En el mar de prejuicios, intereses creados y desinformación en el que navega la iniciativa de reformas constitucionales sobre derechos y cultura indígena elaborada por la Cocopa sobresale la acusación de que ésta busca crear en nuestro país ``reservaciones indígenas'', similares a las de Estados Unidos. Eso dijo, por ejemplo, Sergio Sarmiento en el noticiero Hechos (12 de diciembre). El señalamiento ignora lo que son esas reservaciones y la propuesta de la Cocopa.
En sentido estricto, las reservaciones indígenas de Estados Unidos son una forma específica de tenencia de la tierra, equivalente (por usar un símil) a lo que en México es la propiedad comunal. La iniciativa de Ley de la Cocopa no toca para nada las formas de propiedad sobre la tierra y se limita a reconocer el derecho a ``acceder de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras y territorios, entendidos éstos como la totalidad del hábitat que los pueblos indígenas usan u ocupan, salvo aquéllos cuyo dominio directo corresponde a la nación''.
Las reservaciones surgen a partir de un hecho básico: la expansión y colonización territorial violenta de blancos de origen europeo sobre las tierras indígenas y la reordenación ``negociada'' del espacio entre colonizadores e indios posterior a ella. Son, entonces, el vestigio territorial que conservan los pueblos originarios que sobrevivieron al despojo.
Las reservaciones fueron creadas básicamente por dos vías: la firma de Tratados y las Ordenes Ejecutivas. En la era de la celebración de Tratados entre Estados Unidos y los pueblos indios en resistencia (frenada por el Congreso en 1871), la noción de reservación dominante consistía en el reconocimiento bajo presión de que los indios podían conservar una pequeña porción de sus territorios cediendo la mayoría de éstos a Estados Unidos. Fueron concebidas inicialmente como sistemas transitorios en vías de extinción de donde emergerían individuos. Posteriormente fueron creadas por Ordenes Ejecutivas. Con los indígenas desarmados, las reservaciones pasaron a ser iniciativas gubernamentales que daban tierra a los indios como un acto de caridad, a pesar de que la tierra otorgada era, originalmente, parte del territorio indígena.
Desde el punto de visto político, las reservaciones indígenas están sobrepuestas a los estados que forman la Unión Americana, creados, en la mayoría de los casos, después de las reservaciones. Están sujetas a los poderes federales y estatales. Desde los tiempos del Nuevo Pacto de Roosevelt, los pueblos indios cuentan con Gobiernos Tribales con ciertos poderes y algunas garantías legales para conservar las bases territoriales de las reservaciones. Aunque pueden tomar algunas decisiones de gobierno en áreas que les competen, el Ministerio del Interior tiene derecho de veto sobre ellas. Los indios norteamericanos poseen triple ciudadanía: son ciudadanos de su tribu, de Estados Unidos (desde 1923), y del estado donde la reservación se asienta (desde 1950).
¿Qué tiene que ver todo esto con la iniciativa de reformas constitucionales sobre derechos y cultura indígena de la Cocopa? Obviamente nada. La propuesta de los legisladores camina en otra dirección: reconocer a las comunidades como entidades de derecho público, dotar de autonomía a los municipios y reconocer los sistemas normativos internos en la resolución de disputas.
Pero, más allá de lo que realmente son, las reservaciones indígenas se han ganado la reputación de enclaves dentro de los estados donde se reproduce la marginación y la opresión, con el pretexto de ``proteger'' a los indios. Se les asocia con cierto tipo de apartheid, esto es, con la segregación de la población a partir de criterios raciales y la división territorial. Otra vez: ¿qué tiene esto que ver con la iniciativa de la Cocopa? Nada. La propuesta de diputados y senadores pretende que se reconozcan los mecanismos que las comunidades y municipios tienen ya para nombrar a sus autoridades e impartir justicia con respeto a los derechos humanos básicos. Plantean terminar con la simulación existente. Asimismo, sostiene necesario crear nuevos municipios y distritos electorales para hacerlos coincidir con los núcleos de población indígena y facilitar su representación política. No hay en el conjunto de la iniciativa una sola reforma que busque el aislamiento o la segregación de los pueblos indios, sino el reconocimiento de derechos que les permitan revertir la situación de subordinación y exclusión que mantienen con el resto del país.
El debate en torno a la iniciativa de reformas constitucionales sobre derecho y cultura indígenas en la que se plasman los Acuerdos de San Andrés ha resultado ser un verdadero carrusel de la ignorancia. Una parte sustancial de los argumentos en contra de la iniciativa muestran, en el mejor de los casos, un profundo desconocimiento del tema entre los opositores, y, en el peor, la intención deliberada de confundir a la opinión pública para servir a quienes buscan evitar que el gobierno cumpla con sus compromisos.