Piden ministros decidir ya sobre la demanda de Camacho Solís
Jesús Aranda Ť En pleno privado, los ministros de la Suprema Corte han solicitado al presidente de la misma, José Vicente Aguinaco Alemán, que ``enliste'' para su dictamen ``lo antes posible'' el amparo interpuesto por Manuel Camacho Solís ante ese tribunal en oposición a la resolución del juez de distrito que rechazó el amparo que interpuso en contra de la ley electoral.
De acuerdo con información obtenida en el máximo tribunal de justicia del país, ya existe consenso entre los ministros en el sentido del fallo: se propone que la Corte ``revoque el auto desechatorio del juez de distrito para que éste examine la demanda y sobresea el asunto''.
Se dijo que en diferentes reuniones privadas que han sostenido los ministros con Aguinaco Alemán, éstos le han hecho ver que no tiene razón de ser el que la Corte aplace su dictamen, puesto que ya hay un consenso mayoritario, además de que ``se da la impresión'' a la opinión pública de que el asunto pudiera resolverse por el lado político y no por el jurídico. Por eso, para evitar ``malentendidos'' que pudieran desvirtuar el fallo de los ministros, que será estrictamente jurisdiccional, es mejor que la Corte se pronuncie lo antes posible.
Cabe señalar que a partir de que el pleno de ministros ejerció la facultad de atracción el 28 de octubre pasado, para ``conocer y resolver'' el recurso de revisión de Camacho Solís en contra de la decisión del juez cuarto de distrito, los ministros se abocaron a un análisis profundo del tema que por sus carácterísticas llamó la atención del máximo tribunal de justicia del país.
De este manera, los ministros decidieron ir ``más allá'' de la fórmula tradicional en la que un ministro instructor propone un dictamen y el pleno lo aprueba o rechaza.
A pesar de que el ministro designado para este asunto fue Juan Díaz Romero, sus compañeros Mariano Azuela Güitrón y Genaro Góngora Pimentel, circularon también entre sus compañeros su proyecto de resolución con el fin de enriquecer la discusión y llegar a un dictamen por consenso.
Al respecto, el proyecto que se discutió inicialmente se propuso que se admitiera la procedencia del amparo interpuesto por Camacho Solís para impugnar el procedimiento de reforma constitucional; esto en virtud de que la Corte ejerció su facultad de atracción, pero proponía que el máximo tribunal ``valorara'' la demanda y decidiera, de no advertir otra causal de notoria improcedencia, que se admitiera a trámite.
Otro ministro le propuso a sus colegas, de plano, el ``desechamiento'' del recurso del ex regente capitalino a través de la confirmación de la resolución del juez cuarto de distrito, quien el 30 de agosto pasado ``desechó la demanda de garantías por notoriamente improcedente''.
El documento en cuestión decía que en la demanda no había argumentos para invocar la violación de la Constitución; esto con base en la tesis sustentada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el cual estableció en su momento que: ``De admitirse la procedencia del juicio, implicaría necesariamente la posibilidad de destruir la reforma constitucional (en este caso las reformas constitucionales que establecieron que quien haya ocupado el cargo de regente capitalino está impedido legalmente para ser nominado a contender en las elecciones para elegir al gobernador del Distrito Federal).
Aun y cuando esta solución parece agradarle a algunos ministros, la mayoría considera que lo mejor es buscar una salida más equilibrada