Rechaza Banco Santander el arbitraje de la CNBV en la disputa con comerciantes organizados
José Galán Ť El Banco Santander Mexicano, en su calidad de institución fiduciaria de Fideicomiso de la Central de Abasto no aceptó el arbitraje de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en el diferendo con los comerciantes organizados del lugar, quienes temen que la controversia se ventile en tribunales donde, con su poderío económico, la institución podría ``comprar'' en su favor a la justicia.
Y revelaron que, de acuerdo con el permiso otorgado por la Secretaría de Relaciones Exteriores para la suscripción del contrato de fideicomiso entre fiduciaria, comerciantes y autoridades, ``ninguna persona extranjera física o moral puede ser propietaria de acciones de la institución, bajo la pena establecida en la parte final del primer párrafo del artículo VIII del reglamento de la Ley Orgánica de la fracción I del Artículo 27 Constitucional''.
El rechazo de la institución financiera a aceptar el arbitraje de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, luego de dos reclamaciones presentadas por la Unión de Comerciantes de Frutas y Legumbres de la Central de Abasto, A.C., UNCOFyL, que demanda conocer los estados financieros del fideicomiso y las razones por las que esa fiduciaria aceptó acuerdos unilaterales con autoridades del Distrito Federal en gobiernos priístas, como denunció La Jornada, llevó a los miembros de esa unión a solicitar la intervención del jefe de gobierno, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano.
Juan Ignacio Cruz Montes de Oca, vicepresidente de Frutas y Legumbres de la unión, afirmó lo anterior, y subrayó el temor de sus compañeros por llevar el diferendo ante los tribunales, porque, dijo, ``como están las cosas con la justicia, Banco Santander Mexicano podría comprar con su dinero un fallo favorable a sus intereses''.
Y eso, añadió, a pesar de que los permisos otorgados por la SRE en 1981 para la constitución del Fideicomiso de la Central de Abasto, ante el notario 125 Alexandro Alfredo Ramírez, en la ciudad de México, prohíben expresamente la intervención de extranjeros sin permiso expreso de la propia Cancillería, ``y en la inteligencia de que, conforme a la escritura constitutiva, ninguna persona extranjera física o moral puede ser propietaria de acciones de la institución''.
Y añade: ``Para que en ejecución del fideicomiso el (los) inmueble (s) vaya (n) a ser adquirido (s) por sociedad, asociación o extranjero, se requerirá permiso previo de esta secretaría''. Cruz Montes de Oca afirmó que ante la actitud de la institución financiera, ``que viola flagrantemente las leyes mexicanas'', los comerciants agrupados en la UNCOFyL ``pedimos a Cuauhtémoc Cárdenas que tome cartas en el asunto, y que hagas suyas las reclamaciones''.