Pierden cuatro bancos demandas por hipotecas ``amañadas''
Antonio Castellanos Bancomer, Banca Serfin --que tuvo que pagar intereses por depósitos que no reconocía--, Banco Mercantil del Norte y Banco Unión perdieron juicios por créditos hipotecarios ``amañados'' y ``adicionales'' por el pago de intereses. En sus sentencias, los jueces eliminaron deudas ``infladas'' hasta en 500 por ciento, al determinar que los códigos de Comercio y Civil Federal prohíben que los intereses se capitalicen y produzcan más intereses.
Se ha desencadenado en todo el país la lucha de los deudores contra lo que califican como ``usura'' y ``voracidad'' de los banqueros, y Francisco Castro, dirigente de la Asociación Nacional de Tarjetahabientes, una de las organizaciones que convocaron a un movimiento jurídico nacional, dijo que no darán marcha atrás.
En el juicio de amparo directo 1919/96 promovido por José Refugio Miranda Ramos y Amalia Vázquez contra actos de la sexta sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal en el juicio seguido por Banco Mercantil del Norte S.A., se resolvió que ``la justicia de la Unión ampara y protege'' a ambos demandantes.
La autoridad concedió el amparo con base en que los conceptos de violación resultaron sustancialmente fundados; se estableció que a las instituciones crediticias les está prohibido otorgar préstamos sin que exista un contrato, y en el caso de crédito quirografario no está regulado por la legislación mercantil, lo que hace nula la deuda reclamada.
Se ordenó levantar el embargo ``trabado en autos'', por resolución unánime de los magistrados que integran la sexta sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Olga Cárdenas de Ojeda, Pedro Ortega Hernández y Delia Rosey Puebla.
Por su parte, el abogado Javier Alamo informó que por disposición de la jueza quinto de Distrito de la capital de la República, Silvia Ortega Aguilar, Banca Serfin le tuvo que pagar a los representados la cantidad de 651 mil 775 pesos, por concepto de dos certificados de 10 mil dólares, que pretendió adjudicarse mediante ``chicanas'' a la muerte de la titular.
Después de seis años de juicio, que incluyeron 16 años de intereses porque los títulos fueron firmados en 1980, se ordenó a la institución pagar a los representados del titular extinto la cantidad antes anotada, pero la institución se defendió hasta el último momento en que iba a proceder un embargo en su contra.
En el expediente 1126/94, el juez primero de lo civil del Distrito de Bravos en el estado de Chihuahua resolvió: ``Se declara que la actora sólo está obligada a pagarle a Bancomer S.A. la cantidad mutuada como capital o sea 92 mil 198 pesos'', cuando la institución pretendía 553 mil 188 pesos, lo que representaría un incremento de 500 por ciento.
Dice el expediente en los considerandos que ``se desprende muy claramente la lesión, la usura, el cobro de intereses sobre intereses; no es justo, lógico, ni jurídico, que se otorgue un crédito de siete veces más de lo que realmente se recibió''. Agrega que el Código de Comercio y el Código Civil Federal prohíben que los intereses se capitalicen y a su vez produzcan más intereses.
Otra sentencia de primera instancia declara la improcedencia de la vía en juicio hipotecario. En este expediente se dice que Víctor Manuel Casas y Ada Jaqueline Torres, demandados por Bancomer, nunca recibieron explicación del contrato correspondiente; tampoco se les permitió leerlo y con engaños estamparon su firma.
En el juicio especial hipotecario promovido por Banco Unión en contra de Ruth Hilda Reyes Ortiz, la resolución dice que se considera improcedente la vía especial hipotecaria que intentó la citada institución financiera, y así quedó asentado en el expediente 690/95 primero de lo civil de Chihuahua y firmado por el juez Manuel Jorge Hermosillo Ramírez.
Por último, se informó que la jueza tercero de lo civil en Monterrey, Juliana Cruz Guillén, resolvió en contra del Banco Mercantil del Norte. Le negó la posibilidad de aplicar a intereses la cantidad amparada en un certificado de depósito, porque la titular señaló que aquella debería ser depositada para pago de capital