Formal prisión a 4 campesinos acusados de pertenecer al EPR
Maribel Gutiérrez, corresponsal, Acapulco, Gro., 14 de julio La juez segunda de Distrito, Xóchitl Guido Guzmán, dictó hoy auto de formal prisión por el delito de portación de armas para uso exclusivo del Ejército a cuatro campesinos de la sierra de Coyuca de Benítez, acusados de pertenecer al grupo armado que apareció el 28 de junio en el vado de Aguas Blancas.
Los inculpados, que ante el agente del Ministerio Público y en su declaración ante del juzgado reconocieron que participaron en la conmemoración del aniversario de la matanza de Aguas Blancas, como parte del Ejército Popular Revolucionario (EPR), son Domingo Ramiro Jiménez Sonora, Lorenzo Adame del Rosario y Jerónimo Adame Benítez (integrantes de la Organización Campesina de la Sierra del Sur), vecinos de Yerbasantita, y Teodoro Juárez Sánchez, habitante de Tepetixtla, Guerrero.El secretario de acuerdos del juzgado, Alberto Rosales Flores, informó que la juez dictó la formal prisión tomando en cuenta que los detenidos aceptaron en su declaración preparatoria que portaban pistolas calibre 45, y 9 milímetros, en el momento en que fueron arrestados por tropas del Ejército el pasado 8 de julio (según la versión oficial), en el cerro del Guajolote, en la sierra de Coyuca de Benítez.
En sus declaraciones, los inculpados coinciden en señalar que antes y después de presentarse en el vado de Aguas Blancas el 28 de junio, estuvieron en un campamento del EPR en el cerro del Guajolote. Señalan que en ese lugar, antes de retirarse a sus comunidades, recibieron del capitán Aníbal las pistolas con las que fueron detenidos, y que usan ``para su protección''. Los cuatro dijeron que el capitán los reclutó en el EPR, prometiéndoles ayuda económica.
El delito de portación de armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas se considera en el Código Penal como no grave. Sin embargo, la juez negó la posibilidad de la libertad provisional bajo fianza a los cuatro detenidos, con base en una reforma penal que establece que se negará ese derecho a un detenido, cuando el Ministerio Público aporte elementos que demuestren que la libertad del inculpado representa un riesgo para la sociedad.
La penalidad establecida para ese delito es de uno a cinco años de prisión.
Por otra parte, mañana vence el plazo para que la juez Guido Guzmán dicte el auto de formal prisión o de libertad a los mismos cuatro inculpados, por el delito de rebelión, del que fueron acusados por el Ministerio Público Federal, el viernes 12 de julio, al ampliar los cargos contra los presuntos miembros del EPR.