La Jornada 10 de junio de 1996

No se debe ceder ante España en dar retroactividad a la extradición

David Aponte y Jesús Aranda El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Juventino Castro, dijo que México no debe aceptar la pretensión del nuevo gobierno español de aplicar en forma retroactiva el protocolo de reformas al Tratado de Extradición, ya que originaría juicios de amparo. ``Entonces, por sobre la opinión del Presidente y del Senado, la última palabra la diría el Poder Judicial federal'', señaló.

De haber una modificación al nuevo instrumento jurídico, la adición tendría que volver a la Cámara de Senadores para que el órgano legislativo determine si hay afectación a la soberanía nacional, opinó.


Juventini Castro, ministro de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, durante la entrevista.
Foto: José Antonio López

En entrevista, el doctor Castro, especialista en el tema de la extradición, dijo que el gobierno de México está en la posición correcta de no aplicar el tratado bilateral en forma retroactiva, no por proteger a terroristas o delincuentes, sino por mantener el principio de la no retroactividad en perjuicio de persona alguna, consagrado en la Constitución del país.

``Un tratado internacional es un convenio celebrado entre países. Es evidente que las reglas de los convenios o contratos se aplican también en el terreno internacional. Claro que hay características muy especiales que no se pueden confundir. Entonces, nosotros nos podemos regir con una regla muy sencilla: si en una convención específicamente se arregla, se conviene, se define que van a tomarse del pasado ciertas cuestiones, son aceptables.

``En nuestra Constitución se prohíben las leyes retroactivas y se añade que no se aplicarán en perjuicio de persona alguna. Por lo tanto, y no sólo por la interpretación directa si no por jurisprudencia firme, todo convenio puede ser, toda ley puede ser retroactiva si no perjudica a alguien. Si no perjudica a nadie, no hay ningún problema y se puede aplicar. Entonces la retroactividad es una regla que debe de ser meditada para los casos concretos.

``Estoy entendiendo cuál es la dificultad entre los dos países. España dio por hecho que sí se podía extraditar los terroristas que con anterioridad se habían refugiado en el país, y en cambio México entendió estrictamente que no rige más que en el momento en que se firmó y hacia delante y que no son extraditables los terroristas anteriores''.

--Pero durante la firma del protocolo, en junio de 1995, el subprocurador Rafael Estrada Sámano y el entonces embajador español Juan Pablo Delaiglesia declararon que estaba vigente el principio de no retroactividad y ahora con el nuevo gobierno de España se quiere dar una nueva interpretación a este concepto.

--Esa es la clave del problema. Si en un momento dado quienes firmaron se entendieron en una cuestión y ahora se quiere aprovechar de una tónica distinta al tratado, México está en su lugar, en su posición de que estaba entendido que no iba a existir ninguna retroactividad. Para que la hubiera tendría que volverse a modificar el tratado y entonces establecer una cosa distinta.

``Entiendo que México, en su calidad legalista, no tiene la menor intención (de modificar el protocolo), no por proteger a terroristas ni a ninguna persona en especial, sino por tener una posición jurídica purista a este respecto''.

--Jurídicamente, ¿cómo se podría salvar este problema de interpretación?

--Hay una costumbre, que es el canje de notas diplomáticas entre los dos países, en el cual no se modifica el tratado sino simplemente los dos se ponen de acuerdo cómo debe de interpretarse y entonces se pueden intercambiar notas y ponerse de acuerdo si hay o no retroactividad y si la hay en qué condiciones procede y en cuáles no. Pero ello sería una especie como de adición, una convención adicional, que no llega a los extremos de un tratado, sino simplemente de entendimientos entre los dos países de cómo interpretar una cláusula en la cual no se dice con toda claridad si se hará retroactivo o no.

--En el supuesto que hubiera una cláusula de esta naturaleza, ¿se atentaría contra la Constitución?

--Evidentemente se atentaría sólo en las aplicaciones concretas. Si nuestra Constitución dice que no se aplicará ninguna ley retroactivamente en perjuicio de persona alguna, y como se sabe en el artículo 133 los tratados internacionales son leyes, ley suprema de toda la nación, entonces ligando las dos disposiciones sería un problema no tanto de crítica al intercambio de notas sino de aplicación concreta. Entonces sería la alegación de alguien: a mi sí me está perjudicando, por lo tanto no lo puede aplicar retroactivamente, pero evidentemente quién sería ese perjudicado: el extraditable.

--¿Cómo se podría interpretar la pretensión del nuevo gobierno español?

--No puedo entrar más que en el camino de la conjetura. Supongo que teniendo un problema tan grave de terrorismo, sobre todo con la organización ETA que ha hecho sufrir tanto a los españoles, entiendo que el nuevo gobierno ha extremado su posición frente a los terroristas y ahora quiere recuperar, en un momento dado para sancionar, a personas que se han refugiado, unos en Francia y otros México y otras partes de América Latina.

``Es lógico y natural que cuando viene un nuevo gobierno también hay nuevas medidas y creo que es el fenómeno que está ocurriendo. España hace todo lo posible y dice: y sino se interpreta así, entonces yo no pongo en vigor el Tratado.

--En el tema del terrorismo, ¿no se puede caer en el error de extraditar a refugiados político acusados de delitos de terrorismo?

--Por supuesto, pero ese es el riesgo que siempre ocurre en el derecho represivo. ¿No se corre el riesgo de procesar a inocentes? Pues sí, se corre ese riesgo y por eso son los recursos legales para decir: no caigamos en esta posibilidad. Siempre se ha apartado la cuestión política para que no sea materia de extradición, porque hay siempre esa malicia.

''La malicia es persiguiendo a una persona. Aquella dice que es delito político y el otro dice: no, yo lo estoy persiguiendo por un delito del orden común, no por cuestiones políticas. Y siempre las secretarías de Relaciones Exteriores, los ministerios del Exterior, son los últimos que dicen el criterio. Ahí se dirá la última palabra, si es político o no.

``Los criterios que se toman son personales para cada país. En realidad por eso entiendo el fenómeno español. Claro, cada vez que llega un gobierno distinto tiene una posición más suave o más rígida. En este caso, al nuevo gobierno español le ha calado mucho toda la historia de terrorismo''.

En la actualidad, la Suprema Corte analiza al menos seis casos de inconstitucionalidad promovidos en contra del actual Tratado de Extradición México-España.