La Jornada 13 de enero de 1997

La hora de la Cocopa

Héctor Aguilar Camín
La hora de la Cocopa

Al final de las airadas palabras conque el Comité Clandestino Revolucionario Indígena (CCRI) del EZLN rechazó ``totalmente'' la propuesta de legislación gubernamental sobre derechos indígenas, se enuncia una salida: los legisladores integrantes de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa) pueden y deben llevar adelante su propia propuesta, poniendo a funcionar el poder que tienen en lugar de seguir pidiendo que resuelva el poder que tiene el Ejecutivo.

Luego de señalar que ``acepta el documento elaborado por la instancia del Poder Legislativo federal, Cocopa, como la iniciativa de ley que cumple con los acuerdos de San Andrés'', el CCRI se declara en espera de que ``la comisión de Concordia y Pacificación haga honor a su decisión (hecha pública en los primeros días de diciembre de 1996) de defender y llevar adelante su propia propuesta'' (La Jornada, 12 de enero de 1997). Nada impide, en efecto, que los legisladores de la Cocopa se asuman como tales y presenten su iniciativa de ley al Congreso, para su debate y sanción nacionales. Sería un paso natural, rutinario incluso, en cualquier sistema democrático, y le daría al poder Legislativo la oportunidad de empezar a discutir y negociar sus propias leyes, y no sólo las que vienen, como hasta ahora, del poder Ejecutivo.

En ese proceso, los miembros de la Cocopa difícilmente podrán cumplir la exigencia complementaria del CCRI, esto es, que lleven adelante su propuesta ``sin aceptar modificaciones de ninguna de las partes''. La negociación de cualquier ley en cualquier congreso del mundo supone modificaciones impuestas por los otros intereses en juego. Pero la iniciativa de ley de la Cocopa, sometida como tal, formalmente, a la Cámara de Diputados, probaría efectivamente hasta qué punto esa ley es de interés nacional, y qué otros intereses nacionales o sectoriales pueden verse afectados por ella. Si la legislación indígena es tan trascendental para el futuro de México como se dice, no le vendría mal un debate de amplio espectro en el Congreso.

La Cocopa puede y debe actuar en ese sentido, como poder Legislativo y no como intermediario del gobierno. El Congreso tendría entonces el veredicto final sobre el tema de los derechos indígenas. Los legisladores se habrían anotado un logro histórico: por primera vez los representantes del pueblo habrían hecho su ley. Y su veredicto sería inapelable, porque una de las grandes debilidades legales del presidencialismo mexicano es que carece de poder de veto sobre decisiones del Congreso (asunto que habría que corregir, por cierto, si quieren evitarse en el futuro parálisis o empates catastróficos entre el Congreso y el Presidente).

La Cocopa, pues, tiene la mesa puesta.

Hay, no obstante, pasos menos históricos y más prácticos que dar en los siguientes días. El primero es revisar si efectivamente las diferencias que han encontrado los expertos jurídicos del EZLN entre el proyecto de la Cocopa y el proyecto del gobierno son tan sustanciales, inconciliables y atentatorios como dicen. Por ejemplo: del proyecto de ley del gobierno, le molesta terriblemente al CCRI que la aceptación de la autonomía indígena para aplicar sus normas, usos y costumbres, quede ``subordinada'' a la especificación en leyes locales de las modalidades que tal ejercicio adoptará. Les parece que se subordina así el texto constitucional a leyes secundarias. Lo cierto es que todos los preceptos constitucionales están regidos en su aplicación por leyes reglamentarias, que son su complemento práctico. En ese sentido la constitución está a su vez normada, ``subordinada'' si se quiere, por ``leyes secundarias''. Otro ejemplo: les molesta a los expertos jurídicos del CCRI que la redacción del proyecto de ley del gobierno use la palabra ``homologación'' en lugar de la palabra ``convalidación'' al hablar de la vigencia de los usos y costumbres indígenas como criterios legales de juicio. Les molesta también que se utilice la expresión ``usos y costumbres'' en vez de ``sistemas normativos internos''.

Estos y otros puntos hacen pensar que algunas de las diferencias ``irreconciables'' son de simple redacción y que no ameritan respuesta tan airada ni rechazo tan frontal. Da la impresión de que el EZLN está levantando la voz de más para reparar el hecho de que cada vez su voz se escucha menos. El sentido de la diferencia, sin embargo, tiene un fondo real. El proyecto rechazado tiende a ``subordinar'' los derechos que concede al marco jurídico previo, lo mismo en materia de propiedad de los territorios que en materia de organización municipal o de identificación de las comunidades indígenas. Los rechazantes quieren en todos los casos quitarse la camisa de fuerza de la organización política y jurídica previa, en cuya vigencia encuentran el origen de la marginación y explotación de los pueblos indios. Creo que exageran, del mismo modo que creo que ni la más autonómica y zapatista legislación especial para los pueblos indígenas resolverá la marginación y la explotación de esos pueblos. Pero creo que es importante llegar a un acuerdo jurídico y a una nueva iniciativa política en la materia. En ambos aspectos, el CCRI tiene razón: la Cocopa tiene la palabra.