A Samuel del Villar, con fundadas esperanzas.
Una nota de Alonso Urrutia en La Jornada del jueves informa de algo interesante: por fin se va a establecer un registro público de los sindicatos con el objeto de que exista clara noticia y a la vista del público, inclusive vía Internet, de quienes tienen otorgado el famoso registro y la toma de nota, documento indispensable para que un sindicato pueda salir a la calle, decir ``aquí estoy y échenme a las empresas que voy por un contrato colectivo de trabajo''.
De acuerdo al informe del subsecretario ``A'' de Trabajo, el doctor Javier Moctezuma Barragán, en este momento están registradas en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) cinco mil organizaciones sindicales de las cuales sólo tres mil están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de información que tienen los sindicatos entre las que se encuentra, en lugar preferente, dar los avisos de altas y bajas cada tres meses y de los cambios de estatutos y de mesas directivas.
La misma nota informa que de inmediato se darán a conocer los registros del año en curso y que en 1988 se podrá editar el catálogo de sindicatos vigentes para que todo el mundo sepa con quién está tratando cuando le llegue un emplazamiento a huelga que pudiera ser balín.
¡Buena tarea la de Javier Moctezuma Barragán y de Eduardo Cardoso, cumplido director del Registro de Asociaciones de la STPS!
De acuerdo a lo dicho por el subsecretario, la medida es el resultado de un acuerdo entre autoridades, empresarios y sindicatos dentro del marco de la famosa y nunca bien ponderada ``Nueva cultura laboral'' (NCL), ese mecanismo turbio que intenta reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT) sin reformarla.
Magnífica la idea y excelente que la vía Internet facilite la tarea de seguirle los pasos a los señores sindicatos.
Pero me parece que el problema, uno de los muchos que provoca nuestro corporativo derecho del trabajo, es que la misma publicidad se tendría que hacer de los Contratos Colectivos de Trabajo (CCT). Porque parece ser que son muchos más los celebrados a espaldas de los trabajadores que aquéllos de los cuales los trabajadores tienen noticia. De ahí que durante años ni siquiera se revisen y se conviertan, simplemente, en el escollo legal previsto con mala fe en el Art. 923 LFT que impide dar trámite a un emplazamiento a huelga para firma de CCT cuando hay uno ya depositado. Esa fue la novedad sangrienta de la reforma procesal de 1980.
Pero por esos rumbos no parece que vaya a actuar Internet. De los contratos colectivos que tendrían que registrarse y darse a conocer públicamente, ni señales. Los trabajadores andan, en eso, a ciegas.
Es importante la decisión pero notablemente incompleta. En primer término porque en forma paralela debían hacer lo mismo todas las juntas locales de conciliación y arbitraje y mientras la fórmula no aparezca en la ley, nadie estará obligado a hacerlo. La NCL, código de buenas intenciones, no obliga a nadie. Pero, además, porque si no se publican los datos de los CCT, la solución sólo lo será a medias.
No podría faltar, sin embargo, la nota cómica. El señor Rodríguez Alcaine, dice Alonso Urrutia, se botó la puntada de recomendar a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) ``para que los sindicatos no presenten conflictos de titularidad de los contratos colectivos si no tienen lo que marca la ley y la Constitución al ciento por ciento (y que) no se les dé trámite a esos expedientes y sí a aquéllos que tengan razón de ser''. Sugiere el señor líder un recuento previo de los trabajadores para ver si son mayoría y si no, que no se les dé trámite al juicio de titularidad. Con lo que la CTM trata de establecer un murito contra las perversas intenciones de los sindicatos independientes.
¿Por que no sugerirle al señor líder que ese recuento previo se haga en los emplazamientos a huelga que los membretes afiliados a la CTM presentan a empresas donde no se cuentan con un solo trabajador y para conseguir, a cambio del desistimiento, una buena propinita?
De la misma manera: ¿por qué antes de firmar uno de esos famosos CCT de protección a lo que tan afectos son empresarios coludidos con membretes sindicales no se exige la celebración de una asamblea que apruebe el proyecto?
Ya puestos a sugerir...