las partes, incluida la gubernamental, en la medida en que demuestra la capacidad institucional del país de corregir los errores de la justicia.