Ilegal, 60% de la tala en bosques y selvas
Martha García Ť El Proyecto de Reformas y Adiciones a la Ley Forestal está listo en la Cámara de Diputados en espera de la firma del Ejecutivo la semana próxima, para seguir con el proceso legislativo y presentar la iniciativa de manera conjunta.
Luego de dos años de debates y consultas, el documento de 34 páginas fue consensado por las comisiones legislativas de Bosques y Selvas de la Cámara de Diputados y de Silvicultura y Recursos Hidráulicos de la Cámara de Senadores.
La ley tiene por objeto ``regular y fomentar el ordenamiento, aprovechamiento y manejo sustentable, cultivo, producción, conservación, protección y restauración de los recursos forestales del país''.
Julia Carabias, Ernesto Zedillo y Oscar Espinosa durante la
presentación del programa en el Desierto de los Leones.
Foto: Duilio Rodríguez
A partir de ahí, la política forestal responderá a lo planteado por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para crear las condiciones del desarrollo a ``largo plazo'', la capitalización y modernización de la actividad forestal y la generación de empleos en el sector.
Dos de los puntos de mayor polémica con las organizaciones de productores del sector social y privado, subsidios y plantaciones comerciales, serán afinados dentro de la reglamentación correspondiente, aclaró el diputado José Roberto Arreola Arreola.
En entrevista, añadió que con este nuevo marco jurídico se implementará una vigilancia más estricta de las áreas boscosas y selváticas para evitar la tala clandestina, que asciende a 60 por ciento del total a nivel nacional.
El presidente de la Comisión de Bosques y Selvas apuntó que otra meta central es abatir la pobreza de comunidades y ejidos poseedores de los recursos e impulsar la restitución de su hábitat tradicional a fin de impedir el deterioro de la diversidad ecológica del territorio.
De los artículos del proyecto de reformas destaca el 33, acerca de los instrumentos económicos de promoción y apoyo para el desarrollo forestal a fin de fomentar, inducir e incentivar la inversión y participación de los sectores social y privado.
Esta disposición contempla la conservación, protección, restauración, aprovechamiento sustentable y uso múltiple de dichos recursos, así como la promoción y desarrollo de forestaciones.
Dentro de este marco se incorporará a ``ejidos, comunidades y demás poseedores y propietarios forestales a la silvicultura, y a los procesos de producción, la creación de empresas forestales, evitando las prácticas que lesionen sus intereses''.
El artículo 33 bis precisa que los subsidios deberán ``sujetarse a reglas que aseguren su eficacia, selectividad y transparencia'', en concordancia con la ley de equilibrio ecológico.
Respecto a los programas permanentes de forestación y reforestación para el rescate de zonas degradadas, se contempla en el artículo quinto que esta tarea se emprenderá entre las dependencias federales y estatales con las organizaciones del sector social y privado.
El su inciso XII señala la promoción a fin de crear empresas forestales, la organización y capacitación social para la producción y propiciar la ``asociación equitativa'' entre ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios y otros productores forestales con inversionistas.
En el artículo sexto se hace referencia al consejo central, que se apoyará en consejos regionales y que constituirá la Semarnap con participación ``equilibrada'' de representantes de los gobiernos de los estados y municipios, de ejidos y comunidades y de organizaciones de propietarios forestales.
Dentro de las disposiciones para elaborar un inventario y Registro Forestal Nacional, se considera integrar una información estadística y cartográfica, con el fin de ubicar y cuantificar los recursos.
En cuanto al Registro Forestal Nacional, será obligatoria la inscripción de autorizaciones, modificaciones y cancelaciones de los programas de manejo forestal, ambiental y forestación.