La tortura es una de las violaciones más graves que se pueden cometer en contra de los derechos humanos. Se trata de un acto que se comete en contra de personas que se encuentran sin ninguna posibilidad de defenderse, por encontrarse cautivas e inermes en el momento que la sufren. Una de las definiciones clásicas de este crimen la encontramos en la Convención Internacional contra la Tortura --de la cual, dicho sea de paso, México forma parte--, que a la letra dice que por ella se entenderá ``todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de sus funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia''. ``No se considerarán torturas --aclara-- los dolores o sufrimientos que sean consecuencia de sanciones legítimas, o sean inherentes o incidentales de éstas''.
De acuerdo con el Glosario de definiciones operacionales de las violaciones a los derechos humanos, editado por la Subred de Informática de Instituciones de Derechos Humanos de Chile, las formas de tortura que se aplican comúnmente son de tipo psicológico y fisio-psicológico como vejámenes sexuales, privaciones, inmovilizaciones, choques eléctricos, golpes y/o fracturas, cortes, pinchazos, extirpaciones y heridas, ingestiones, colgamientos, lanzamientos, estiramientos, flagelaciones, aplicación de drogas, quemaduras, inmersiones y asfixias, sometimiento a ruidos y a situaciones de terror, insultos o malos tratos en general.
En el ámbito nacional, por cierto, existe desde hace 12 años una Ley federal para prevenir y sancionar la tortura, y las reformas al Código de Procedimientos Penales para el DF de enero de 1994 obligan al M.P. a evitar la tortura contra los detenidos. A pesar de ello, no sólo no se ha logrado erradicar este terrible flagelo, sino que, al parecer, en los últimos tiempos ha cobrado fuerza. Como prueba de ello basta revisar los Informes de las ONG nacionales de defensa de los derechos humanos, y, si se quiere, darle una somera ojeada a la prensa de abril: México fue cuestionado duramente en las recientemente realizadas sesiones 285a y 286a del Comité contra la Tortura de la ONU, celebradas en Ginebra, Suiza, debido a la ineficacia de la gestión de las instituciones que por ley están obligadas a erradicar la aberrante práctica.
Casos de tortura en nuestro país han sido también documentados por diversos organismos internacionales de defensa de los derechos humanos. Los nombres de las víctimas, las fechas y lugares en que fueron cometidas las torturas, los agentes violadores, los tipos de agresión utilizados en cada caso, están descritos en informes de la Organización Mundial contra la Tortura, Amnistía Internacional, Human Rights Watch/Americas, Minnesota Advocates for Human Rights y la Heartland Alliance for Human Needs & Human Rights, entre otros.
El último Informe Anual de Actividades de la CNDH nos habla de la persistencia de este grave problema, al señalar que durante el periodo en cuestión fueron recibidas 46 quejas, de las que se integraron 25 expedientes, habiéndose emitido 7 Recomendaciones. Sin embargo, en los últimos 15 días, y sólo en esta capital, la CDHDF ha debido emitir 3 Recomendaciones por el delito de tortura: las 6/97, 7/97 y 8/97.
Lo que resulta sumamente preocupante, pues, no es sólo constatar que a pesar de la ley que busca inhibirlo, el problema sigue existiendo, sino que hay en él una tendencia hacia el crecimiento, y que el mismo se conserva como fenómeno sistemático en los procesos de investigación del delito. Más grave aún, cuando se comprueba que muchas personas que supuestamente han sido detenidas para investigarlas por sus presuntas relaciones con organizaciones opositoras, son puestas en libertad poco tiempo después con evidentes huellas de haber sido torturadas. Es posible, entonces, que la tortura también esté siendo utilizada como táctica de guerra psicológica dentro de una estrategia de contrainsurgencia, con el propósito de lanzar mensajes intimidatorios a aquellos que pudieran ser influenciados por las organizaciones contrarias al gobierno.