Miguel Angel Sáenz Garza
De nuevo la Ley del Seguro Social
(segunda y última)

Sumados estos tres compromisos adquiridos por el Estado ascenderían a 28 mil 300 millones de pesos, cifra que se antoja elevadísima si se considera que al erogarse como aportaciones del gobierno a la seguridad social, tendrán necesariamente que disminuirse otros gastos para la política social con un costo extraordinario para las condiciones de vida de las grandes masas de mexicanos que se encuentran en la marginación y la pobreza extrema.

El diferimiento de la fecha de entrada en vigor de la Ley del Seguro Social debe darse; las cifras señaladas y sus consecuencias son razón más que suficiente para ello y deberían de presentarse como la causa real para ese diferimiento sin necesidad de buscar pretextos fútiles que sólo hacen que se mantenga en el ánimo público la desconfianza y la falta de credibilidad hacia los órganos de gobierno.

Y ese diferimiento debe ser no sólo por seis meses sino cuando menos por un año, para dar oportunidad a que con seriedad, con profundidad y con el deseo verdadero de defender la seguridad social mexicana, se analicen las reformas que se hicieron y se elabore una nueva que, fortaleciéndola, garantice su permanencia y su viabilidad.

De todo esto quizá lo más grave no es el diferimiento en la vigencia de la ley, sino el precedente al que dará lugar; con la facilidad con la que pueden darse los cambios legislativos, lo más probable es que para cuando esta colaboración se publique, ya se haya aprobado la modificación del artículo primero transitorio de la Ley del Seguro Social prolongando su entrada en vigor para el 1o. de julio de 1997.

Llama la atención la celeridad de este proceso legislativo si la razón verdadera fuera el no contar con la clave única de registro de población; antes del 26 de octubre, fecha de la firma del Acuerdo para el Crecimiento Económico, nadie había mencionado este tema. La iniciativa la envía el Ejecutivo el día 28 a la Cámara de Diputados, se elabora un dictamen que es aprobado sin mayor discusión y pasa al pleno de la Cámara para su aprobación el 30 del mismo mes de octubre.

Esta celeridad sólo es explicable por la necesidad de que el presupuesto de egresos que se enviará a la Cámara de Diputados entre el 5 y el 10 de noviembre tiene que considerar como aportaciones del Estado a la seguridad social, sólo la mitad de lo que tendría que presupuestarse si la Ley del Seguro Social entrara en vigor el 1o. de enero de 1997, y estamos hablando en términos muy conservadores que esa mitad equivale a casi 15 mil millones de pesos.

Nadie podrá asegurar, después de la facilidad de este cambio, que más temprano que tarde, convencido el gobierno de su imposibilidad de aportar las cantidades a las que la nueva ley lo obliga, someta a la aprobación de las cámaras legislativas otra modificación que, dejándolo fuera del financiamiento del IMSS, termine por desmantelar la seguridad social mexicana, acabando con el instituto que se dice es patrimonio de todos los mexicanos y que como tal está condenado a su desaparición.