Presión, respuesta de la banca a la inexistencia
Roberto González Amador El jurista Emilio Krieger encuentra una explicación al rechazo de los banqueros mexicanos a aceptar la ``inexistencia jurídica'' de por lo menos diez instituciones de crédito:
``Los banqueros son muy buenos para hacer dinero; para la usura son magníficos, pero de leyes no saben mucho. Y es natural: su negocio es la usura, no la aplicación del derecho''.
En entrevista, Krieger considera ``absurdos'' los argumentos esgrimidos por los banqueros para rechazar lo que, a juicio del abogado, ``es un hecho evidente: la inexistencia jurídica de la banca''.
El miércoles pasado, Luis Robles Miaja, coordinador del Comité Jurídico de la Asociación de Banqueros de México (ABM), aceptó en una conferencia de prensa que el ex presidente Carlos Salinas de Gortari expidió de manera extemporánea el decreto de privatización de una decena de bancos, pero también afirmó que es una facultad constitucional del Ejecutivo expedir los decretos aun si ha vencido el plazo estipulado por una ley secundaria.
Emilio Krieger refuta: ``¿Qué quiere que diga el abogado de los banqueros? Para eso le pagan, para servir a los banqueros. Nada más que hay distintas éticas profesionales. Una, la de los que estamos convencidos de que, como abogados, tenemos la obligación de tratar que se cumplan la ley y el derecho. La otra es la de quienes piensan que es lícito cualquier argumento, válido o no, correcto o no, si les pagan por esgrimirlo. Ese comportamiento que lo juzgue el público''.
Krieger, presidente fundador de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), rechaza la validez de la opinión expresada por el abogado de la ABM sobre la facultad legal del Ejecutivo para expedir un decreto una vez vencido el plazo legal fijado por el Congreso.
Según Robles Miaja, la fracción primera del artículo 89 constitucional otorga al Ejecutivo la facultad de expedir decretos. Y, según este abogado, ese ordenamiento está por encima de lo que establezca cualquier ley.
El jurista Emilio Krieger acota que la fracción primera del artículo 89 constitucional concede facultades al Presidente de la República para expedir reglamentos en relación con las leyes y precisamente de acuerdo con las leyes.
``No es cierto --agrega Krieger-- que el Ejecutivo tenga facultad ilimitada de reglamentar. La reglamentación que haga el Presidente tiene que estar siempre ajustada a la ley''.
En el caso de la privatización bancaria, el artículo séptimo transitorio de la Ley de Instituciones de Crédito, ``que tiene pleno valor legal'', especificaba la forma en que el Presidente podía ejercitar válidamente la facultad reglamentaria y fijó para ello un plazo preciso de 360 días a partir de la publicación de la ley. Como los decretos se expidieron fuera de ese plazo, ``entonces el Presidente no respetó lo que ordenaba la ley''.
Emilio Krieger comenta que la ley fijó un plazo específico porque ``evidentemente no es facultad reglamentaria normal del Ejecutivo crear instituciones de crédito. Esta era una facultad excepcional, que no está comprendida entre las facultades normales de reglamentar que concede el artículo 89 constitucional. Se trató de una facultad excepcional y por eso el Congreso estableció plazos específicos''.
Para Emilio Krieger es un error o un acto de mala fe afirmar, como lo hace el abogado de la ABM, que el Presidente estaba facultado para expedir los decretos en los términos del artículo 89, porque el artículo séptimo transitorio de la Ley de Instituciones de Crédito, que se publicó el 18 de junio de 1990, claramente estipulaba que en el caso de esa ley la facultad reglamentaria tenía que ajustarse al plazo establecido.
El abogado comenta que los decretos de privatización expedidos por el ex presidente Salinas con posterioridad a los plazos que el Congreso fijó fueron extemporáneos y, por lo tanto, ilegítimos.
Esa ilegitimidad, añade, significa la nulidad absoluta de los decretos y de las consecuencias de esos decretos, entre otras, el nacimiento de esas nuevas instituciones bancarias privadas y, lo que considera más grave, la falta de validez de los actos que realizan amparándose en ese decreto.
En el fondo, opina Krieger, los banqueros tratan de eludir las razones legales que invalidan la acción de los bancos. ``Están buscando una salida muy propia de ellos: con su dinero e influencia tratan de presionar al gobierno para que el problema se solucione a su favor. Eso no debe ser así. El problema tiene que solucionarse de acuerdo con la ley y no en función de los intereses de los banqueros''.
Afirma que no es la existencia física de los bancos la que se discute, sino la validez de sus actos y de su propia ``vida'', en función de un decreto que es ``evidentemente contrario a la Constitución''.
El jurista plantea que el gobierno debe darse cuenta de que tiene que ``apretar la tuerca'' a los banqueros para que se les conceda a los deudores la posibilidad de poder pagar en tiempo razonable sus deudas. La solución es que el gobierno llame a los banqueros y solucione el problema de personalidad jurídica de acuerdo con la ley.
Barzonistas protestan ante embajadas
Un grupo de deudores de la banca afiliados a El Barzón llevó la protesta por la ``inexistencia jurídica'' de la banca a las embajadas en México de Estados Unidos, Japón, Canadá y Francia.
Los barzonistas entregaron en las legaciones una copia de la demanda presentada en contra del ex presidente Carlos Salinas por incumplimiento de la ley al expedir de manera extemporánea los decretos de privatización de los bancos