``Inconstitucional'', el artículo 132 de la Ley del ISR, declara la SCJN
Jesús Aranda Ť En votación dividida (7 a 4), y después de una intensa discusión, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), por medio del cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pretende gravar los ingresos no previstos en la ley que incrementen el patrimonio del causante.
Al conceder el amparo de la justicia federal a Yosef Waiss Strikovsky (expediente 351/97), la mayoría encabezada por el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano consideró que el artículo citado es ilegal, porque concede a las autoridades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público facultades discrecionales que violan el principio de legalidad tributaria.
A pesar de que el proyecto de dictamen presentado por el ministro Juan Díaz Romero revocaba la sentencia del juez y negaba el amparo al quejoso, con el argumento de que el artículo 132 era legal y además contribuía a evitar la evasión fiscal, la mayoría de ministros rechazó el proyecto y, al votar en contra, se acordó que Aguirre Anguiano elabore el proyecto definitivo en favor del quejoso para que surta efectos de inmediato.
Durante la discusión en la que participaron varios ministros, Aguirre Anguiano dijo que era arbitraria la intención de la Secretaría de Hacienda de gravar aquello que la ley no prevé expresamente.