La Jornada 26 de noviembre de 1996

En enero, la Corte resolverá sobre el amparo a Camacho

Jesús Aranda Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se inclinan hasta el momento por dictaminar la procedencia del recurso interpuesto por Manuel Camacho Solís contra el proceso legislativo que dio lugar a la reforma electoral.

Trascendió lo anterior en el máximo tribunal de justicia del país en donde, por cierto, todo hace suponer que este asunto será dictaminado hasta enero de 1997, toda vez que el próximo jueves 28 se realizará el último pleno de este año, y hasta el momento no se ha elaborado aún el proyecto de dictamen correspondiente.

Dada la trascendencia del tema, pues están a discusión los alcances del artículo 103 constitucional en materia de amparo, circulan entre los ministros cuatro estudios sobre los efectos que tendría el que la Corte estableciera la facultad de los ciudadanos de inconformarse contra un proceso legislativo acusado de ilegal que además vulnere sus derechos.

En caso de que prevaleciera el criterio de que la demanda del ex regente es procedente, el caso se regresaría al juez cuarto de distrito, quien en su momento desechó el amparo por ``notoriamente improcedente'', para que el juez entrara en esta ocasión al estudio ``de fondo'' del caso y dictaminara definitivamente al respecto.

Es decir, el fallo de los ministros en favor de la procedencia no significaría de manera alguna el otorgamiento del amparo para Manuel Camacho Solís.

Se sabe que por lo menos los ministros Genaro Góngora Pimentel, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Juan Díaz Romero le entregaron a sus compañeros una serie de estudios en los que fundamentan su punto de vista en razón o en contra de la procedencia del asunto.

Sólo un ministro se opone abiertamente a concederle a Camacho el amparo, mientras que los otros apoyan la procedencia.

De acuerdo con las fuentes consultadas, el criterio por la procedencia es bien visto por los otros ministros, ya que, además de que sentaría un procedente en materia jurisdiccional, el fallo no implicaría darle la razón a Camacho en su demanda contra la reforma constitucional en materia electoral.

Eso tendría que resolverlo el juez en su momento, y para ello analizaría otras posibles causas de improcedencia del caso en sí, como sería el que el ex regente alegara indebidamente agravios en materia política, con lo que su amparo sería rechazado.

Los informantes subrayaron que las posibilidades de que el caso se aborde este año son remotas