Piden militares suspender garantías en zonas de alta peligrosidad
Jesús Aranda Ante los últimos acontecimientos violentos registrados en diferentes estados del país y para preservar la paz social, ``el gobierno federal debe de aplicar el artículo 29 constitucional con el propósito de suspender las garantías individuales en determinadas zonas, donde se presuma la presencia de grupos subversivos''.
Así lo consideró una fuente militar de alto rango quien añadió que, ``de no realizarse tal medida, tanto el Ejército Mexicano como las corporaciones policiacas federales, estatales, y municipales están imposibilitadas para enfrentar exitosamente a los individuos que en días pasados atacaron a militares y policías''. Sin embargo, la fuente precisó que de tomarse esta decisión --la cual sólo puede ser invocada por el presidente de la República-- se tendría que tener mucho cuidado en la aplicación de la ley para evitar efectos negativos entre la población.
Policías judiciales de Oaxaca interrogan a
pobladores de
Arroyo Suchitl durante sus recorridos por las
rancherías,
luego del ataque del EPR en Huatulco. Foto: Omar
Torres/Afp
Explicó que los militares que persiguen al presunto EPR actúan ``de hecho y no de derecho'', y lo que deseable sería que actuaran ``de hecho y con el respaldo de la ley''.
Asimismo, señaló que las autoridades federales deben asumir lo delicado del asunto y dejar de decir públicamente que se trata de una ``pantomima'', para enfrentar el problema con todos los instrumentos legales a su alcance.
Luego de considerar que la aplicación del artículo 29 constitucional es ``perfectamente legal'', el informante aceptó que difícilmente el gobierno federal asumiría una decisión de esta magnitud --que no se ha aplicado desde la promulgación de la Constitución vigente--. Efectivamente, reconoció, ``se trata de un asunto muy delicado; pero que debe valorarse''.
El militar reconoció que los recientes ataques a objetivos castrenses pueden tener repercusiones negativas para los soldados, porque están acuartelados y tensos en espera de un ataque a cualquier hora. Además, indicó, ``si los militares no sienten un apoyo directo y decidido del gobierno federal para perseguir a los grupos armados, esto los desmotiva y descontrola''.
Al respecto, recordó que cuando surgió el conflicto armado en Chiapas en 1994 hubo sectores militares inconformes por la decisión presidencial de no atacar con fuerza a los miembros del EZLN y que después de la amnistía decretada por el Congreso de la Unión el descontento en los mandos castrenses aumentó, precisamente porque las Fuerzas Armadas fueron impedidas para actuar.
En las actuales circunstancias y después de los recientes ataques perpetrados en contra de instalaciones militares y policiacas, consideró que ``sí están dadas las condiciones para aplicar el artículo 29 constitucional sobre este punto''. El militar citó el texto del artículo 29:
``En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los titulares de las secretarías de Estado, los departamentos administrativos y la Procuraduría General de la República y con la aprobación del Congreso de la Unión, y en los recesos de éste, la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo.
``Si la suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación; pero si se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde''.
El militar puso énfasis en que la suspensión se limitaría a las zonas donde la autoridad sabe que hay grupos armados, además de que sería por un tiempo limitado.
``No es lo mismo que el Ejército llegue a poblaciones en busca de individuos armados, con el respaldo que le otorga la ley para entrar a los domicilios o lugares en los que se presume que hay individuos armados, a tener que ``coadyuvar'' a las labores del Ministerio Público Federal y esperar a que sea girada una orden de cateo para intervenir'', apuntó.
Se trata, insistió, de que las Fuerzas Armadas actúen enérgicamente con el respaldo de ley, y no de que lo hagan ``de hecho y no de derecho''.