Javier Flores
Junta de Gobierno

Santificada por unos y satanizada por otros, la Junta de Gobierno de la Universidad Nacional Autónoma de México ha resistido durante medio siglo tanto las críticas como las alabanzas, y cada cuatro años ejerce una de las funciones más importantes que le asigna la ley orgánica: la elección del rector. Aproximarse a la historia de este organismo, a sus formas de funcionamiento y a los testimonios de algunos de sus integrantes, puede despejar algunas de las dudas en torno al proceso del que surgirá, el próximo mes de diciembre, el nuevo rector de la UNAM.

La Junta de Gobierno nace en medio de un conflicto. La evolución de la ley orgánica de la UNAM ha sido el resultado de periodos de inestabilidad. A partir de 1910 año en el que se expidió la ley constitutiva de la Universidad Nacional, los movimientos estudiantiles han sido el origen de las transformaciones de la máxima casa de estudios, cambios que han determinado además el desarrollo de una distancia indispensable entre universidad y gobierno. La ley del 10 de julio de 1929 nace de una movilización estudiantil que es brutalmente reprimida por la policía y los bomberos, el gobierno del presidente Emilio Portes Gil concede sorpresivamente una autonomía bastante restringida. En 1933, otra huelga estudiantil provoca la renuncia del rector Roberto Medellín, lo que da origen a un nuevo periodo de inestabilidad y a la creación de una nueva ley orgánica con la que se dota de plena autonomía a la universidad. Después de un breve periodo de tranquilidad, una nueva y violenta huelga estudiantil provocó, en 1944, a la renuncia de otro rector (Rodulfo Brito Focher) conflicto del que surge la ley orgánica vigente en la que aparece por primera vez la figura de la Junta de Gobierno.

En la ley de 1910, se establecía que el rector debía ser nombrado por el presidente de la República (art. 4), lo mismo que en la ley orgánica del 29, sólo que en ésta hay una mayor presencia universitaria, pues la designación la realizaba el Consejo Universitario de una terna que presentaba el jefe del ejecutivo (art.

14). Hasta aquí no podría hablarse de una verdadera autonomía. En la ley de 1933 se establece por primera vez que el nombramiento del rector es una responsabilidad exclusiva del Consejo Universitario (art. 5) lo que sin embargo no fue suficiente para resolver los problemas, pues en 1944 llegó a haber simultáneamente dos rectores (Manuel Gual Vidal y José Aguilar Alvarez) cada uno representante de los bandos en pugna.

El conflicto de 1944 llevó a una auténtica refundación de la universidad. El presidente Manuel Avila Camacho convocó a una reunión con ex-rectores; de este grupo surgieron los lineamientos para la nueva universidad, se nombró un nuevo rector y se formó un Consejo Constituyente que preparó el proyecto de ley que señala como facultad exclusiva de la Junta de Gobierno nombrar al rector de la UNAM (art. 6).

En el periodo descrito la universidad fue un centro casi permanente de conflictos. También en ese lapso se fue generando una sana distancia entre universidad y gobierno, indispensable para el desarrollo de las actividades académicas y científicas bajo el principio de libertad. La universidad se ha desembarazado también de la tutela del gobierno para elegir a sus propias autoridades. Pero la Junta de Gobierno surgida en 1945 no solamente es la expresión de la autonomía para nombrar al rector, cosa que de algún modo ya se había logrado en 1933, es además una estructura que permite dirimir los conflictos entre las propias autoridades. Al limitarse las funciones del Consejo Universitario y del rector a los aspectos técnicos, legislativos o ejecutivos relevándolos de la responsabilidad de nombrar autoridades, se limita una de las fuentes de conflicto entre los universitarios lo que ha contribuido a un periodo de relativa estabilidad, que fue roto en 1968.

El gobierno, excluido en ese entonces por decisión propia y la de los universitarios de la tarea de nombrar autoridades, tuvo que buscar otras formas de intervención en este proceso. Los testimonios de algunos miembros de la Junta de Gobierno constituyen evidencia confiable para documentar tal intromisión. Jesús Silva Herzog, integrante de la primera Junta de Gobierno, relata en su libro Una historia de la Universidad de México y sus Problemas (Siglo XXI, México, 1974) diversos hechos de los cuales me parecen importantes los siguientes: 1. El presidente de la República puede vetar la decisión de la Junta, obligando a la renuncia de un rector, como en el caso del doctor Salvador Zubirán (pp. 94-97) o de Ignacio Chávez (pp. 147-149). 2. Hay presidentes que han respetado escrupulosamente la autonomía universitaria (como Adolfo Ruiz Cortines y Adolfo López Mateos) y otros como Miguel Alemán y Gustavo Díaz Ordaz que no la han respetado (pp. 147 y 150-185). 3. Algunos candidatos han sido persuadidos desde ``muy arriba'' para aceptar el cargo, como Javier Barros Sierra (p. 149).

En diciembre se elegirá un nuevo rector. Será el primero en el sexenio del presidente Ernesto Zedillo. La pregunta es si, como lo señala Silva Herzog, su gobierno respetará los mecanismos universitarios para elegir autoridades o no. La autonomía es uno de los conceptos irrenunciables para que la universidad arribe al próximo siglo, es indispensable para el avance del conocimiento y debe ser fortalecido hoy más que nunca.