Seguirían siendo mexicanos quienes decidan adoptar otra nacionalidad
Ismael Romero Los mexicanos que adopten otra nacionalidad o ciudadanía no perderán la mexicana, se establece en la iniciativa de reformas a los artículos 30, 32 y 37 constitucionales que el Presidente Ernesto Zedillo envió ayer al Senado de la República.
La iniciativa de decreto propone que se reserven de manera exclusiva a mexicanos por nacimiento que no adquieran otra nacionalidad los cargos de elección popular, Presidente de la República, senadores, diputados y gobernadores, y los de la administración pública como secretarios de Estado, ministros de la Suprema Corte de Justicia y todos los que se señalen en otras leyes del Congreso de la Unión que de alguna manera puedan poner en riesgo la soberanía y lealtad nacionales.
Tres años de plazo para recuperar la nacionalidad mexicana
En atención a la finalidad de la reforma y tomando en consideración que un número significativo de mexicanos por nacimiento ha adquirido otras nacionalidades, se prevé en un artículo transitorio del proyecto conceder un plazo de tres años, a partir de la entrada en vigor de esta reforma, para que dichas personas puedan acudir ante las autoridades competentes a efecto de recuperar la nacionalidad mexicana.
De ser aprobadas estas reformas por el Congreso de la Unión y los congresos de los estados, los cambios tendrán efecto en por lo menos 36 leyes y ordenamientos secundarios, como:
Ley Federal del Trabajo, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (reglamentaria del Apartado B del artículo 123 de la Constitución), Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley Federal de Correduría Pública, Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, Ley Orgánica de la UNAM, Ley Orgánica del IPN, Ley Orgánica de la UAM, y ley que crea la Universidad Autónoma de Chapingo.
Asimismo, afectaría a: la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, Ley del Servicio Militar, Reglamento de la Ley del Servicio Militar Nacional, Código de Justicia Militar, Ley Orgánica de los Tribunales Militares, Ley Orgánica de la Armada de México, Ordenanza General de la Armada de México, Ley Federal de las Entidades Públicas Paraestatales, Ley Aduanera, Ley Orgánica del Patronato del Ahorro Nacional, Ley Federal de Radio y Televisión, Ley de Vías Generales de Comunicación, Ley Federal de Telecomunicaciones, Ley de Navegación, Ley de Aviación Civil, Reglamento de la Policía Federal de Caminos, Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución en Materia Nuclear, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Ley del Notariado para el Distrito Federal, Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Distrito Federal, Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Ley del Seguro Social y Ley del ISSSTE.
En la iniciativa se señala que con las reformas a los tres preceptos constitucionales se pretende que quienes opten por alguna nacionalidad distinta a la mexicana puedan ejercer plenamente sus derechos en su lugar de residencia y en igualdad de circunstancias respecto de los nacionales del lugar.
De aprobarse la iniciativa, se indica, se subsanarían las preocupaciones de esos mexicanos que, por temor a perder su nacionalidad, no dan el paso para integrarse con plenos derechos a las sociedades donde viven, sea permanente o transitoriamente.
Por lo anterior, se propone la desaparición de las causales de pérdida de nacionalidad mexicana por nacimiento señaladas en el apartado A del artículo 37 constitucional, salvo en circunstancias excepcionales exclusivamente aplicables a personas naturalizadas mexicanas.
Se cuida, por otro lado, que los mexicanos continúen manteniendo lazos con nuestro país, y con ese propósito se establece una nueva modalidad en el artículo 30, respecto de la trasmisión de nacionalidad a los que nazcan en el extranjero hijos de mexicanos nacidos en territorio nacional, así como a los que nazcan en el extranjero hijos de mexicanos por naturalización.
Se mantienen y fortalecen, tanto en el artículo 30, en lo relativo a los extranjeros que contraen matrimonio, como en el artículo 37, en lo relativo a la pérdida de nacionalidad, criterios específicos para asegurar que los mexicanos por naturalización acrediten plenamente un vínculo efectivo con el país y una voluntad real de ser mexicanos.
Al artículo 32 se agrega un párrafo para que aquellos mexicanos por nacimiento que posean otra nacionalidad, al ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones derivados de la legislación mexicana siempre sean considerados como mexicanos, por lo que para el ejercicio de esos derechos y el cumplimiento de sus obligaciones deberán sujetarse a las condiciones que establezcan las leyes nacionales.
Asimismo, se reserva en exclusiva para los mexicanos por nacimiento que no posean otra nacionalidad, el derecho de pertenecer a las fuerzas armadas y desempeñar cargos o comisiones en ellas.
En los artículos transitorios se establece que las reformas entrarán en vigor al año siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Iniciativa panista
El senador José Angel Conchello, del PAN, presentó una iniciativa para reformar el artículo 87 y la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento Interior del Congreso de la Unión con el fin de que los dictámenes de iniciativa que emitan las comisiones sean presentadas para su consideración, discusión y votación al pleno de la asamblea legislativa, sea cual fuere el sentido del dictamen.
Las dos iniciativas fueron turnadas para su estudio y dictamen a comisiones. El pleno recibió además la minuta de proyecto de Ley Federal de Derechos de Autor. Y dispensó la primera lectura al dictamen de la minuta con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación 1997 y de Ley que Establece y Modifica Diversas Leyes Fiscales, que será discutido y votado este jueves.