Miguel Concha
Deber legal de informar

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) acaba de recomendar, entre otras cosas, al jefe del Departamento que se sirva instruir por escrito a todos los delegados políticos para que ellos y todos sus colaboradores atiendan siempre y estrictamente dentro de los plazos legales, las solicitudes de información y los requerimientos que en forma fundada y motivada les formule.

La flamante Recomendación 8/96, que consta de 45 cuartillas, se basa en los artículos 41, fracción II, 59 y 61 de su Ley, reglamentaria del artículo 102 constitucional, y en el artículo 47, fracción XXI, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, reglamentaria del artículo 108 constitucional, que por naturaleza prevalecen sobre cualesquiera otras normas legales o reglamentarias, o disposiciones actuales o anteriores a su expedición.

La una vez más prototípica Recomendación, que bien podría considerarse como un informe especial sobre los casos de negligencia administrativa de los servidores públicos, tiene su origen en la actitud omisa y evasiva y en los comportamientos dilatorios y remisos de por lo menos seis funcionarios importantes de la Delegación de Coyoacán, incluido el anterior delegado, así como el director del Archivo General de Notarías de esta ciudad capital. Con 51 evidencias y un minucioso y documentado seguimiento desde el 19 de julio de 1995 hasta el 8 de agosto de este año --que una vez más muestra el cuidado con el que la CDHDF atiende a los quejosos--, la Recomendación prueba fehacientemente la negligencia y dilación excesiva en que incurrieron tales funcionarios para atender una antigua solicitud de que se aplicaran las disposiciones del Reglamento de Construcciones para el DF al poseedor de una construcción vecina a la casa habitación del señor Juan Musule Jiménez, a pesar de la propuesta de conciliación que ofreció la Comisión.

Durante el trámite de la queja, la CDHDF envió 26 oficios dirigidos al subsecretario de Asuntos Jurídicos del DDF (10), al ex delegado de Coyoacán (9), al director del Archivo General de Notarías (2), al subdelegado jurídico y de gobierno en Coyoacán (2) y al subdirector de Planificación de la misma Delegación (3). Lamentablemente sólo algunos fueron contestados total o parcialmente, pero la mayoría no tuvo respuesta. Con la finalidad de agilizar el trámite de queja y buscar opciones de solución, personal de la CDHDF se reunió además en ocho ocasiones individualmente o en grupo con el jefe de la Unidad de Servicios Jurídicos de la misma Delegación (5 veces), con el subdelegado jurídico y de gobierno (2 veces), con el subdirector jurídico (4 veces) y con el subdirector de Planificación en una ocasión. En todas ellas los funcionarios se comprometieron a dar cuando menos respuesta a las solicitudes fundadas de la Comisión.

Sin embargo, ninguno cumplió ni justificó su conducta remisa, lo que ha obstaculizado y dilatado la integración del expediente de queja.

Como explica la pormenorizada Recomendación, si es verdad que el titular de una dependencia pública no puede ser responsable de todas las acciones u omisiones indebidas de sus subalternos, a menos que se entere de ellas y nada haga para evitarlas, corregirlas o sancionarlas con la debida oportunidad, en el caso del ex delegado de Coyoacán infortunadamente nos encontramos ante la segunda posibilidad, pues desde el 22 de mayo del año en curso, en que el propio quejoso y el director general de la Primera Visitaduría, así como la visitadora adjunta encargada de la queja, se entrevistaron con él, supo de los hechos motivo de la queja y de la dilación del personal de su Delegación en atenderlos.

En esa ocasión el propio delegado se comprometió a dar respuesta a los planteamientos del quejoso y de los funcionarios de la CDHDF, lo que desgraciadamente no cumplió.

Es más, el 28 de junio de este año el subsecretario de Asuntos Jurídicos del DF le requirió por escrito que ``cumpliera con la obligación de proporcionar siempre y en forma oportuna y veraz toda la información y datos solicitados por las Comisiones de Derechos Humanos, a efecto de que las mismas estén en condiciones de ejercer sus facultades y atribuciones''.

La atención a los requerimientos y a los asuntos motivo de la queja por parte de los servidores públicos de la Delegación no varió y siguió siendo omisa y evasiva.

Para evitar todas estas irregularidades, esperamos que el jefe del DDF acepte cuanto antes la Recomendación y dé pruebas de su cumplimiento.