Una ley de 1932, base del proyecto para reglamentar la prostitución
Angeles Cruz Ť Dar aviso a la inspección de sanidad si se pretende cambiar de domicilio; no transitar a pie o en vehículo por las calles, menos áun si se hace en grupo; no visitar a ``personas honradas'' si éstas ignoran que sus huéspedes son sexoservidoras, y tampoco presentarse en espacios públicos o de espectáculos, son algunos de los lineamientos contenidos en la Ley de Prostitución de Querétaro creada hace 66 años, y con base en la cual la Comisión de Derechos Humanos estatal elaboró un proyecto de reglamento.
En breve, el documento será presentado para su aprobación en el Congreso local, luego de que desde el mes de diciembre pasado se ha dado a conocer entre las organizaciones no gubernamentales, afirmó la Coordinadora Regional de Mujeres Sor Juana Inés de la Cruz.
Las mujeres integrantes de la coordinadora señalaron que con la llegada del panista Ignacio Loyola al gobierno del estado, ``las cosas empezaron a cambiar'' y actualmente, por ejemplo, los condones que el Consejo Nacional para la Prevención y Control del Sida (Conasida) distribuye a las entidades para su entrega gratuita entre la población, en realidad se venden. En el caso de las sexoservidoras, cada preservativo cuesta un peso.
Incluso señalaron que la directora del Consejo Estatal de Prevención y Control del Sida (Coesida), María de la Luz Obregón, ha señalado que las sexoservidoras ``no son grupo de riesgo'' y por lo tanto no se les debe dar gratuitamente los condones. En cambio, ha dicho la funcionaria, las amas de casa sí están en peligro porque ``según las estadísticas, ellas ocupan el tercer lugar entre las mujeres infectadas, mientras que las sexoservidoras están en el treceavo sitio''.
Otro ejemplo, dijeron las afectadas, se encuentra en los servicios médicos. Antes de octubre de 1997 las pruebas de detección de enfermedades eran gratuitas, igual que el acceso a los condones, pero ahora tienen que pagar una cuota de recuperación de 30 pesos en cada consulta médica.
Más recientemente, se dio a conocer públicamente el proyecto de reglamento de prostitución. El problema es que tiene como base la ley del 25 de febrero de 1932, que en su artículo 5o. establece la obligación para las mujeres que ejerzan la prostitución, de inscribirse en los registros de la Inspección de Sanidad.
En tanto, el artículo 24 impide a las sexoservidoras a ``presentarse en salas de espectáculos u otro sitio público cuando exista prohibición especial de que sean frecuentados por ellas''. También las obliga a dar aviso a la inspección de sanidad cuando deseen cambiar de domicilio, aunque dicha autoridad puede resolver ``si es conveniente o no el cambio''.
El artículo 27 señala que las mujeres dedicadas a la prostitución y que estén inscritas como tales tendrán que solicitar permiso para ausentarse de la ciudad.
En un análisis realizado por la agrupación Mujer Libertad, A.C. y retomado por la Coordinadora Regional de Mujeres Sor Juana Inés de la Cruz, se destaca que el proyecto de reglamento viola los principios fundamentales de la Constitución de la República, porque además de lo anterior también señala que las mujeres inscritas como prostitutas no podrán dejar de ejercer esa actividad ``a menos que cuenten con la autorización expresa para tal efecto del Consejo de Salubridad''.
Además, en el proyecto se hace una distinción entre las sexoservidoras ``aisladas'' que ejercen la actividad en lugares previamente determinados, y aquellas ``asociadas o en comunidad'' que se encuentran en las ``casas de asignación'' con otras mujeres también inscritas. Con esta separación, destaca la coordinadora, se reconoce implícitamente el lenocinio o explotación sexual, porque las ``casas de asignación'' son los burdeles controlados por una persona que ``administra'' la prostitución de las ``asociadas''.
La organización de mujeres sostiene que lo más conveniente sería diseñar una nueva ley que respete las garantías individuales y las disposiciones establecidas en los convenios internacionales, que prohíben la explotación sexual y los registros para fines exclusivos de vigilancia o control. Asimismo, destaca la necesidad de que se castigue el lenocinio y se establezcan medidas para la prevención y atención a las víctimas de la prostitución.
Reglamentos para el ejercicio de la prostitución sólo existen en la ciudad de Monterrey, donde había funcionado bien desde su creación, pero a partir del cambio en la presidencia municipal (ahora está un panista) empezaron las redadas, debido a que el ordenamiento señala que las sexoservidoras sólo pueden estar en lugares cerrados y no en la calle.