La absolución que dictó el juez, contraria a la ley, afirma la PGR
Juan Manuel Venegas Ť La PGR calificó de ``erróneo y contrario a la ley el extraño criterio del juez Ricardo Ojeda Bohórquez'', que ayer decidió otorgar el auto de formal libertad a Raúl Salinas de Gortari por el delito de lavado de dinero.
Eso dijo la dependencia en un comunicado emitido por la noche, pero desde temprano el subprocurador de Coordinación General y Desarrollo, José Luis Ramos Rivera, entró en abierta confrontación con Ojeda Bohórquez -ascendido ayer a magistrado del Poder Judicial de la Federación-, al considerar ``una barbaridad'' su determinación.
Incluso dijo que decisiones como ésa ``dan al traste con todos los esfuerzos que el Estado mexicano hace en materia de lavado de dinero'', y criticó al juez porque ``no le resultó suficiente que le probáramos ampliamente que Raúl Salinas tenía varios alias, personajes ficticios que él creó para ocultar su dinero''.
Entrevistado por Joaquín López Dóriga en su noticiero radiofónico vespertino, el subprocurador indicó que Ojeda ``tampoco tomó en consideración el hecho de que Raúl Salinas ocultó dinero al momento de dar sus declaraciones ante las secretarías de Hacienda y de la Contraloría; que Raúl Salinas fue requerido por la Contraloría de la Federación para que acreditara el origen lícito de ese dinero (108 millones de pesos) y no lo hizo, a pesar de haber pedido un término de gracia para probarlo''.
En el mismo tenor fue el comunicado oficial dado a conocer a las 22 horas de ayer: ``Los argumentos centrales del juez tercero de distrito para decretar el auto de libertad, con las reservas de ley, del ingeniero Raúl Salinas de Gortari, son el hecho de que en su opinión no se ha acreditado que el dinero y los bienes de Raúl Salinas sean malhabidos o provengan de actividades ilícitas; que no existe ninguna opinión de alguna autoridad o tribunal competente que haya identificado el origen de esos bienes, y que si bien es cierto que se le sigue un proceso a Raúl Salinas por el delito de enriquecimiento ilícito, aún no se ha dictado fallo que afecte sus intereses.
``Es decir, que la Procuraduría General de la República debe esperar a que se resuelva el proceso de enriquecimiento ilícito antes de pretender enjuiciar a Salinas de Gortari por el delito conocido como lavado de dinero.''
La PGR manifestó su ``total desacuerdo, por lo que interpondrá el recurso de apelación correspondiente''.
La PGR agrega: ``Es incomprensible que habiéndose acreditado ampliamente que Raúl Salinas posee una fortuna que el propio juez calificó de `estratosférica', y que obran en el proceso seguido por el delito de enriquecimiento ilícito elementos suficientes para demostrar que fue ocultada mediante nombres falsos y prestanombres, negando su existencia ante autoridades competentes y falsificando documentos oficiales para conseguir su propósito, Ojeda Bohórquez estime que dichas pruebas no son suficientes para acreditar que el dinero de Raúl Salinas tiene un origen ilícito''.
El artículo 115 bis del Código Fiscal de la Federación ``no exige que exista una previa opinión de alguna autoridad competente que determine que el origen de los bienes sea ilícito. Este es un requisito que el licenciado Ojeda adicionó por propia iniciativa'', subraya la dependencia.
Según la PGR, ``suponiendo'' que ese requisito fuera necesario, recordó que la Secretaría de la Contraloría determinó el 12 de diciembre de 1995 que Salinas de Gortari ``no justificó la legítima procedencia de los bienes y recursos que integran su patrimonio, el de su cónyuge, de sus dependientes económicos y de aquellos respecto de los cuales se condujo como dueño, durante el tiempo en el que se desempeñó como servidor público''.
En razón de lo anterior, la Secretaría de Hacienda ``consideró procedente presentar la querella correspondiente ante la PGR. (Y) en un elemental sentido común, la Contraloría ni la Secretaría de Hacienda hubiesen presentado inconformidades o querellas ante la PGR, si estimaran que los bienes de Raúl Salinas eran bienes legalmente obtenidos''.