CNDH: militares violaron derechos humanos de civiles en Sonora y Colima
Triunfo Elizalde Ť La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) envió dos recomendaciones al procurador general de Justicia Militar, Marcial Rafael Macedo de la Concha, debido a que soldados del Ejército Mexicano cometieron allanamiento de morada, robo, daños en propiedad ajena, lesiones, violación, tortura, maltrato, golpes y aprehensión y privación ilegal de libertad contra civiles en San Luis Colorado, Sonora, y en agravio de un agente de la Policía Judicial Federal comisionado en el puerto de Manzanillo.
Desde noviembre de 1991 la CNDH no había emitido recomendaciones contra la Secretaría de la Defensa Nacional, pese a existir varias quejas y denuncias de hechos violatorios a derechos humanos, como las referentes a los hechos ocurridos en el mercado de Ocosingo, Chiapas, el 2 de enero de 1994, cuando fueron ejecutados cinco miembros del Ejército Zapatista de Liberación Nacional. En respuesta a las peticiones del ombudsman nacional por aclarar el asunto, el instituto armado ha guardado silencio.
En la recomendación 31/97, del 12 de mayo de este año, la CNDH indicó al procurador Macedo de la Concha que el agente federal Mercedes González Mariano fue detenido sin orden de aprehensión previa junto con Manuel Molina Romo, el 18 de enero de 1996, en la colonia El Calli, del municipio de Zapopan, Jalisco, ``por un grupo de inteligencia militar'', bajo sospecha de estar relacionado con narcotraficantes de la región.
Una vez detenido, González Mariano fue esposado, vendado de los ojos y trasladado a la quinta Zona Militar, donde fue torturado de las 18:30 horas del día 18 a las 6 horas del día 19. Según declaraciones del afectado, después de vendarle todo el cuerpo y dejarle al descubierto sólo la planta de los pies, lo acostaron en una plancha y un individuo se le montó en el vientre, mientras otros le colocaron una franela en la nariz y en la boca, le vertían agua y otro hombre se ocupaba de aplicarle toques eléctricos.
También hubo despojo
En la recomendación se agrega: ``Fue golpeado, al parecer con la rodilla y la palma abierta de las manos, en la cabeza y especialmente en los oídos, acusándolo de que se dedicaba al narcotráfico y a proteger delincuentes, lo que negó en todo momento, toda vez que no le encontraron en poder ningún tipo de droga, pero sí lo despojaron de mil 300 pesos, de un radio transmisor, su placa de la PJF, un uniforme oficial, documentos personales y alhajas que estaban en un monedero de su esposa dentro de la camioneta Suburban, donde llevaba también una pistola calibre 9 milímetros y un cargador con 15 cartuchos útiles, un fusil AR-15, dos cargadores y 30 cartuchos útiles''.
Como los militares torturadores no lograron relacionarlo con el narcotráfico, terminaron por consignarlo ante el Ministerio Público Federal bajo el cargo de portar armas de uso exclusivo del Ejército. Antes, fue presentado ante peritos médicos militares que determinaron que ``se encontraba en buen estado y sin lesiones'', pese a que el agente prácticamente ya no podía caminar por él mismo y los oídos le sangraban.
Una vez que recibió la queja de González Mariano, la CNDH llevó a cabo una investigación que le permitió conocer que el quejoso, al ser llevado ante el Ministerio Público Federal, ``sí presentó lesiones derivadas de su detención'', afectaciones en el tímpano del oído izquierdo, equimosis en la región parietotemporal izquierda, ambas causadas por golpes con la palma de la mano en la cabeza. No se pudo comprobar la tortura mediante aparatos eléctricos por falta de huellas.
Sin embargo, se concluyó que el teniente coronel de Justicia Militar y tercer agente adscrito a esa Procuraduría ``incurrió en falsedad al rendir su informe a la CNDH sobre los hechos motivo de la queja''; el doctor Roberto Mancilla Marín, teniente coronel y médico cirujano del Ejército, ``incurrió en responsabilidad profe- sional'' al haber emitido dos certificados médicos al quejoso el mismo día con contenidos contradictorios, y ``los elementos del Ejército Mexicano cometieron tortura en contra de González Mariano''.
Por ello, el organismo de derechos humanos pidió a la justicia castrense dar inicio a las investigaciones ministeriales ``a efecto de identificar a los elementos militares que presuntamente torturaron a José Merced y, en su caso, ejercer acción penal en su contra y se ejecuten las órdenes de aprehensión que se llegaren a dictar''.
El caso de San Luis Río Colorado
En la recomendación 32/97 de la CNDH, del 12 de mayo del presente año, se dice que el 14 de febrero de 1996, un grupo de soldados llegó en tres camiones militares al rancho ganadero Colonia Agrícola, localizada en las afueras de San Luis Río Colorado, Sonora, y sin presentar ni órdenes de aprehensión ni menos de cateo allanó el domicilio de Andrés Márquez Trujillo, dueño del predio y ausente en ese momento; los militares ordenaron a los trabajadores Jesús Daniel Avalos Romero, José Rosario Pacheco Duarte, Tiburcio ``N'' y Ramón ``N'' salir al patio.
Una vez fuera, se les obligó a quitarse los huaraches, les vendaron los ojos y los hicieron correr descalzos ``sobre espinas''; a Jesús Daniel Avalos Romero, luego de patearlo en los testículos, ``lo amenazaron con una daga que le ponían en la cara y boca, a la vez que le introdujeron el cañón de un arma en la boca, amenazándolo también de violarlo... le quemaron las manos que previamente le habían amarrado y lo golpearon en la cabeza con la culata de sus armas''.
La tortura inflingida a Avalos Romero era para confesar ``sobre una supuesta avioneta que aterrizó por esos lugares cargada con droga''. Luego del castigo le quitaron la venda de los ojos y lo retrataron junto con sus demás compañeros, a la vez que destruyeron los utensilios de cocina, cama, ropa, un remolque y le robaron un rifle calibre .22.
Asimismo, a José Rosario Pacheco Duarte otros soldados lo amarraron de las manos y le vendaron los ojos, luego de golpearlo y preguntarle ``acerca de un clavo'', en referencia al supuesto cargamento de droga. Metieron varias veces su cabeza en un bebedero de agua para reses, por lo que el trabajador perdió el conocimiento; al recuperarlo lo violaron con el mango de una pala. Ante los gritos de dolor, otro soldado dijo que ``ya había pasado la prueba'' y que lo dejaran de torturar.
Luego de comprobarse que fueron soldados de la segunda Región Militar de Mexicali los autores de los hechos denunciados, y ante la gravedad de los mismos, la Procuraduría General de Justicia Militar envió de inmediato al teniente de Justicia Alfonso Valdez Servín, agente del Ministerio Público Militar, para conocer de las denuncias de los afectados. Se llamó a declarar al general Rubén Martínez Ortega, al capitán Moisés Martínez Cobos, al sargento segundo Luis C. Sánchez y al cabo José Alberto Pucheta Moto, quienes reconocieron haber estado en el rancho ganadero Colonia Agrícola y ser autores de los sucesos.
Así, la CNDH solicita al procurador general de Justicia Militar, Macedo de la Concha, esclarecer los actos de tortura, castigar a quienes llevaron a cabo los delitos y aprehender y sancionar penalmente a los responsables, sobre todo cuando ha transcurrido tanto tiempo desde que ocurrieron los hechos y la averiguación previa no se ha concluido.
En ambas recomendaciones, la CNDH aclaró que el organismo de ombudsman ``no pretende, en modo alguno, desacreditar a las instituciones''.