El Acuerdo de Cooperación Laboral firmado junto con el TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte) se propuso, entre otras cosas, ayudar a proteger, ampliar y hacer efectivos los derechos básicos de los trabajadores.
A cuatro años de vigencia, el Acuerdo se encuentra en proceso de evaluación y existe una convocatoria para que las organizaciones o personas que lo deseen puedan exponer sus puntos de vista sobre sus resultados.
Este mecanismo de protección laboral ha ayudado poco a enfrentar las prácticas violentas con que actúan las empresas beneficiadas con la apertura comercial, y a paliar los efectos devastadores que en materia de empleo y salario ha traído el TLCAN.
En efecto, se multiplican a diario los casos de violación a los derechos laborales cometidos por las corporaciones trasnacionales que operan en el país. El último dado a conocer en estas páginas (La Jornada, 16-XII-97), fue denunciado por los trabajadores de las empresas ITAPSA y American Brakeblok, filiales ambas de la trasnacional estadunidense Echlin. Según los actores, 17 golpeadores agredieron violentamente a trabajadores despedidos por motivos sindicales. Los golpeadores, contratados por el gerente de relaciones industriales José Luis Espinoza de los Monteros, actuaron con toda impunidad, dejando a un obrero casi ciego.
Asimismo, continúan las denuncias sobre la existencia generalizada de contratos de protección, no sólo en las maquiladoras del Norte del país sino en la mayor parte de las empresas, mismos que se aplican en forma de condiciones laborales y reglas ajenas a la voluntad de los trabajadores.
Otra muestra de inoperancia del ACLAN la constituyen los diferentes casos presentados como denuncias de trabajadores mexicanos contra corporaciones estadunidenses (Honeywell y General Electric, entre otras), que no recibieron apoyo para resolver en términos de justicia su problema laboral.
Tal vez una de las fallas del ACLAN es que todos los propósitos y objetivos que se plantea los deja en manos de los gobiernos, cuando éstos son los que muchas veces incumplen o violan abiertamente las normas legales vigentes. De esta manera, los trabajadores y los sindicatos afectados están imposibilitados de participar en este espacio de compromiso laboral trinacional.
Otro problema que destaca es el abismo existente entre los principios generales del ACLAN y su contenido básico, referido específicamente a tres problemas: higiene y seguridad, empleo de menores y pago del salario mínimo. Estos tres temas son poco significativos en el contexto en que se aplican, esto es, las empresas exportadoras. Obviamente el trabajo de menores existe, el salario mínimo es tan mínimo que pocos trabajarían en la industria si no se les cubriera, y las faltas de higiene y seguridad, aún cuando existen, son difíciles de probar.
Así, el ACLAN no contempla como algo importante y fundamental el cumplimiento de los derechos colectivos de los trabajadores de asociación, contratación colectiva y huelga.
La distancia entre propósitos y resultados del ACLAN es amplio. Hasta ahora el Acuerdo no ha representado un contrapeso social importante a la libertad de inversión, comercio y movilidad de las empresas trasnacionales que promueve y garantiza ampliamente el TLCAN. Sin embargo, mecanismos supranacionales como éste podrían servir para paliar los efectos desastrosos de la apertura comercial, más allá de los intentos o afanes proteccionistas de algunos gobiernos nacionales. Dotándolos de ``dientes'', esto es, de elementos suficientes para hacer viable el cumplimiento de las normas acordadas, estos acuerdos pueden ser útiles para imprimir una lógica social a la dinámica del libre comercio y la libre inversión.
El ACLAN puede convertirse en un instrumento de apoyo para los trabajadores del área para hacer cumplir reglas mínimas del derecho laboral internacional, además de actuar como ayuda en la observancia y transparencia de la administración de justicia laboral. Para ello debe ampliarse y reformularse, planteándose la adopción de un marco regional de normas laborales que tenga en el centro tres objetivos fundamentales: la promoción y mejoramiento de los niveles de vida y trabajo de los asalariados; la homologación de condiciones laborales hacia los estándares más altos; y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales en la región.
Obviamente esto no resolverá todos los problemas laborales que tenemos en México, pero en algo ayudará.