El caso Gallardo, ``cerrado'', dijo la SRE a enviados de la CIDH
David Aponte y Jesús Aranda Ť La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó al gobierno de México que publicará en su informe anual de marzo de 1997 --que será entregado a la Organización de Estados Americanos (OEA)-- su recomendación en el caso del general José Francisco Gallardo, considerado por el organismo como un ``perseguido de conciencia''.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) respondió a la CIDH que no acepta la imputación: para el gobierno de México el caso está ``cerrado'' en cuanto a los argumentos de supuestas violaciones a los derechos humanos y judiciales, y sólo falta conocer la sentencia de los jueces militares, de acuerdo con información proporcionada en la cancillería.
La semana pasada, funcionarios del gobierno mexicano entraron en contacto con representantes del organismo internacional de defensa de los derechos humanos para tratar el asunto del general Gallardo. La delegación gubernamental argumentó que éste es un caso de ``disciplina militar'' y de delitos graves cometidos en contra del patrimonio del Ejército Mexicano.
A la recomendación de la CIDH, la SRE respondió que las actuaciones judiciales han estado apegadas a derecho y los procesos han sido respetuosos de las reglas. En síntesis, negó que las autoridades hayan violado los derechos fundamentales del militar, consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos.
En los términos del comunicado de prensa B-014, fechado el 17 de enero de 1997, la dependencia expuso que el general Gallardo está bajo los procesos judiciales 2389/94, 2949/93 y 654/96 en los juzgados primero y tercero adscritos a la primera región militar, por los delitos de enriquecimiento ilícito y malversación y destrucción de archivos pertenecientes al Ejército.
Los funcionarios mexicanos aseguraron a los representantes de la CIDH que las autoridades no violaron los derechos fundamentales del general y, en consecuencia, tampoco existe incumplimiento de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Sin embargo, la CIDH consideró que Gallardo es un ``perseguido de conciencia'' que no ha sido liberado ni le han dictado sentencia por los ilícitos que le imputan los fiscales militares.
En su recomendación, el organismo de la OEA solicitó al gobierno de México la liberación inmediata del militar; el cese de la campaña de persecución, difamación y hostigamiento en contra del general; la investigación y sanción a los responsables de esa campaña; la adopción de las medidas necesarias para que se decidan lo antes posible las causas pendientes y el pago de una indemnización por haber permanecido en prisión desde el 9 de noviembre de 1993.
La parte mexicana impugó los argumentos y las sugerencias de la CIDH. Ante las divergencias y puntos de vista encontrados, la oficina de defensa de los derechos humanos con sede en Washington comunicó al gobierno de México que publicará la recomendación 43/96 del caso 11.430 -aprobada por la Comisión en su sesión 1322, celebrada el 15 de octubre de 1996- en su informe anual de 1997, mismo que será entregado al inicio de las sesiones de la asamblea general de la OEA, en el mes de marzo.
Los representantes de la CIDH propusieron a los funcionarios mexicanos que el gobierno de México también publique sus puntos de vista e informes respecto del caso Gallardo, aunque esto no influiría en la decisión del organismo internacional de hacer público su informe sobre el militar.
No obstante, para la parte mexicana el asunto del militar, el primer caso acreditado de violación a los derechos humanos de un individuo en México analizado por la Comisión, ya quedó concluido para ésta.