La Jornada 8 de noviembre de 1996

Demanda penal de Salinas Pliego contra 3 reporteros de La Jornada

Los reporteros de La Jornada Carlos Fernández-Vega, Ciro Pérez Silva y Juan Manuel Venegas fueron notificados ayer por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal de una demanda en su contra que interpuso el presidente de Televisión Azteca, Ricardo Salinas Pliego.

El empresario asegura en su querella que en la información de los reporteros, publicada el 25 y 26 de septiembre, lo exhibieron ``como un vulgar delincuente'', atribuyéndole ``dolosamente hechos falsos''.

Agrega que los ``acusados'', en sus respectivos reportajes, ``obraron con dolo (y) con el ánimo de causarme en lo personal y como empresario, deshonra, descrédito y exponerme al desprecio de la sociedad en general''.

Por lo anterior, los tres reporteros son acusados de los presuntos delitos de difamación y calumnia, tipificados en los artículos 350 y 356 del Código Penal vigente para el Distrito Federal.

La demanda del presidente de Televisión Azteca -avalada por sus abogados Marcos Berkman Margolis y Michael Berkman Baksht- fue turnada al procurador general de Justicia del Distrito Federal, José Antonio González Fernández, con la solicitud de instruir ``a quien corresponda inicie la averiguación previa respectiva; se practiquen todas aquellas diligencias hasta el total esclarecimiento de los hechos por los que me querello, y, en su oportunidad, se ejercite la acción penal contra los probables responsables antes señalados, ante el órgano jurisdiccional competente''.

Salinas Pliego considera en su demanda de 15 cuartillas que el trabajo periodístico de Fernández-Vega, Pérez y Venegas, contiene ``hechos de posible configuración delictiva cometidos en mi agravio''.

Los ``indiciados'' -como llama Salinas a los reporteros- podrían ser responsables de los delitos de difamación y calumnia, y cita los artículos del Código Penal en los que fundamenta su acusación:

``Artículo 350. El delito de difamación se castigará con prisión hasta de dos años o multa de cincuenta a trescientos pesos, o ambas sanciones, a juicio del juez.

``La difamación consiste: en comunicar dolosamente a una o más personas, la imputación que se hace a otra persona física, o persona moral en los casos previstos por la ley, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que puede causarle deshonra, descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de alguien.

``Artículo 356. El delito de calumnia se castigará con prisión de seis meses a dos años o multa de dos a trescientos pesos, o ambas sanciones, a juicio del juez:

``I. Al que impute a otro un hecho determinado y calificado como delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa''.

Según Salinas Pliego, los reporteros de La Jornada lo ``calumniaron'' y ``difamaron'' los días 25 y 26 de septiembre de este año, en dos notas publicadas sobre las transferencias de Salinas Pliego en el extranjero durante 1993, y la investigación que lleva a cabo la PGR en torno al enriquecimiento ilícito de Raúl Salinas de Gortari, que incluye un préstamo por 29.8 millones de dólares que éste hizo al dueño de las tiendas Elektra, también en 1993.

En torno a estas investigaciones, Salinas Pliego ha venido rechazando, desde julio pasado, cualquier vínculo o negocio con Raúl Salinas de Gortari