¿Sabía usted que la inmensa mayoría de los líderes sindicales de nuestro país --se calcula más del 90 por ciento-- se roba las cuotas de sus afiliados y, obviamente, no da informe alguno sobre su destino? ¿Sabía usted que este gran negocio se realiza a la luz pública, con tal grado de cinismo que estos líderes consideran que es su derecho actuar así, pues su trabajo les ha costado conseguir los contratos colectivos y, en consecuencia, rentan, venden y heredan sus sindicatos, cual si fuese un comercio privado cualquiera?
¿Qué hacer frente a esta estructura de auténtico crimen organizado que pone precio al control y a la subordinación de los trabajadores, obstaculizando la transición hacia la democracia? Dos medidas aparecen como elementales: la primera es permitir que los trabajadores tengan acceso a la información sobre quiénes son sus líderes, para exigir a éstos el ejercicio de su representación, o en su caso optar por un cambio. Este reclamo social de transparencia ha encontrado ya eco en una importante decisión de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que brinda en Internet información sobre denominaciones, nombres de secretarios generales y periodo de la directiva, de las cuales ha tomado nota dicha dependencia en los pasados tres años. La medida es insuficiente, porque un trabajador no puede aún identificar a su supuesto líder; sin embargo, es un paso que de continuar transitará por la vía correcta una vez que se den a conocer los contratos colectivos, identificando a las partes contratantes. Una segunda medida nos la brinda la propia Ley Federal del Trabajo (LFT), al establecer en su artículo 374 que ``la directiva de los sindicatos debe rendir a la asamblea cada seis meses, por lo menos, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio sindical. Esta obligación no es dispensable''.
La autoridad laboral, obligada por la propia ley a vigilar el cumplimiento de la misma, está facultada para exigir que se presenten estos informes, sin prejuzgar sobre su contenido, cuestión que corresponde al ámbito de la autonomía sindical. No se conoce caso alguno de esta exigencia. Sólo imaginemos los cambios positivos que se generarían en el ambiente laboral si esta obligación se hiciera realidad.
En el Distrito Federal, entidad en donde se concentran las mayores violaciones a los derechos laborales colectivos, los retos del gobierno de la ciudad son evidentes. Ya ha dado un importante paso al reformar recientemente el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y establecer como nuevas funciones de la Dirección de Trabajo y Previsión Social propiciar una política de ética y transparencia, tomar medidas en contra de los contratos de protección, e impulsar la libre sindicalización y la garantía del voto secreto en los recuentos sindicales; las fracciones XII, XIII y XIV del artículo 18 de dicho decreto dignifican al gobierno de la ciudad. Estas reformas se acompañan de otras que pueden favorecer sensiblemente al ambiente laboral en la capital mexicana: la creación de un Centro de Estudios Laborales, una mayor vinculación entre la recientemente creada subsecretaría de Trabajo y Previsión Social y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, la creación de la Dirección General de Trabajo no Asalariado y la de Empleo y Capacitación.
Se trata ahora de avanzar con rapidez en medidas concretas que pueden parecer no muy revolucionarias, pero sí eficaces. Proponemos en concreto poner a la vista del público la totalidad de los contratos colectivos de trabajo existentes en la ciudad.
El tiempo en cualquier gobierno democrático es oro.