Los acuerdos interpartidistas para la reforma electoral, anunciados ayer, constituyen la base de lo que puede ser la más importante acción jurídica para democratizar al país desde 1917. Es pertinente, por ello, poner en su justa perspectiva los aspectos fundamentales de tales acuerdos.
Sin duda, la propuesta más positiva es la plena autonomía del Instituto Federal Electoral y el fin de su dependencia de la Secretaría de Gobernación y, por esa vía, del Ejecutivo federal. Esta propuesta no sólo impedirá cualquier tentación gubernamental de incidir en la organización, realización y calificación de los comicios para favorecer o perjudicar a un partido determinado, sino que también dejará sin base los reclamos opositores de comportamientos tendenciosos de la institución.
Ha de destacarse, también, la retribución de facultades a la Suprema Corte de Justicia para entenderse de diferencias institucionales derivadas de contenciosos electorales. Junto con ello, es importante que en la reforma prevista se otorgue al Poder Judicial la atribución de proponer ante el Legislativo a los magistrados de los tribunales electorales, atribución que actualmente corresponde al Ejecutivo. Estos elementos permitirían restituir el orden constitucional del país ante el vacío legal generado por las reformas electorales anteriores, así como fortalecer la división de poderes.En el terreno del financiamiento a los institutos políticos, son dignos de mención los acuerdos para crear mecanismos de fiscalización, así como para poner un tope a los financiamientos privados, equivalente al 10 por ciento de los recursos que los partidos reciban del Estado, y las cláusulas propuestas para introducir un factor de equilibrio en los subsidios públicos y diversificar los criterios con los que se otorgarán, más allá del mero principio de proporcionalidad con los sufragios recibidos.
Finalmente, cabe destacar el acuerdo para que, en tiempos de campaña electoral, el Estado brinde un acceso igualitario a los partidos en los horarios estelares de los medios electrónicos.
Entre los puntos fundamentales que siguen pendientes es preciso señalar los de los procedimientos para resolver inconformidades, la definición de las pruebas correspondientes, la plena tipificación de los delitos electorales y las penas con las que debe sancionárseles.
Con todo, si no surgen diferencias posteriores y los propósitos mencionados se llegan a plasmar en modificaciones a las leyes, el país habrá conseguido, en el terreno legal, un avance democratizador más sustancial que lo que significaron las cuatro reformas realizadas en el sexenio anterior.
Falta aún que las reformas se redacten y aprueben, que sean sometidas a la prueba de fuego de las elecciones y, sobre todo, que se demuestre voluntad política para aplicarlas, ya que sin ellacomo se hizo patente en el caso de Tabasco ninguna ley electoral, por ejemplar que sea, garantiza el desarrollo de comicios transparentes, equitativos y eficaces como forma de expresión de la ciudadanía.