Avalará la Corte la reforma sobre financiamiento a partidos, trasciende
Jesús Aranda Ť La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJ) avalaría este martes la constitucionalidad del financiamiento a los partidos políticos, luego de que rechace las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por el Partido del Foro Democrático (PFD) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de varios artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
Lo anterior trascendió ayer en el máximo tribunal de justicia del país, donde se afirmó que el pleno de ministros rechazará por improcedente la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido del Foro Democrático por carecer de personalidad jurídica. Mientras que en el caso del PRD hay consenso para declarar la procedencia del recurso, aunque finalmente será rechazado por considerar que la forma en la que se estableció el financiamiento de los partidos es legal.
De acuerdo a los informantes, la acción del Partido del Foro Democrático será declarada improcedente por la sencilla razón de que éste no cuenta con registro definitivo y que para efectos del artículo 105 constitucional, que regula este tipo de controversias, se requiere que el demandante sea un partido con plenos derechos.
Al respecto, se argumentó que los foristas recibieron recientemente el amparo de la justicia federal a efecto de que el Instituto Federal Electoral revise de nueva cuenta la posibilidad de otorgarle el registro definitivo. Esto no quiere decir que haya obtenido su registro como partido político, sino que tendrá que esperar una nueva resolución de la autoridad electoral.
Por lo que respecta al asunto del PRD, fuentes de la Corte confiaron que tanto el ministro instructor, Juan Silva Meza, como los otros miembros del pleno, revisaron ``con lupa'' la documentación entregada por este partido para confirmar su validez y evitar que suceda lo que le ocurrió recientemente al Partido Acción Nacional, cuyo recurso fue declarado improcedente por no acreditar la personalidad jurídica de su secretario general.
Así las cosas, confiaron los informantes, hay consenso para que el pleno de ministros declare la procedencia de la acción de inconstitucionalidad, aunque se rechazará la acción y se confirmará la constitucionalidad del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que sirvió como base para establecer los montos del financiamiento público a los partidos políticos.
Al respecto, indicaron que el proyecto del ministro Silva Meza ratifica la constitucionalidad de los artículo 49 y décimo transitorio del Cofipe aprobado en noviembre pasado, los cuales establecen que el Consejo General del IFE es el encargado de calcular el costo mínimo de las campañas y financiamiento público, con base en el que se fija el monto del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes para gastos de campaña y para actividades específicas.
Explicaron que la ley electoral es muy clara en que el Consejo General del IFE debe calcular los costos de financimiento público y campañas, pero con base en la ley vigente.
Con estos argumentos, los ministros rechazan la acción de inconstitucionalidad que interpuso el dirigente nacional del PRD, Andrés Manuel López Obrador, en el sentido de que el Cofipe ``desconoce y usurpa'' las facultades que la Constitución misma le otorgó.
Asimismo, rechaza el dictamen que las reformas al Cofipe hayan violentado el artículo 41 constitucional, porque considera que no existe ningún elemento para suponer que se haya suprimido la independencia en las decisiones y funcionamiento del IFE.
La demanda perredista precisa que la suma de reformas inconstitucionales que se le hicieron el Cofipe permitieron al Partido Revolucionario Institucional (PRI) aprobar un presupuesto ``escandaloso y exagerado'' a los partidos políticos para este año.