La demanda contra el presupuesto, acción política; no afectará: abogados del gobierno
Jesús Aranda Ť La demanda de inconstitucionalidad del presupuesto del gobierno capitalino, interpuesta por el PAN, PRI y PVEM, tiene un propósito meramente político que no acarreará efectos negativos a la administración de Cuauhtémoc Cárdenas. Incluso, en caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) considerara que hay alguna ilegalidad, no significaría la suspensión del gasto del gobierno, como tampoco habría efectos retroactivos, por lo que el máximo tribunal de justicia tendría que precisar si procede algún tipo de ajuste en el gasto, indicó el Departamento Jurídico del gobierno del Distrito Federal.
En los argumentos que se preparan para la defensa se establecerá que ``no hay congruencia'' ente la demanda inicial de los opositores --que criticaba la existencia de presuntos errores de procedimiento en la aprobación del presupuesto por parte de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF)-- y el documento que finalmente fue presentado ante la SCJN en la que se incluyeron aspectos que no tienen nada qué ver con el asunto.
Asimismo, se señala que la transición jurídica del Departamento del Distrito Federal a ser un gobierno legal revela que falta una ley de presupuesto capitalino a fin de que sea la ALDF o la Contaduría Mayor del órgano legislativo la que defina el presupuesto. En esto no tiene nada qué ver la SCJN, insistieron.
La manera en que fue aprobado el gasto no se diferencia mucho de la forma en que lo hacían en su tiempo las administraciones priístas, consideran los juristas del gobierno capitalino. ``Según ellos (los priístas) se viola la ley porque no puede haber una partida sin un programa determinado, pero eso es falso, porque está en aplicación el Programa de Desarrollo para el Distrito Federal 1995-2000.
Además, consideran que la planeación ``es un principio, no una regla'', razón por la que el presupuesto debe ser flexible, pues de otra manera sería prácticamente imposible que los gobiernos trabajaran.
Por otra parte, indicaron que no procede una acción de inconstitucionalidad, porque de acuerdo con la doctrina del Derecho Financiero vigente, los presupuestos no son leyes, por lo que el recurso ante la SCJN deberá ser desestimado. En dado caso, a quien le correspondería corregir el presupuesto es a la Contaduría Mayor de la ALDF y no a la Corte.