Rodrigo Morales M.
¿IFE versus Tribunal?

Las recientes resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial que revocan dos acuerdos del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), deben leerse tomándole distancia a la pasión. Lo que hizo el tribunal fue atender recursos presentados por un partido político y ejercer la facultad que tiene para revocar acuerdos del IFE.

Dos fueron los puntos. El primero referido al exhorto que el Consejo General hizo a los tres niveles de gobierno para que suspendieran la publicidad de sus obras 30 días antes del día de los comicios. En sentido estricto el exhorto quedó hecho, y aun en el caso de que el tribunal no hubiera fallado en el sentido que lo hizo, el pronunciamiento del Consejo General no tenía consecuencias jurídicas, esto es, las autoridades podían atender o no la petición o el ruego de los consejeros del IFE. Acaso si el tribunal se hubiera limitado a recordar que no había efectos jurídicos vinculantes, hubiera sido más que suficiente, porque de otra suerte pudiera parecer que lo que se limita es la posibilidad misma del consejo de hacer exhortos.

La segunda resolución adversa al IFE es aquélla que suspende los trabajos de una comisión que había creado el consejo general para conocer de los actos que pudieran coaccionar el voto. Desde la perspectiva del tribunal, no se justifica la existencia de dicha comisión dado que existen instancias, como la fiscalía especial para asuntos electorales, para encauzar las quejas. Hasta aquí la historia. El tribunal no autorizó expresamente a nadie para que compre votos, ni deja sin vigilancia los actos que pudieran constituir coacción.

Ahora bien, dadas las reacciones a la resolución conviene tratar de situar el punto. Ciertamente la tentación por hacer aparecer en este episodio a héroes y villanos es muy grande, pero ni el Consejo General está compuesto por ignorantes, extralimitados y peligrosos personajes para la institucionalización democrática, ni en él habitan los paladines o garantes de la democracia. El Consejo está integrado por servidores públicos cuyo único compromiso es la legalidad, compromiso que por lo demás han sabido honrar. De la misma manera, tras las resoluciones sería injusto hacer aparecer al Tribunal Electoral como el depositario último de la sensatez o como el freno más claro a la transición. Ni lo uno, ni lo otro. En el Tribunal también hay servidores ocupados de hacer valer la legalidad.

Si se insiste en las caricaturas, lo que se estaría perfilando, como una indeseable consecuencia en el largo plazo, es el recurrente conflicto entre dos órganos colegiados (el Consejo General del IFE y el Tribunal) que mucho puede enturbiar el proceso electoral. Emplazados como perdedores y ganadores, o como buenos y malos, se empobrecen las lecciones del hecho. En el fondo habrá que reconocer que la ley electoral no es lo inequívocamente clara que muchos quisiéramos; el hecho mismo que tanto en el consejo general como al interior del tribunal se hayan producido votaciones divididas, da cuenta de los márgenes de interpretación que aún tiene la ley. Pero derivar de esta circunstancia actos de mala fe es un exceso. No caben los juicios ligeros, ni respecto al trabajo del consejo, ni del tribunal.

Habrá pues que desdramatizar el fallo si lo que queremos es no producir enfrentamientos estériles. El tiempo irá situando las contribuciones que el consejo general y el tribunal electoral hagan a la transparencia y certeza de nuestros procedimientos electorales.