Emilio Krieger *
Un intento laudable

Nos han acostumbrado tan persistentemente a escuchar decisiones políticas merecedoras de críticas y censuras, que resulta un verdadero alivio poder expresar algún comentario elogioso, alguna felicitación o algún encomio fundado, y no continuar con el análisis de los despropósitos.

La semana pasada, la opinión pública se conmovió cuando el presidente de uno de los partidos políticos se negó a participar en la farsa de proponer candidatos para la designación de un cuarto fiscal (cuarto en el tiempo y sin catalogación en la jerarquía moral), que se hiciera cargo de la investigación del asesinato de Luis Donaldo Colosio.

Argumentó el renuente, con sobrada razón, que la función de llevar adelante la investigación, la instrucción y, en su caso, el ejercicio de las acciones penales correspondientes, tocaba al Procurador, quien no podía excluir su responsabilidad mediante la designación de un auxiliar cuya selección proviniera del exterior, así como tampoco podía el Presidente de la República eludir la que a él le tocaba, como superior jerárquico del Procurador y titular de la Administración Pública, usando el artilugio de designar un fiscal especial escogido ``desde afuera''.

Obviamente, la valiente negativa del presidente del PRD hizo fracasar la maniobra política de soslayar la responsabilidad de los dos altos funcionarios, puso en ridículo la figura del ``fiscal especial'' y dio un matiz poco usual al conocido dirigente Andrés Manuel López Obrador.

Pero, hoy resulta oportuno poner de relieve y elogiar otro esfuerzo político que parece reflejar un verdadero intento de enaltecer y exaltar la integración de un órgano de decisión tan importante como es el Tribunal Federal Electoral.

Según la publicación aparecida en el Diario Oficial del 22 de agosto de 1996, muy poco tiempo tomó a las legislaturas locales aprobar el proyecto de reformas constitucionales previamente aprobado por el Congreso de la Unión, que incluye algunas importantes modificaciones a la forma de integración y funcionamiento del Tribunal Federal Electoral. Independientemente del procedimiento reformatorio, tan criticable, por llevarse al cabo a espaldas de la opinión pública e independientemente de las cadenas que aún atan al Poder Judicial a la voluntad autocrática del jefe del Poder Ejecutivo, cabe mencionar elogiosamente algunos rasgos nuevos.

1o.- En primer lugar, el Tribunal Electoral eleva su rango y dignifica su función al pasar de ser un Tribunal Administrativo, supuestamente independiente, a ser una parte del Poder Judicial Federal, de acuerdo con el nuevo artículo 94 de la Constitución.

Esa ubicación del máximo tribunal electoral de México representa la esperanza de contar con un órgano autónomo, liberado de la dependencia del Poder Ejecutivo. Por supuesto, la realización de esa esperanza dependerá de la actitud que adopten los señores magistrados de las salas del próximo Tribunal Electoral, empezando con la de los integrantes de la Sala Superior.

2o.- Tal vez el dato más significativo es el camino que se ha trazado para la designación de los señores Magistrados Electorales, del cual se elimina, al menos formalmente, la sombra funesta del ``señor Presidente''.

El nuevo camino cubre cuatro etapas:

A) Un breve plazo de cinco días hábiles para que los interesados que consideran reunir los requisitos legales presenten su solicitud a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (primer paso que entraña una autocalificación de los peticionarios).

B) Examen y selección por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para calificar el cumplimiento de los requisitos legales por parte de los solicitantes y la selección de los mejores de entre ellos para enviar una lista de candidatos al Senado. (Segundo cedazo que lleva al cabo el órgano de autoridad mejor calificado técnicamente para hacerlo).

C) Publicidad en el Diario Oficial de la lista de candidatos propuestos por la Suprema Corte al Senado, para que la población en general disfrute de un breve plazo de cinco días para presentar objeciones o impugnaciones a los candidatos incluidos en la lista de la Corte al Senado. (Tercero e importantísimo cernidor que, por primera vez, se concede a la ciudadanía para oponerse a la candidatura de quienes están impedidos o manchados por las causas de objeción que se argumenten y prueben).

D) Después de concluido el breve término para objeciones, el Senado de la República elegirá, no libremente, sino sólo de entre los candidatos propuestos por la Suprema Corte y, sin duda, considerando las objeciones hechas valer fundadamente por los ciudadanos, a quienes resulten más aptos y mejor calificados. (Cuatro y último tamiz, del cual habrán de salir los magistrados integrantes de la Sala Superior y de las Salas Regionales).

Quiero dejar constancia del manifiesto propósito de integrar, por primera vez en nuestra historia electoral, un tribunal formando parte del Poder Judicial, liberado de la influencia decisiva del Poder Ejecutivo y constituido por magistrados designados por un camino que asegura la participación de la Suprema Corte, da posibilidad de expresarse a la ciudadanía y otorga facultad de decisión final, pero severamente limitada, al Senado de la República.

Creo que es uno de los pocos casos en que parece justificada una invitación a los juristas y a los ciudadanos de México para que hagan sus mejores esfuerzos para que lleguemos a contar con un Tribunal Electoral Federal realmente independiente y confiable, el cual deberá quedar integrado a más tardar el 31 de octubre próximo. (Artículo 5o. transitorio del Decreto de Reformas Constitucionales, publicado el 22 de agosto de 1996).

Va, pues, con verdadera alegría, mi felicitación a los autores, para mí desconocidos, de la nueva estructura del Tribunal Federal Electoral y mi excitativa a todos los mexicanos a participar en el proceso formativo de ese nuevo tribunal.

* Miembro fundador de la ANAD.