Emilio Krieger
Representación popular y disciplina partidista
Segunda y última parte

El relieve que se marca en la militancia partidista más que en la convicción ideológica y en la ubicación política, trae como consecuencia desdibujar la función de representantes del pueblo que a cada legislador corresponde, sea cual sea su militancia partidista. Por ello debemos reducir militancia y disciplina partidista a su modesto nivel secundario, destacando la función constitucional de representantes y mandatarios del pueblo que la Constitución asigne a cada legislador sin distinción de fracciones o partidos.

De esa misma fuente constitucional emana otra consecuencia puesto que los votos y decisiones de los legisladores no deben originarse ni en las instrucciones presidenciales ni en las reglas disciplinarias de su partido. Aun cuando parezca fuera de tono y de lugar, conviene sustentar la tesis de que los votos de nuestros legisladores deben estar motivados por el interés general y deben encontrar su fundamento en la ideología y la convicción personal y no en las instrucciones que provengan del coordinador del correspondiente partido.

Por encima de la distribución y ubicación de las curules, que tanto parece interesar a la nueva élite parlamentaria, debemos tener presentes dos notas esenciales: 1) Los legisladores son representantes del pueblo y no del partido al que pertenecen y deben actuar, razonar y votar tomando en cuenta el interés de la comunidad y las aspiraciones partidistas del grupo del que forman o han formado parte; 2) Cada legislador debe apoyar su voto en la convicción ideológica y fundamento racional propios, y no en función de las instrucciones superiores que antes venían, y en parte seguirán viniendo, de Los Pinos o de Gobernación, y que ahora empezarán a surgir de las líneas que tracen las coordinadoras de las fracciones.

Nadie puede, con buena lógica, criticar la militancia partidista, pero es necesario que ésta no se transforme en obligación de someterse a las instrucciones o recomendaciones de los coordinadores: la capacidad intelectual y política de éstos no debe prevalecer sobre la motivación e ideología personal de cada diputado y senador. Los coordinadores deberán ser orientadores y organizadores pero no impositores del fundamento y del sentido de los votos.

Exijamos pues una LVIII Legislatura Federal, independiente del Ejecutivo y formada por legisladores libres de una disciplina partidista que los cohíba de expresar y votar libremente, de acuerdo con su propia convicción.

Confiadamente esperamos que las reformas al Derecho Parlamentario que ya nos anuncian los nuevos legisladores, garanticen un Congreso independiente, integrado por legisladores libres de instrucciones presidenciales y de recomendaciones coordinadoras de disciplinada obligatoriedad partidista que marquen líneas de votación y decisión.

Aspiremos, pues, a un Poder Legislativo Federal independiente, formado por legisladores libres y conscientes de su función de representantes del pueblo entero y no de cada partido.