La Jornada 1 de noviembre de 1996

AMB y CNBV: la ley y miles de fallos avalan la existencia de la banca

Antonio Castellanos, Ismael Romero, Ciro Pérez y Oscar Camacho La banca no es inexistente. Su constitución está legalmente garantizada por la Ley de Sociedades Mercantiles y, en el supuesto de que hubiese alguna omisión, la legislación estipula el reconocimiento de las instituciones para impedir daños a terceros. Los depósitos de los ahorradores están plenamente respaldados y los deudores no deben abrir ``una puerta falsa'', afirmó ayer Pedro Zamora, vicepresidente jurídico de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Ricardo Guajardo Touché, vicepresidente de la Asociación de Banqueros de México, manifestó: ``Jurídicamente sí existimos. La decisión de un juez es excepcional frente a miles de casos que han sido fallados a favor de la banca''. El funcionario de la banca exhortó a los deudores afiliados a El Barzón a negociar caso por caso. ``Los banqueros tenemos disposición, y con los deudores del sector agropecuario y de la pequeña y mediana empresas se ha avanzado de manera importante'', aseguró.

Los legisladores Salvador Rocha Díaz y José Trinidad Lanz Cárdenas, considerados como los principales expertos priístas en materia jurídica en el Senado, recibieron una petición del presidente de la Comisión de Hacienda, Carlos Sales Gutiérrez, para analizar las posibles implicaciones legales de la declaración de ``inexistencia jurídica'' de los principales bancos mexicanos. Los dos senadores pidieron copias de los expedientes del caso.

En tanto, en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados provocó opiniones encontradas la ``flagrante omisión'' en que habría incurrido el régimen salinista en el proceso de privatización de por lo menos diez bancos. El presidente de la comisión, el priísta Francisco Suárez Dávila, dijo desconocer que existan irregularidades legales en la privatización de los bancos.

Saúl Escobar, del PRD, sostuvo que es necesario revisar todas las privatizaciones que se hicieron durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, ``porque tenemos pruebas de que se presentaron irregularidades serias en la desincorporación de algunas empresas. De existir esta irregularidad jurídica, subrayó Jorge Padilla, del PAN, se pondría en ``grave riesgo'' al propio sistema y a los ahorradores.

Al referirse a la posible inexistencia de los bancos por omisiones atribuibles al ex presidente Salinas y al ex secretario de Hacienda, Pedro Aspe Armella, el perredista Escobar consideró urgente solucionar esta ``severa irregularidad'' en beneficio del sistema bancario y de los usuarios.

Rocha Díaz, presidente de la Comisión Jurisdiccional, dijo que es un tema ``interesante'' para el análisis jurídico, por lo que ya solicitó una copia de la resolución que se dictó en el caso del Banco del Atlántico y que sacó a la luz el problema de la expedición extemporánea de los decretos que transformaron a las sociedades nacionales de crédito en sociedades anónimas.

Sales y Rocha Díaz dijeron que el tema podría llevarse a la tribuna del Senado la próxima semana.

Por su parte, Lanz Cárdenas dijo que es difícil emitir una opinión sin tener la resolución que dictó el tribunal colegiado de circuito de Mexicali sobre el caso del Banco del Atlántico.

Sin embargo, el presidente de la comisión de Gobernación, primera sección del Senado, calificó de ``interesante'' la resolución de dicho tribunal, por el precedente que puede sentar, pues podría motivar litigios en contra de los bancos.

Precisó que ya se aclaró que se trata de un caso aislado y que no tiene jurisprudencia, ya que ésta sólo se reconoce cuando hay cinco expedientes que la sustenten.

Desconocer bancos, inadmisible

Pedro Zamora, vicepresidente jurídico de la CNBV, sostuvo que es inaceptable la afirmación de que los bancos no existen jurídicamente como sociedades nacionales de crédito ni como sociedades anónimas, pues los deudores suscribieron contratos de crédito con el banco, independientemente de su naturaleza jurídica.

``Esto nos lleva a la conclusión de que, al suscribir el contrato, reconocieron expresamente la naturaleza jurídica del banco con quien se obligaron. Consintieron en que el banco, como SNC o como SA, les otorgara créditos, con lo cual aceptaron la existencia jurídica y legitimación de la institución''.

Dijo que el segundo tribunal colegiado del decimoquinto distrito, con sede en Mexicali, resolvió los autos del juicio de amparo en revisión toca 468/95, relativos al juicio de garantías 384/95, revocando la sentencia de sobreseimiento y concediendo el amparo a los quejosos contra los actos reclamados del Presidente de la República y otras autoridades y que se hizo consistir sustancialmente en la expedición y promulgación del decreto de transformación del Banco del Atlántico SCN en sociedad anónima.

El tribunal colegiado desestimó el sobreseimiento del juez de distrito y se limitó a determinar que existió afectación del interés jurídico del quejoso, toda vez que nunca fundamentó su derecho en el artículo 7 transitorio de la Ley de Instituciones de Crédito.

En ese sentido, agregó, no son procedentes las demandas de amparo contra actos consentidos, por lo que el juicio respectivo debió sobreseerse, de acuerdo con el artículo 73, fracciones 11 y 12. El juicio de amparo es improcedente contra actos consentidos expresamente o por manifestaciones de voluntad que entrañen ese consentimiento y contra actos consentidos tácitamente.

Sostuvo que, en el caso mencionado, se considera que los quejosos carecían de interés jurídico para combatir la legalidad del decreto de transformación del Banco del Atlántico, porque en sí mismo no violenta la esfera jurídica de los propios quejosos. No hay una afectación directa de sus derechos constitucionales por tratarse de un acto administrativo totalmente ajeno a ellos, dijo.

Zamora llamó a los deudores a no dejarse ``desorientar'' y agregó: ``Se reconocen depósitos y débitos. La lucha de los deudores es respetable, como lo es la decisión de un juez, pero no sienta jurisprudencia ni tesis. La ley es clara al respecto y fue modificada precisamente para evitar la acción de vivales''.

``Las instituciones bancarias tienen personalidad jurídica y la privatización no se hizo de la noche a la mañana, pero en el supuesto de que existiera --no quiere decir que admita que así haya ocurrido--, la Ley de Sociedades Mercantiles protege a terceros de buena fe, porque en Derecho existe el principio de que las dos partes se reconocen mutuamente.''

Asimismo, dijo estar en desacuerdo con quienes proponen un proceso privatizador más lento y puntualizó: ``Si éste se acelera y se llega a una mayor desregulación, el PIB podría crecer de manera más acelerada, no al cuatro por ciento, sino al cinco, seis o siete por ciento. Lo contrario tendrá un costo de oportunidad''.

En teleconferencia de prensa desde Guadalajara con enlace a las ciudades de Monterrey, México y Villahermosa, Guajardo Touché, vicepresidente de la ABM, dijo que la transición de los bancos de sociedades nacionales de crédito a sociedades anónimas se realizó dentro de la ley y anunció que hoy se inaugurarán 150 sucursales en poblados que hasta ahora carecen de servicios bancarios.