La Jornada martes 9 de diciembre de 1997

Arturo Alcalde Justiniani
Democracia laboral o nuevos obstáculos

La noticia de que las autoridades laborales harán por fin, transparente el registro de sindicatos durante el próximo año, como un acuerdo de la comisión central del diálogo hacia una nueva cultura laboral, transita, sin duda, en la línea correcta para hacer efectivo un régimen de libertad sindical en nuestro país. Este ha sido un viejo reclamo de trabajadores, de sindicatos democráticos y aun de empresarios víctimas del chantaje de líderes sindicales dedicados al negocio de registros sindicales de protección y de juicios falsos de emplazamientos a huelga o reclamos de titularidad de contratos colectivos.

En los países democráticos del mundo cualquier persona interesada tiene acceso a información sobre dirigencias sindicales, estatutos y contenidos de los contratos colectivos. En el nuestro, ha prevalecido un registro secreto como piedra esencial de un modelo de control y corrupción que ha generado un monstruoso submundo de simulaciones a grado tal de que en el Distrito Federal, de los 70 mil contratos colectivos existentes tan sólo 5 mil parecen revisarse con regularidad.

El impacto de este importante acuerdo puede orientarse sin embargo a propósitos muy lejanos a la legitimidad que se publicita. Se señala que para evitar el chantaje en los juicios de titularidad contractual, previamente se exigirá a los sindicatos precisar los nombres de los trabajadores que dicen representar, los términos de su mayoría e incluso el desahogo de una inspección ``para ver si se le da trámite o no al juicio''. De aplicarse estos ilegales requisitos los trabajadores auténticos no podrán cambiar de organización sindical porque con la información que se anuncia exigir, los patrones y sindicatos titulares de los contratos podrán afinar la puntería para despedir e impedir la legítima pretensión obrera aun antes del recuento de ley.

Hace mucho tiempo que el sindicalismo tradicional reclama obstaculizar las posibilidades para que los trabajadores puedan sustituir el sindicato impuesto por uno legítimo. Se pretende sobreproteger al sindicato que inicialmente firma el Contrato Colectivo por haberlo decidido así el patrón que lo escoge por las garantías de protección que ofrece. No es poniéndole piedras a los trabajadores como transitaremos hacia un régimen de libertad sindical, sino aplicando un modelo integral que parta del otorgamiento libre de registros sindicales, exija la participación de los trabajadores desde la firma misma del Contrato Colectivo de Trabajo y garantice la libertad de opción gremial por la vía del recuento secreto. Es también cuestión de aplicar la Ley frente al delito ostensible que implica la celebración de contratos colectivos al margen de la voluntad de los trabajadores.

Si las medidas anunciadas se aplican aisladamente, se tirará el agua sucia de la bañera junto con el niño y en lugar de avanzar retrocederemos. Se trata entonces, de aplicar de manera integral medidas que recuperen la legitimidad en los procesos de formación sindical y concertación obrero-patronal entendiendo que unas acciones están vinculadas con otras. Si la intención es detener a los sindicatos fantasmas, sus dirigentes están plenamente identificados en los juicios en donde se reclaman firmas de contratos colectivos o titularidades concluyendo con un gracioso ``desistimiento'' normalmente motivado por una gratificación personal.

El gobierno democrático del Distrito Federal se ha comprometido a apoyar el régimen de transparencia y libertad sindical como piedra angular de un proceso de modernización de las relaciones laborales. Hoy más que nunca deberán aprovecharse los consensos que se anuncian en estas comisiones de diálogo hacia una nueva cultura laboral a fin de hacer realidad cotidiana la democratización del mundo laboral desde sus cimientos. Sólo así se pondrán bases adecuadas hacia una política laboral hasta hoy prácticamente inexistente. La democratización que tanto se reclama, pasa invariablemente por estas definiciones.