SSP: sí existe un grupo especial no uniformado
La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) informó de la existencia de un cuerpo especial, dependiente directamente de su titular, el general Enrique Salgado Cordero, cuyos integrantes no portan uniforme y ``coadyuvan en el combate a la corrupción en los elementos constitutivos de la policía preventiva''.
Esos agentes, dijo, ``constituyen la fuerza operativa de esta Secretaría, y enfáticamente se desmiente la existencia de grupo alguno de carácter secreto, como se ha señalado sin razón''. Afirmó que visten de civil, llevando las identificaciones correspondientes, en vista de ``las características especiales en el desempeño de su servicio'', las cuales no precisó.
Un comunicado de la dependencia indica que Salgado acordó la creación de este grupo en la Coordinación de Supervisión e Investigación Interna, adscrita a su despacho, con fundamento en los artículos tercero fracción cuarta, 14 fracción tercera, 17 fracción décima y noveno transitorio de la Ley Orgánica del Distrito Federal, y de las normas tercera, cuarta y quinta del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Así pues, afirma, ``la organización, operación y funcionamiento de esta dependencia, así como las facultades del secretario de Seguridad Pública, se encuentran debidamente sustentadas en un marco normativo''.
Añade, en respuesta a ``informaciones periodísticas publicadas el pasado lunes (20 de octubre)'', que la policía del Distrito Federal está integrada por la policía preventiva, con todas las unidades y agrupamientos que prevea su reglamento, y la policía complementaria, constituida por la policía auxiliar, la Bancaria e Industrial y las demás que determine el reglamento correspondiente.
En cuanto a su operación, agrega, el reglamento de la policía preventiva señala que ``la policía del Distrito Federal estará constituida por órganos de dirección, de administración y de operación''; que los mandos territoriales están constituidos por regiones y sectores, y las unidades, por agrupamientos, grupos y unidades especiales menores.
Las funciones generales de estos órganos de operación se orientan, explica, a cumplir lo señalado en la Ley de Seguridad Pública, la cual establece que ésta es un servicio cuya prestación, en el marco de respeto a las garantías individuales, corresponde en forma exclusiva al Estado y tiene por objeto mantener el orden público, proteger la integridad de las personas y sus bienes, y prevenir la comisión de delitos.
Señala que los órganos de operación de la Secretaría de Seguridad Pública son: Policía Sectorial, Agrupamiento de Granaderos, Agrupamiento Femenil, Agrupamiento de Fuerza de Tarea, Agrupamiento Unidad Especial ``cuyo cometido consiste en la protección física de las instalaciones de la SSP''; Agrupamiento a Caballo, Agrupamiento de Motopatrullas, Agrupamiento de Transformación 2000, Agrupamiento de Helicópteros y Agrupamiento de Grúas.