Pretende la PGJDF limitar la libertad provisional en delitos no graves
Ricardo Olayo La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) emitió un acuerdo mediante el cual se limita la posibilidad de que los presuntos delincuentes obtengan la libertad provisional, sobre todo en los casos en que el ilícito haya sido cometido por drogadictos y padres de familia o esposos que hayan golpeado a un pariente.
La disposición busca evitar que las víctimas ``o la sociedad'' estén en riesgo de una nueva agresión, indica el acuerdo que ayer entró en vigor y que tiene efectos para que el Ministerio Público niegue la libertad durante la integración del proceso y para que los jueces tomen en cuenta estas circunstancias e impedir que los detenidos obtengan su libertad.
El acuerdo se adoptó por el alto número de hechos delictivos en los que toman parte personas que han consumido drogas o se encuentran bajo el efecto de otras sustancias, además de que es resultado de una reforma reciente al artículo 20 constitucional que ha limitado las libertades provisionales en los juzgados penales.
Este cambio ha permitido incrementar en más de tres por ciento la población penitenciaria en este año, por lo que ahora hay 11 mil internos. Ahora la PGJDF espera lograr la reclusión de más personas.
El texto del acuerdo señala que estos criterios deben aplicarse en el caso de delitos no graves, pues en los otros ya está establecido que no hay derecho a libertad. Así, se propone a los Ministerios Públicos que al momento de enviar ante un juez a los detenidos, sustenten su solicitud en los siguientes casos: cuando el inculpado haya sido condenado y ratificada su sentencia en todas las instancias por algún delito grave, entre los que están el homicidio, violación, secuestro, narcotráfico, robo de automóviles y tráfico de indocumentados.
Además, cuando la libertad del inculpado represente ``un riesgo para el ofendido o para la sociedad'' por sus antecedentes o por el tipo de delito cometido. En estos casos, se especifica que el agente del Ministerio Público debe argumentar en forma sólida las razones para mantener detenido al presunto responsable.
Se menciona que uno de los criterios para solicitar la negativa de libertad provisional es que el móvil del delito haya sido la venganza o bien cuando el hecho delictivo se haya derivado del cumplimiento de una amenaza.
La aplicación de estas medidas fue considerada como relevante durante una comida que la semana pasada tuvieron los principales funcionarios de la Procuraduría y los integrantes del Tribunal Superior de Justicia, entre estos últimos estuvieron presentes jueces y magistrados. En el acuerdo se explica que se pretende entregar al juez los elementos suficientes para que determine el encarcelamiento de un presunto delincuente y no le dé el beneficio de la caución.
También indica que en todos los casos será necesario que ante la solicitud del Ministerio Público para que se niegue la libertad, ésta debe ser autorizada por una autoridad superior en el momento en que el detenido esté en la agencia del MP, o bien si ya fue consignado al juzgado, también tendrá que ser avalado.